Cita:
Empezado por ermendalenda
Me han contestado sobre lo de que me dijheron que se podia por subsanación, y como comentabais algunos, "SE HAN EQUIVOCADO POR UN ERROR HUMANO"
Han pasado la consulta a otro departamento para responderme adecuadamente.
Mis disculpas también, pero ojala admitan también la subsanación.
Pero de momento Rectificativas por sustitución, les he solicitado que me digan los pasos exactos para rectificar el error tanto en sustitutivas (de tiquets) como en ordinarias. Queda pendiente
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Hola, ya nos lo imaginabamos, por mi parte hare como Me comentaba @sglorka
Cita:
Empezado por sglorka
El cliente no te puede llamar la atención porque tú le des una factura rectificativa para corregir un dato de la factura original , según el Reglamento de facturación estás obligado a hacerlo en el mismo momento en que eres consciente de ello y antes de 4 años la haya tenido él en su poder o no.
Hay varios escenarios en que te puedes encontrar lo que pasa es que resumí el punto 3 con el caso más frecuente, emites factura a cliente correcto pero, te das cuenta de que el nif le falta un número, la dirección es incorrecta, etc.., en este caso,
Se emite una factura de abono anulando la factura original y luego emites una Rectificativa x sustitución con la clave R4.
Pero también te puede ocurrir :
1.- Emitiste la factura por error ( a cualquier cliente, válido o no) -> Operación no llevada a cabo -> Emites factura de abono en negativo o emites registro de anulación.
2.- Emitiste la factura a otro cliente que no era el destinatario -> Rectificativa x Diferencia en negativo R4 sobre el cliente erróneo y Factura completa F1 sobre el cliente correcto
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Hablando con mi cliente , el asesor, me confirmaba que es la forma correcta de hacerlo.