Cita:
Empezado por Jarogo08
Según entendemos nosotros, la ley no exige hacer de una manera o de otra una rectificativa, de ahí que hagamos siempre por diferencias.
El problema que planteamos aquí es hacer la rectificativa de una factura que no se subió porque dio error, ya que quedarían esos saltos de contadores. A ver si nos contestan de una santa vez
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A nivel de SIF, en los contadores de factura no pueden existir saltos porque ya no se pueden borrar facturas. A nivel de RF, los saltos tampoco existirán porque se generan en función del último RF generado por cada obligado tributario. Si hubieron errores en los RF, tendrás que acudir al alta/baja por rechazo o por subsanación, pero de nuevo no se producirán saltos, pues el nuevo que vas a subir contiene la huella del último generado por el SIF.