
27-11-2024
|
|
Miembro
|
|
Registrado: jun 2021
Posts: 332
Poder: 5
|
|
Cita:
Empezado por razorxxx
Menos mal que hay alguien que pide coherencia en el foro. Me he recorrido centenares de mensajes y he leído auténticos disparates, lo cual me da a pensar que la mitad ni se ha leído los dos BOE (el de la OM y el del Reglamento).
Sin ánimo de ofender a nadie, convendría por el bien de todos no publicar cosas sin contrastar con fuentes fiables primero para evitar desinformar al grupo, porque al final tendremos diferentes formas de hacer las cosas y tal vez la mayoría estén mal. Y para cuando te des cuenta de que están mal, a lo mejor ya Veri*Factu entró en vigor.
Hablan por aquí de prefacturas, borradores, enviar 1000 registros en 2 horas, enviar 1 cada minuto para facilitarme las cosas, etc. El Reglamento lo especifica bien claro: se envían todos los registros de facturación en un único envío cada 60 segundos, o menos si se alcanzan los 1000 registros antes de ese tiempo, y en la respuesta te devuelven el tiempo (que seguramente vuelvan a ser 60 segundos) en el que deberás enviar los nuevos registros de facturación generados desde el último envío. Las empresas que por su naturaleza suelan tener que acometer cambios en las facturas antes de entregárselas al cliente final, para evitar tener una maraña de rectificativas lo que harán será trabajar con albaranes o proformas como hasta ahora, los cuales no son documentos fiscalizados (no tienen validez lega, y por tanto se pueden modificar, borrar e incluso alterar sus contadores). Esas proformas se convertirán en factura definitiva cuando convenga y los grupos de albaranes se convertirán en lo que se suele llamar "factura resumen", y es entonces cuando pasará a ser documento legal y del que se generará su correspondiente registro de facturación.
Para tranquilidad de todos, si la AEAT actúa como con el SII, decir que de nuestra veintena de clientes acogidos por ser gran empresa, ninguno hasta ahora ha recibido una carta o multa de la AEAT por enviar fuera de plazo. No sé cómo harán con Veri*Factu pero si no quieren que se les vaya de las manos o mandarnos a todos al "talego" deberán de flexibilizar esto. Al final lo que les interesa es que la información que mandes sea correcta, no creo yo que importe tanto el tiempo como la forma.
Y recuerden que sólo se envían los registros de facturación, y no los de eventos (que también he visto algún hilo diciendo este disparate).
|
Ayer asistí a un webinar de una empresa de auditorías de Verifactu y venían a decir que en la reglamentación de la facturación "técnicamente" también se impide que se puedan borrar albaranes al completo de la base de datos.
También me sorprendió.
|