Probaré mañana a enviarlo como Subsanación=S y RechazoPrevio=N.
Ahora bien... ¿no es confuso, y poco intuitivo, que la "rechacen" pero que tenga que poner RechazoPrevio=N?
En el
listado de errores, el error 2005 aparece en el bloque de "deben ser subsanados". ¿O es que ahí la palabra "subsanados" no significa que requiera una "subsanación"?
Lo de "lo dicen muy claro", vamos de dejarlo ahí...
Esto es lo que
dice Hacienda:
Ya podrían haberse currado mejor los bloques de error y ponernos las cosas
un pelín más fáciles de entender. Creo que no pido tanto.
Teniendo en cuenta que el RF es el XML (fallo estructural, por ejemplo), entiendo que es el caso b), y por lo tanto, requiere subsanación. Pero sin embargo, yo la he reenviado directamente, tras corregir el error, sin indicar subsanación ni nada.
En mi segundo ejemplo, error 2005, la factura es "aceptada con errores". De verdad que me cuesta entender por qué se debe rectificar y no subsanar.
Voy a terminar por no subsanar nada y solo permitir rectificativas y punto.