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#1
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Si la rectificativa es por diferencia puedes saltarte el abono, si es por sustitución entonces como dices, haces abono y se queda todo a cero y luego la rectificativa por sustitución y dejas lo que realmente vale para la factura.
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#2
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pero entiendo que al hacer una rectificativa por sustitución sustituyes la factura original por la rectificativa, por ende no tendría sentido haber hecho el abono no??
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La religión es personal e intransferible. |
#3
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Si, porque por ejemplo si te equivocaste de cliente, y la original son 100€ la rectificativa seguiran siendo 100€ al cliente correcto, hay que hacer el abono para saldar el importe.
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#4
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Cita:
Por cierto, de ticket bay me enviaron una factura con el cif mal y cuando lo notifique, simplemente me abonaron en negativo la anterior y una nueva en positivo con la numeracion , seguida las tres, ninguna con serie diferente, como lo veis???
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
#5
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Cita:
La aeat dice que en las facturas rectificativas hay que detallar bien claro que lo es, el número de la factura rectificada, la fecha de la factura rectificada y el motivo de la rectificación. Cita:
Pues teóricamente eso no es correcto. Es posible porque (de momento) VeriFactu se lo "traga" casi todo pero es incorrecto. Saludos.
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Be water my friend. |
#6
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Cita:
Si eso lo entiendo, pero a lo que me refiero es que elk cliente final al ver en la factura, por ejemplo. Cita:
En una factura de un cambio de aceite, por decir una chorrada, pues puede que me la tire a la cara... Por cierto he dicho que me ha pasado a mi en Ticketbay por un materia comprado alli, no de verifactu.... ![]()
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
#7
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Cita:
Factura con Error +100 --> Rectificativa -100 (Igual que la Factura original pero en negativo, con su serie especial y su texto explicando el motivo y la referencia) y UNA FACTURA NORMAL +70 al cliente correcto, al mismo, o lo que toque, pero porqué narices tengo que "enfrentarme" con mi cliente porque a su vez un cliente suyo le ha "tirado una factura a la cara..." porque ninguno sabe de contabilidad, ni del reglamento de facturación, ni de puñetas.... solo quieren vender. La verdad es que ahora con la remisión inmediata no entiendo porqué no se podía seguir haciendo como antaño, factura --> factura de abono --> factura nueva, todos tan contentos y el stock totalmente controlado sin tener que andar explicando "cosas raras" a la gente. |
#8
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Cita:
En un caso de una factura emitida con destinatario equivocado, creo que la mejor política es anularla y punto. No le veo mucho sentido a enviarle al destinatario erróneo una factura normal y otra rectificativa. Puede darse el caso que ya no sea ni cliente y podría mosquearse gravemente. En el caso de devoluciones, en TPV es muy normal que no se emita una rectificativa sino una nueva factura negativa (por supuesto con la misma serie). Hacienda conoce la problemática que hay en el caso de devoluciones cuando se tienen varios locales de venta o varios TPVs y cada TPV no siempre puede acceder a los datos de la factura original para hacer una rectificativa. En esos casos, factura negativa y punto. En las Haciendas Vascas, con TicketBAI, se acepta sin problemas y no creo que en la AEAT vayan a poner pegas. Saludos |
#9
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Cita:
Cita:
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La religión es personal e intransferible. Última edición por gcqZW fecha: 14-03-2025 a las 11:43:09. Razón: añadir texto |
#10
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Apuntar que hay dos tipos de rectificativas, las rectificativas por diferencias o por sustitución. En el primer caso se haría una rectificativa con el importe deseado para corregir la factura original pero las dos facturas serían correctas y deben de entregarse al cliente, no se anula la original, se complementan. En el caso de las rectificativas por sustitución la factura original se anula y la que queda es la rectificativa.
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Be water my friend. |
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