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  #1  
Antiguo 28-11-2024
FerSan FerSan is offline
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FerSan Va por buen camino
Numeración de facturas rectificativas y anuladas

Hola, tengo una duda que a lo mejor ya está comentada en algún hilo, pero no lo he encontrado. Las facturas anuladas tienen que tener numeración distinta de las facturas "normales", la duda que tengo es si las las rectificativas también hay que numerarlas a parte y si es así, ¿irían dentro de la misma serie de numeración que las anuladas?
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  #2  
Antiguo 28-11-2024
rci rci is offline
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rci Va por buen camino
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Hola, tengo una duda que a lo mejor ya está comentada en algún hilo, pero no lo he encontrado. Las facturas anuladas tienen que tener numeración distinta de las facturas "normales", la duda que tengo es si las las rectificativas también hay que numerarlas a parte y si es así, ¿irían dentro de la misma serie de numeración que las anuladas?
Ahora mismo en nuestro programa no se contempla la opción de anular facturas (de momento), pero desde mi humilde opinión, pienso que las facturas anuladas no tienen que tener una numeración distinta, porque cuando las creas con la numeración que les corresponde, no sabes que la vas a anular. Y yo creo que no puedes cambiarle el numero a una factura para anularla.

Sobre las rectificativas me suena que si que tienen que tener una serie distinta, excepto para simplificadas que no hace falta. Pero tampoco lo se seguro.

A ver si alguien puede confirmar o desmentir mis afirmaciones.
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  #3  
Antiguo 29-11-2024
delphiGar delphiGar is offline
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delphiGar Va por buen camino
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Hola, tengo una duda que a lo mejor ya está comentada en algún hilo, pero no lo he encontrado. Las facturas anuladas tienen que tener numeración distinta de las facturas "normales", la duda que tengo es si las las rectificativas también hay que numerarlas a parte y si es así, ¿irían dentro de la misma serie de numeración que las anuladas?
Las facturas anuladas sean del tipo que sean quedan anuladas e identificadas por su propio numero, este numero permanece en tu SIF indicando que esta anulada, es decir si tienes una factura con numero A-202401, el numero de la factura anulada seria A-202401, sea del tipo que sea.

Las rectificativas llevan una serie aparte y se aplica lo mismo, factura rectificativa R-202401, la anulada seria R-202401.
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  #4  
Antiguo 29-11-2024
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FerSan Va por buen camino
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Las facturas anuladas sean del tipo que sean quedan anuladas e identificadas por su propio numero, este numero permanece en tu SIF indicando que esta anulada, es decir si tienes una factura con numero A-202401, el numero de la factura anulada seria A-202401, sea del tipo que sea.

Las rectificativas llevan una serie aparte y se aplica lo mismo, factura rectificativa R-202401, la anulada seria R-202401.
Muchas gracias
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  #5  
Antiguo 29-11-2024
FerSan FerSan is offline
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Entonces al anular la factura solo hay que ponerle los importes a cero y marcarla como anulada, no?
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  #6  
Antiguo 02-12-2024
MaeseKvothe MaeseKvothe is offline
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MaeseKvothe Va por buen camino
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Entonces al anular la factura solo hay que ponerle los importes a cero y marcarla como anulada, no?
No. Creo que estás confundiendo procesos y conceptos.


La anulación de una factura sólo se puede hacer si te das cuenta de su error antes de entregarla/enviarla al cliente.

Si se da ese caso simplemente se puede dar la orden de marcarla como anulada. Eso no requiere emitir un nuevo documento con distintos números o importes. La factura se anula tal y como estaba y al emitir la siguiente debe ir con la siguiente numeración libre.


Por otro lado estaría el caso en el que el cliente tiene la factura y te indica que está mal y hay que corregirla, realiza una devolución parcial o completa, etc. En esos casos tienes que hacer una factura rectificativa, no una anulación. Y esas rectificativas por normativa tienen que tener una serie diferente a la de facturación.


Muchos software dan sólo esta última opción porque siempre se puede hacer (aunque no hayas entregado la factura al cliente) y la anulación solo en escenarios y periodos de tiempo muy concretos.
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  #7  
Antiguo 02-12-2024
FerSan FerSan is offline
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FerSan Va por buen camino
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No. Creo que estás confundiendo procesos y conceptos.


La anulación de una factura sólo se puede hacer si te das cuenta de su error antes de entregarla/enviarla al cliente.

Si se da ese caso simplemente se puede dar la orden de marcarla como anulada. Eso no requiere emitir un nuevo documento con distintos números o importes. La factura se anula tal y como estaba y al emitir la siguiente debe ir con la siguiente numeración libre.


Por otro lado estaría el caso en el que el cliente tiene la factura y te indica que está mal y hay que corregirla, realiza una devolución parcial o completa, etc. En esos casos tienes que hacer una factura rectificativa, no una anulación. Y esas rectificativas por normativa tienen que tener una serie diferente a la de facturación.


Muchos software dan sólo esta última opción porque siempre se puede hacer (aunque no hayas entregado la factura al cliente) y la anulación solo en escenarios y periodos de tiempo muy concretos.
Ok, creo que ya lo tengo claro, muchas gracias
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  #8  
Antiguo 29-11-2024
ermendalenda ermendalenda is offline
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Hola, tengo una duda que a lo mejor ya está comentada en algún hilo, pero no lo he encontrado. Las facturas anuladas tienen que tener numeración distinta de las facturas "normales", la duda que tengo es si las las rectificativas también hay que numerarlas a parte y si es así, ¿irían dentro de la misma serie de numeración que las anuladas?
Yo internamente creo un documento interno con otra serie para tenerlo más ordenado, pero en el interior hago referencia a la factura anulada, cuando envías tienes que mandarla con el número de la anulada.
Las rectificativas en otra serie xon su contador aparte.
Series diferentes:
-factura simplificada
-factura sustitutiva de simplificada.
-factura ordinaria (identificando al cliente)
-factura rectifificativa(yo he hecho una serie para las rectificativas de las simplificadas y otra para el resto)
Las anulaciones cogen la serie y el número de la que anula, de cualquiera de las anteriores.

Última edición por ermendalenda fecha: 29-11-2024 a las 10:43:48.
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  #9  
Antiguo 24-12-2024
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Yo internamente creo un documento interno con otra serie para tenerlo más ordenado, pero en el interior hago referencia a la factura anulada, cuando envías tienes que mandarla con el número de la anulada.
Las rectificativas en otra serie xon su contador aparte.
Series diferentes:
-factura simplificada
-factura sustitutiva de simplificada.
-factura ordinaria (identificando al cliente)
-factura rectifificativa(yo he hecho una serie para las rectificativas de las simplificadas y otra para el resto)
Las anulaciones cogen la serie y el número de la que anula, de cualquiera de las anteriores.
Hola, Buenas tardes.
Estás series que pones, es por tu comodidad o es por ley?

Los diferentes tipos de facturación, no podrían llevar una única ordenación y sólo modificar la serie?

Muchas Gracias.

FELIZ NOCHE BUENA Y FELIZ NAVIDAD!!!
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  #10  
Antiguo 24-12-2024
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Hola, Buenas tardes.
Estás series que pones, es por tu comodidad o es por ley?

Los diferentes tipos de facturación, no podrían llevar una única ordenación y sólo modificar la serie?

Muchas Gracias.

FELIZ NOCHE BUENA Y FELIZ NAVIDAD!!!
Es por ley, tiene que estar en series separadas con su contador independiente y sin saltos. Puedes reiniciar los contadores al cambiar el año o puedes continuarlo, eso ya lo que prefieras.
Felices fiestas.
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  #11  
Antiguo 24-12-2024
_Io _Io is online now
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_Io Va por buen camino
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Es por ley, tiene que estar en series separadas con su contador independiente y sin saltos. Puedes reiniciar los contadores al cambiar el año o puedes continuarlo, eso ya lo que prefieras.
Felices fiestas.

Muchas Gracias!!!!
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