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#141
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Si, yo creo que esos 6 meses vienen bien para empezar a hacer pruebas "serias", aunque sea al entorno de pruebas, y tener tiempo para ir puliendo el software.
A nosotros lo único que nos preocupa es qué hacer con clientes antiguos que tienen un software muy antiguo, incluso de 2010 o antes, que pagaron en su momento y actualmente no pagan nada. Ni mantenimiento ni nada. A esta gente habrá que "obligarles" a actualizar y además pagar un mantenimiento mensual, porque el sistema VeriFactu va a requerir mantenimiento, soporte, actualizaciones, etc. sí o sí, pero a esta gente no va a ser fácil convencerlos... |
#142
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En cuanto les hables de sanciones de Hacienda, se volverán más receptivos. Comprobado. Saludos. |
#143
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Hola compañeros, he preguntado a verifactu si es obligatorio actualizar a los clientes el 29/07/2025, debido a que tenemos clientes que ya están en temporada alta hasta septiembre, mi duda es si podiamos aguantar un mes más y actualizarlos en septiembre, siempre que no se modificara el programa. Contestación de Verifactu:
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#144
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creo que la opción a) de cliente con mantenimiento antes del 29/07/2025 está mal porque no puedes actualizarlo dice pero si contratar uno que no esté adaptado. Preguntaré el lunes
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#145
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#146
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El cliente puede contar con tus servicios , siempre que no modifiques el software existente, hacer una copia de seguridad o restaurar la misma, no es instalar una nueva version del software, incluso reinstalar el programa completo , si es el mismo que compro , no contradice la ley , tu no le estas vendiendo algo nuevo, es algo que el cliente ya posee.
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
#147
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Pues depende, a mi modo de ver, porque hay actualizaciones que son de mantenimiento y hay otras que podrían no serlo. ¿ Quién valora qué es una actualización de mantenimiento y cual no ? Necesitaríamos un cuerpo nacional de revisores de actualización. Ahí lo dejo |
#148
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No habrá muchos cambios o actualizaciones importantes si llevas tiempo con el SIF en la calle pero si un cliente te pide en agosto de este año que necesita un dato en un informe y tienes que modificar el código para mandarle un parámetro pues no creo yo que no se pueda. Lo que está claro es que tenemos que tener el SIF adaptado el 1 de julio de este año para poder seguir incorporando nuevos clientes, de lo contrario no podrás. Los que ya están en tu cartera de clientes desde antes del 1 de julio podrán elegir el día que quieren migrar, si es persona jurídica podrá elegir hasta antes de enero de 2026 porque ya en enero será sí o sí. Para los clientes que ya estén y sean persona física podrán elegir cuando migrar hasta antes de julio de 2026 porque después no tendrán mas remedio que migrar si quieren seguir facturando. |
#149
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creo que no es el 1 sino el 29 de julio
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#150
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#151
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Yo a partir del 29 de julio, el que no esté con su mantenimiento y actualizado, no atiendo.
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#152
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Correcto. Esa fecha será inamovible aunque no estoy demasiado seguro que no haya mas cambios en la fecha limite de nuestros usuarios/Clientes
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#153
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Y ese mantenimiento, actualizaciones, etc. se paga. Por el simple hecho de dar soporte, resolver dudas y que los clientes nos llamen a nosotros para cualquier problema que surja, incluso cuando sea problema de ellos, ya solo por eso se debería cobrar de más. Aquellos clientes que no tengan una versión reciente, ni tengan soporte, pues sintiéndolo mucho no podrán enviar a VeriFactu con nuestro software. Si tienen queja, que vayan a llorarle a los leones del Congreso. |
#154
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En nuestro ERP hemos programado que no dejamos imprimir facturas si no tienen la ultima actualización publicada por nosotros
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#155
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Si son antiguas tienes que dejarlas imprimir hasta 4 años después. Nuevas no
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#156
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La duda que me sigue quedando a mí es,
a partir del 29 de julio, si se actualiza al cliente debe ser con todo lo de verifactu adaptado, eso ya ha quedado claro. Pero y si no se actualiza, estos pueden seguir utilizando el programa y sacando facturas de manera normal o todas las facturas que saque el cliente a partir de esa fecha debe de ser en sistemas que hayan adaptado ya Verifactu? Mucha confusión con este tema... |
#157
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Si está pagando mantenimiento tiene que estar adaptado Si compra uno nuevo a partir de esa fecha, tiene que estar adaptado. Si decide rescindir contratos de mantenimiento p tiene un software comprado que no paga mantenimiento puede seguir usándolo hasta el 31 de diciembre sin adaptarlo |
#158
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
#159
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El software adquirido antes del 29 de julio se puede seguir usando hasta el 31 de diciembre para las sociedades y hasta el 30 de junio de 2026 para el resto. Lo que no podrá hacerse es comercializar un software no adaptado a VeriFactu después del 29 de julio. |
#160
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Una duda al respecto... ¿se puede entender como "comercializar/distribuir" el hecho de que se facilite a un cliente antiguo, un número de serie de una versión antigua del software, porque perdió el suyo?
Me explico: nuestras versiones antiguas funcionaban con números de serie, para "desbloquear" la aplicación. Si un cliente tiene una versión, digamos que de 2015 o incluso antes, y necesita un número de serie nuevo porque ha formateado, lo ha perdido, ha cambiado de PC, etc. ¿deberíamos darle uno nuevo? ¿O ahí estaríamos siendo partícipes de la "facilitación del uso de una licencia antigua y no adaptada"? Lo digo porque esto sí puede provocar quejas a los clientes antiguos (que son los que menos dispuestos están a pagar). Aunque la verdad es que no debería ser tan preocupante, ya que son ellos los que deben adaptarse antes de 2026 sí o sí, ya que su versión antigua no les vale. Pero esos 6 meses que quedan hasta 2026 puede que se dé el caso y no sabría muy bien cómo actuar. |
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