Cita:
Empezado por newtron
Buenas.
Pongo la respuesta que me dieron desde VeriFactu a una consulta sobre la posible anulación/rectificación de facturas:
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Buenas tardes:
Un aspecto que puede ser muy relevante es si la factura expedida (con errores) ya se ha entregado o no al cliente.
# Si NO se ha entregado, podría entenderse que se trata de una factura defectuosa e incorrecta que no debería existir ni llegar al cliente (una expedición "fallida") y, por lo tanto, que fuera susceptible de anularse su RF. Si ese fuera el caso, podría generarse un RF de anulación del RF de alta rechazado originalmente (es decir, "anulación sin registro previo"). Después, procedería expedir una nueva factura "original" (no rectificativa) correcta -cuyo RF se supone que ya no sería rechazado por la AEAT- que se entregaría al cliente.
# Si YA SE ha entregado y los errores están entre los que el ROF considera que deben corregirse a través de la expedición de una/s nueva/s factura/s rectificativa/s, NO debería generarse un RF de anulación del RF de alta rechazado originalmente (es decir, "anulación sin registro previo"), porque la factura es real y existe (no se puede anular). Por otro lado, muy probablemente no fuera posible realizar tampoco un RF de alta de subsanación del RF rechazado de la factura original, por lo que el RF de dicha factura no quedará "registrado" en la AEAT (pero sí el/los RF de la/s nueva/s factura/s rectificativa/s que se remitirá/n posteriormente y que la apuntará/n como "rectificada").
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A mi en particular no me gusta dejar al criterio del usuario la posibilidad de que la factura se haya entregado o no porque puede dar lugar a "pirulas" y que haya por ahí rulando una factura que en teoría debería de estar anulada por lo que no doy esa opción en mi programa. Lo que he hecho es un proceso en el que una factura puedes rectificarla por sustitución generando una nueva factura en otra serie distinta y la factura original "desaparece" del registro de facturas emitidas y la paso a un registro de facturas "sustituidas" por si hay que consultarla.
Saludos.
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Muchas gracias newtron. La respuesta de hacienda me ayuda y me confunde mas, a partes iguales
Cita:
Empezado por newtron
Lo que he hecho es un proceso en el que una factura puedes rectificarla por sustitución generando una nueva factura en otra serie distinta y la factura original "desaparece" del registro de facturas emitidas y la paso a un registro de facturas "sustituidas" por si hay que consultarla.
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Entiendo que creas un registro de anulación de esa factura original que dices que "desaparece"
Muchas gracias