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Antiguo 26-02-2025
rci rci is offline
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Buenas.
Pongo la respuesta que me dieron desde VeriFactu a una consulta sobre la posible anulación/rectificación de facturas:

"
Buenas tardes:
Un aspecto que puede ser muy relevante es si la factura expedida (con errores) ya se ha entregado o no al cliente.

# Si NO se ha entregado, podría entenderse que se trata de una factura defectuosa e incorrecta que no debería existir ni llegar al cliente (una expedición "fallida") y, por lo tanto, que fuera susceptible de anularse su RF. Si ese fuera el caso, podría generarse un RF de anulación del RF de alta rechazado originalmente (es decir, "anulación sin registro previo"). Después, procedería expedir una nueva factura "original" (no rectificativa) correcta -cuyo RF se supone que ya no sería rechazado por la AEAT- que se entregaría al cliente.

# Si YA SE ha entregado y los errores están entre los que el ROF considera que deben corregirse a través de la expedición de una/s nueva/s factura/s rectificativa/s, NO debería generarse un RF de anulación del RF de alta rechazado originalmente (es decir, "anulación sin registro previo"), porque la factura es real y existe (no se puede anular). Por otro lado, muy probablemente no fuera posible realizar tampoco un RF de alta de subsanación del RF rechazado de la factura original, por lo que el RF de dicha factura no quedará "registrado" en la AEAT (pero sí el/los RF de la/s nueva/s factura/s rectificativa/s que se remitirá/n posteriormente y que la apuntará/n como "rectificada").
"

A mi en particular no me gusta dejar al criterio del usuario la posibilidad de que la factura se haya entregado o no porque puede dar lugar a "pirulas" y que haya por ahí rulando una factura que en teoría debería de estar anulada por lo que no doy esa opción en mi programa. Lo que he hecho es un proceso en el que una factura puedes rectificarla por sustitución generando una nueva factura en otra serie distinta y la factura original "desaparece" del registro de facturas emitidas y la paso a un registro de facturas "sustituidas" por si hay que consultarla.

Saludos.
Muchas gracias newtron. La respuesta de hacienda me ayuda y me confunde mas, a partes iguales

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Lo que he hecho es un proceso en el que una factura puedes rectificarla por sustitución generando una nueva factura en otra serie distinta y la factura original "desaparece" del registro de facturas emitidas y la paso a un registro de facturas "sustituidas" por si hay que consultarla.
Entiendo que creas un registro de anulación de esa factura original que dices que "desaparece"

Muchas gracias
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  #2  
Antiguo 26-02-2025
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Muchas gracias newtron. La respuesta de hacienda me ayuda y me confunde mas, a partes iguales


Entiendo que creas un registro de anulación de esa factura original que dices que "desaparece"

Muchas gracias

No, directamente la elimino de los registros de facturas y la paso a una tabla de facturas sustituidas. Igual sería mejor dejarla a cero aparte de pasarla al otro lado pero he optado por esa opción.


Saludos.
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  #3  
Antiguo 26-02-2025
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Pero no se debería eliminar las facturas, si se supone que una factura una vez generada no se puede tocar, supongo que menos eliminar, además que habrían huecos. Nosotros no tenemos opción en el programa de anular una factura de momento, porque si hay que hacer que desaparezca de toda la contabilidad (listados, procesos, modelos, ...) pero fisicamente debe seguir existiendo es trabajo que de momento no esta en prioridad por lo visto.
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  #4  
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Pero no se debería eliminar las facturas, si se supone que una factura una vez generada no se puede tocar, supongo que menos eliminar, además que habrían huecos. Nosotros no tenemos opción en el programa de anular una factura de momento, porque si hay que hacer que desaparezca de toda la contabilidad (listados, procesos, modelos, ...) pero fisicamente debe seguir existiendo es trabajo que de momento no esta en prioridad por lo visto.

Bueno, técnicamente no la anulo, la sustituyo por otra y esa sustitución implica moverla a otra tabla en la que está controlada. No sé si será la mejor opción pero es lo mejor que se me ha ocurrido para seguir teniendo una copia íntegra de la factura y que no esté "mareando" por el registro de facturas emitidas. Podría marcarla como anulada pero eso implicaría retocar decenas de informes para ignorar estas facturas anuladas, controlar el tema de las existencias.... un lío. Al tenerla en una tabla distinta esos problemas me los evito y en caso necesario se puede tirar de informe para hacer comprobaciones.


Saludos.
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  #5  
Antiguo 26-02-2025
siyei siyei is offline
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siyei Va por buen camino
Buenas, yo en mi caso, desde que entró en vigor el tema de la ley antifraude bajo ningún concepto dejo manipular ni borrar una factura una vez emitida.
De hecho, cualquier intento de grabación en una factura emitida (de los campos que afectan a Verifactu) aparte de estar bloqueado, grabarían un log con un intento de grabación.

Para anular una factura que he emitido por error, es tan sencillo como generar una factura negativa, que anula a la original y genera el registro de anulación correspondiente para Verifactu. La factura original sigue existiendo, pero al tener una factura de abono asociada queda anulada a todos los efectos.
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  #6  
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Buenas, yo en mi caso, desde que entró en vigor el tema de la ley antifraude bajo ningún concepto dejo manipular ni borrar una factura una vez emitida.
De hecho, cualquier intento de grabación en una factura emitida (de los campos que afectan a Verifactu) aparte de estar bloqueado, grabarían un log con un intento de grabación.

Para anular una factura que he emitido por error, es tan sencillo como generar una factura negativa, que anula a la original y genera el registro de anulación correspondiente para Verifactu. La factura original sigue existiendo, pero al tener una factura de abono asociada queda anulada a todos los efectos.

Bueno, es una forma de hacerlo con la que seguramente no tendrás problemas. El problema es que, siendo puristas, no sé si la mejor forma de solucionar un problema con un CIF erróneo (por ejemplo) sea hacer otra en negativo con el mismo CIF erróneo. Al final se queda todo a cero pero te encontrarás con dos facturas con CIF erróneo que Verifactu te las rechazará y no les darás solución.


Saludos.
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  #7  
Antiguo 26-02-2025
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Buenas, yo en mi caso, desde que entró en vigor el tema de la ley antifraude bajo ningún concepto dejo manipular ni borrar una factura una vez emitida.
De hecho, cualquier intento de grabación en una factura emitida (de los campos que afectan a Verifactu) aparte de estar bloqueado, grabarían un log con un intento de grabación.

Para anular una factura que he emitido por error, es tan sencillo como generar una factura negativa, que anula a la original y genera el registro de anulación correspondiente para Verifactu. La factura original sigue existiendo, pero al tener una factura de abono asociada queda anulada a todos los efectos.
No es lo mismo manipular/borrar que el método ANULAR, que además sería muy correcto en segun que casos.
Según el error del cif hay que operar de maneras diferentes para reparar el error. Te pongo varios casos en los que hay que operar de diferent3s formas
Caso 1. Factura emitida a un cliente erróneo (pero existente en la aeat) y se ha entregado al cliente pero no son sus datos
Caso 2 cif erróneo pero no está dado de alta en la aeat, xon lo cual hay un rechazo.
Caso 3. Cif erróneo y no se le ha entregado a nadie, me doy cuenta antes
Caso 4. Cif erróneo y además con calculo de letra errónea o longitud del cif erronea.( o sea formato incorrecto), esto sería error estructurural
Pues segun el caso, podrías emitir una rectificativa en 1paso o en 2 pasos, una anulación.o una subsanacion.
Por software podrás controlar algo, pero no todo, por que el software no sabrá si se lo has entregado al cliente, pero imagínate el siguiente escenario:
Se la mandas al cliente correspondiente al cif y se lo declara o se lo envis al cliente al que corresponde la factura pero con el cif erróneo, cualquiera se los 2 lo registra en su contabilidad y lo archivan, , el cliente te reclama qie le arregles el cif y (erronramente) emites una anulación y generas una nueva, posteriormente hay una auditoría de hacienda o cruzan datos con el SII o verifactu o da descuadres el 347... aquí alguien se come un marrón.
Ojito que la ley de Murphy cada vez es más posible por los cruces de información.
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  #8  
Antiguo 26-02-2025
sglorka sglorka is offline
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Buenas, yo en mi caso, desde que entró en vigor el tema de la ley antifraude bajo ningún concepto dejo manipular ni borrar una factura una vez emitida.
De hecho, cualquier intento de grabación en una factura emitida (de los campos que afectan a Verifactu) aparte de estar bloqueado, grabarían un log con un intento de grabación.

Para anular una factura que he emitido por error, es tan sencillo como generar una factura negativa, que anula a la original y genera el registro de anulación correspondiente para Verifactu. La factura original sigue existiendo, pero al tener una factura de abono asociada queda anulada a todos los efectos.
Si generas una factura negativa que anula la original no debes generar Registro de Anulación en Verifactu, debes enviar esa factura negativa como un alta nueva, de lo contario, estarías anulando dos veces.
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  #9  
Antiguo 27-02-2025
siyei siyei is offline
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siyei Va por buen camino
Pienso que cualquiera de las opciones que estáis planteando son validas.

En mi caso, para mi ERP, anular una factura consiste en generar una factura en negativo con una serie diferente que anula a la original (suma 0).
De cara a Verifactu, este proceso solo genera un registro de anulación de la primera factura, la factura negativa no existe para Hacienda, pues solo es una "entelequia" para indicar que estoy anulando una factura.

Se podría haber optado por otras opciones, pero en su momento, cuando adapte el software para el tema de la ley antifraude, elegí está opción por la insistencia que hubo en su momento de parte de Hacienda y de una empresa auditora que contraté a tal efecto, de que el software no dejase manipular facturas, contadores, fechas, etc. una vez emitidas.
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