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ermendalenda ermendalenda is offline
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Hola a todos,

Tengo algunas dudas sobre cómo proceder en un caso que ya comentó el compañero *gizmo2025*. Se trata de un cliente que, a final de mes, genera una única factura con más de 100 albaranes. El problema surge cuando, tras emitir la factura, se detecta que varios albaranes contienen errores (por ejemplo, en los PVPs).

Ante esta situación, ¿cuál sería la forma más correcta de proceder? Valoro varias opciones y agradecería vuestras opiniones:

Opción 1:
Generar un abono de los albaranes que están mal, crear nuevos albaranes corregidos (con los PVPs ajustados) y facturar únicamente esos albaranes corregidos. En este caso, entiendo que se trata de una factura normal (F1), no una rectificativa.

Opción 2:
Igual que en la opción anterior: abonar los albaranes erróneos y crear otros corregidos. Pero en lugar de facturar esos albaranes de forma independiente, se dejan para facturarlos junto al resto al final del mes. También sería una F1.

Opción 3:
Abonar los albaranes incorrectos, crear los nuevos corregidos y luego emitir una factura **rectificativa por diferencia**, que sólo afecta a los albaranes corregidos. No tengo claro si esta opción sería correcta, ya que solo rectifica una parte de la factura original, no su totalidad.

Las guías sobre facturas rectificativas suelen referirse a errores en la base imponible o al total de la factura, pero ¿qué ocurre cuando se factura en bloque y sólo fallan unos pocos albaranes?
Entiendo que si en la factura o el abono se hace referencia al albarán X de la factura Y, podría ser válida la opción 1 o la opción 2. Como comentaba *gizmo2025*, es complicado pedirle al cliente que rehaga una factura con 100 albaranes por uno o dos errores.

¿Qué opináis? ¿Cuál sería el procedimiento más correcto desde el punto de vista legal y práctico?

Gracias de antemano por vuestra ayuda.
Hola
En principio la ley de facturacion no hace referencia a abonos, sí a rectificativas, las unicas opciones en las que, segun consultss vinculantes son: las emitidas en 2 pasos por un abono inmediatamente anterior a una rectificativa por sustitucion o a una f2 para emitir justo despues una F1 no olvidando poner la fecha de operacion si es necesario.
Lo más correcto, sería emitir una rectificativa por diferencias, si son pocas las modificaciones o una de sustitucion, si son muchas. El problema es que es lo que delimita si son muchas o pocaa y si la haces por sustitucion es mejor en 2 pasos F1+Rx o en un paso Rx. Donde la generacion de la Rx tendria una pequeña diferencia en algun nodo (base rectificada...).

Pero hay una excepcion, y si te vas al reglamento de facturacion, encontrarás un parrafo, del que aun no he encontrado el sentido, que seguro lo temdrá:
Cita:
Real Decreto 1619/2012 – Artículo 15.2 (reglamento de facturación)

> “No obstante, cuando la modificación de la base imponible sea consecuencia de la devolución de mercancías o de envases y embalajes y por la operación en la que se entregaron se hubiese expedido factura, no será necesaria la expedición de una factura o factura simplificada rectificativa, sino que se podrá practicar la rectificación en la factura que se expida por una operación posterior que tenga el mismo destinatario siempre que el tipo impositivo aplicable a todas las operaciones sea el mismo, con independencia de que el resultado sea positivo o negativo.”
O sea, soolo cumpliendose los requisitos de que todos los ivas de la factura sean el mismo tipo de iva y de que por una devolucion puedes integrar ese albaran/abono junto a la factura positiva. Ese escenario se nos da mucho en nuestra empresa, ya que al ser una franquicia en la que admitimos muchas devoluciones de productos concretos, que tienen el mismo iva, se facturan esos productos, junto a sus albaranes de devolucion, con los postivos en la misma factura, y al ser siempre los mismos clientes, en la mayoria de los casos, incluimos la devolucion en la facturacion de la siguiente quincena.
En resumen, y en respuesta a tu pregunta, si quieres hacerlo lo mas correcto posible tienes que controlar que si hay albaranes negativos esten incluidas en una factura del mismo iva y con alguna/s lineas postivas, si al realizar la seleccion de albaranes detectas distintos ivas y son pocas lineas de abono, puedes hacer una rectificativa por diferencoas con esos albaranes negativos y si son muchss, por sustitucion.
Facil no nos lo van a poner.

Última edición por ermendalenda fecha: 28-06-2025 a las 06:40:04.
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