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#1
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Cita:
Bueno, un cliente que no está sujeto puede comprar hoy tu programa o el mío. Decían en otro hilo (o no sé si en este) que si el cliente es de Navarra no le afecta Verifactu. Y me parece bien: nuestro programa puede tener las opciones Verifactu, NO Verifactu, SII, TicketBay, Navarra. Y en función de lo que elijas hará una cosa u otra. Pero no hay una última opción (que es lo que me canso de repetir) de "No me envíes que no me apetece hasta finales del 2026". Pónselo en modo SII o en modo Navarra (si tu programa tiene esas opciones) y ya no enviará nada. Pero no hagas esa última opción. Así tu programa cumplirá la ley. Eso sí, si el cliente tiene una inspección tendrá que justificar porque tiene el programa configurado en modo SII o Navarra cuando no procede. Pero será responsabilidad del cliente, no del programa. Última edición por Jarogo08 fecha: 05-12-2025 a las 09:14:16. |
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#2
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Ya van varios clientes que sus propias asesorías después de la reculada les están diciendo que no creen que se aplique nunca verifactu.
Sabiendo como se sabe que NO ha sido un problema de logística de la AEAT, si no una cuestión presuntamente política para que Cataluña presuntamente no ceda sus datos fiscales a la hacienda española. Más difícil todo. Edito para poner presuntamente ya que en este país hay que tener mucho cuidado con lo que se dice. Última edición por CarlosArjonomia fecha: 05-12-2025 a las 09:22:04. |
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#3
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#4
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A nosotros por ahora no se nos dio el caso, pero si se nos da por supuesto que firmará un papel donde quede constancia de que lo hace él. |
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#5
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Creo que cualquier documento que te firme será papel mojado.
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#6
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Cita:
Si alguien quiere saltarse la norma allá él, pero que no nos arrastre a nosotros. Le dejo la hoja con las multas/sanciones, le dejo en pantalla que opción escoger para no estar obligado a enviar, que llame a su gestor se lo comente y use ÉL el ratón, yo mientras habla con su gestor me voy al bar a desayunar. Otra opción puede ser tu ruina. |
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#7
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Cita:
Vaya... por fin nos entendemos! ![]() Que se salte la norma y no envíe poniendo el programa en modo SII, por ejemplo. Nosotros ahí no tenemos ninguna responsabilidad. Pero que no se salte la norma poniendo en el programa en un modo que el programa no debe tener porque entonces no cumpliría la ley y por tanto no estaría homologado Última edición por Jarogo08 fecha: 05-12-2025 a las 12:11:03. |
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#8
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En nuestro caso, el cliente no puede poner el programa en un modo u otro, sino que COMPRA y se le instala un SIF VERIFACTU (sólo tenemos esa modalidad), o un SIF NO SUJETO, me da igual los motivos (SII,TicketBai, Navarra, no obligdo a emitir fras.), por lo que una vez instalado el cliente ya no elige nada.
Por otro lado, la contestación que nos están dado a muchos desde el correo de "verifactu", que es la misma, a mí me parece muy clara, pero nuestro estado de cabreo nos lleva a pensar, interpretar e incluso decir lo que nos da la gana, o nos pasa por la cabeza o las tripas en cada momento. |
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#9
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Por lo pronto, lo único que me preocupa ahora mismo es sacar urgentemente una actualización del software que NO se active por defecto en modo VeriFactu el próximo 1 de Enero, y rezar para que los clientes la descarguen y la instalen antes de ese día.
Porque si no, el 1 de Enero van a ser unas risas 😅 |
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#10
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Cita:
espinete Yo tambien hice el cambio en los .exe para que se active a partir del 1-1-2027, aunque actualmente no hay nadie que tenga el programa actualizado y no este en el SII o VeriFactu. |
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#11
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Cita:
No sé cómo funciona cada empresa, pero nuestro software lo descarga, lo prueba, lo instala y lo compra el cliente él solito. Nosotros no le instalamos nada, ni le configuramos nada, etc. Eso estaría bien para una empresa que tenga o pocos clientes o muchos empleados, o que requiera instalaciones "en persona" por algún motivo. Lo que sí hacemos es que, una vez configurado el programa para VeriFactu, o para TicketBAI, o para SII, etc. DESPUÉS YA NO SE PUEDE CAMBIAR. Si pones "VeriFactu", te quedas en VeriaFactu. Ese cambio de modalidad sí tendríamos que hacerlo nosotros "a mano" según qué condiciones, pero no el cliente. Y no, no vamos a crear un SIF exclusivo para VeriFactu, otro exclusivo para SII, otro exclusivo para TicketBAI, etc. porque no nos da la gana, literalmente. |
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#12
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Y no se puede activar Verifactu con todas su opciones, trazabilidad, etc y NO ACTIVAR la opcion de envio hasta el 01-01-2027 (o la fecha que diga hacienda) que es la que entra envigor. De esta forma estariamos chequeando la aplicaicñon 1 año pero no enviaria hasta le fecha OBLIGATORIA.
?????? Gracias |
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