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#2121
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Gracias compañero.
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Be water my friend. |
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#2122
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Cita:
Podrías indicar donde has visto esa información, por que no han cambiado la versión 0.3.2(aunque si el contenido) ni encuentro donde lo han publicado Última edición por ermendalenda fecha: 17-07-2024 a las 10:29:48. |
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#2123
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Cita:
Lleva cambiado desde esa versión Pero no me había dado cuenta del cambio. |
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#2124
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Cita:
Acceso a esas noticias vía RSS (además de mediante la web de desarrolladores). https://www.agenciatributaria.es/AEA.../Novedades.xml Ahí han publicado la noticia: Código:
<description>Tablón de anuncios</description>
<language>es</language>
<category>Tablón de anuncios</category>
<pubDate>Wed, 17 Jul 2024 10:52:20 +0200</pubDate>
<lastBuildDate>Wed, 17 Jul 2024 10:52:20 +0200</lastBuildDate>
<ttl>3600</ttl>
<item>
<title>
Corrección de erratas en esquemas XSD en sistemas VER*FACTU y no VER*FACTU
</title>
<link>
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.desarrolladores/Desarrolladores/_menu_/Documentacion/IVA/Sistemas_Informaticos_de_Facturacion_y_Sistemas_VERI_FACTU/Sistemas_Informaticos_de_Facturacion_y_Sistemas_VERI_FACTU.html
</link>
<guid isPermaLink="false">24fc55f0e4fb0910VgnVCM100000dc381e0aRCRD</guid>
<pubDate>Wed, 17 Jul 2024 00:00:00 +0200</pubDate>
<description>
<p>Se ha corregido una errata en uno de los esquemas XSD asociado a los sistemas VERI*FACTU y no VERI*FACTU ,
concretamente en el esquema "SuministroInformacion.xsd".<br/>El campo IDFacturasSustituida pasa a denominarse IDFacturaSustituida
dentro de la agrupación FacturasSustituidas en consonancia con FacturasRectificadas y por coherencia con el Diseño de
registro publicado.<br/>Este cambio ya se encuentra publicado en los distintos enlaces dispuestos en el Portal de Desarrolladores.<br/>
Ante cualquier duda/sugerencia y/o falta de corrección sobre la nueva información publicada, se recuerda
el buzón de consultas técnicas de VERI*FACTU: [email protected]</p>
</description>
</item>
__________________
Germán Estévez => Web/Blog Guía de estilo, Guía alternativa Utiliza TAG's en tus mensajes. Contactar con el Clubdelphi ![]() P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas. |
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#2125
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Gracias por la info!!
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#2126
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Cita:
Por otro lado, alguno sabe como va el desarrollo sobre el control de fichaje, hay algo? |
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#2127
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Definición Sistema Informático.
Buenos días. Estoy empezando en el tema de verifactu y agradezco de antemano toda la información que se está publicando en el foro y que es de muchísima utilidad.
Me surge una duda tonta en la definición del sistema informático. Si mi aplicación es "Multiempresa", como supongo la mayoría, cada empresa dentro de la aplicación es un objeto tributario distinto. ¿ Qué campo es el que me identificará/diferenciará unívocamente una empresa de otra, ya que supongo que todas las empresas tendrán en común <NombreRazon>, <NombreSistemaInformatico>, etc..... ? ¿ Podría ser <NumeroInstalacion> , además de asignar los campos <TipousoPosibleMultiOT> y <IndicadorMultipesOT> a 'S' ? Muchas gracias. |
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#2128
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Cita:
Pues el Nif y/o razón social Además de tener en cuenta que tienes que llevar por separado las bases de datos, el encadenamiento, los envios, que se vea en que empresa está trabajando cuando estas en la aplicación... Última edición por ermendalenda fecha: 18-07-2024 a las 11:48:23. |
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#2129
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Pensando en alto!!!
Aún me estoy planteando pasar las empresas más grandes al SII y dejar solo las pequeñas a verifactu, es una movida de datos y es más fácil de controlar el SII cuando hay decenas de miles de tiquets diarios aunque haya que enviar las compras y lss faxturas ordinarias que serán poquitas. Tantos tiquets fijo voy a tener más incidencias que con el SII y tengo más margen. |
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#2130
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Dudas desarrollo ténico
Ya empezamos, acabo de empezar a leer y ya me estoy podiendo de mala ostia,
yo no soy un buen ejemplo en las redacciones, pero ostias, esto es un tema muy serio ¿alguien lee el proyecto una vez que lo redacta el becario? Proyecto reglamento técnico En referencia a los sistemas multiempresas Artículo 2 Apartado d) Cita:
Vaya tela como se explican |
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#2131
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Seguimos
Hay ciertas obligaciones para los No veriFactus que no son aplicables a los Verifactu:
Pero está, que noes obligatoria para los que envian (Verifactu), me chirria: Articulo 6, apartado f) Cita:
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#2132
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Disculpa, ¿es requisito tener bases de datos separadas en una aplicación multiempresa? ¿Está ese requisito documentado?
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#2133
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Cita:
Sobre las bases de datos no hay ninguna referencia en este reglamento, pero si sobre los registros de facturación. Cita:
O sea que si envías, solo preocúpate de los demás aspectos, que se vea en todo momento en que empresa trabajas, que lleves el encadenamiento por separado y alguna norma qie no está muy clara que he puesto en post anterior Última edición por ermendalenda fecha: 20-07-2024 a las 20:17:16. |
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#2134
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Cita:
Sobre las bases de datos no hay ninguna referencia en este reglamento, pero si sobre los registros de facturación. Cita:
O sea que si envías, solo preocúpate de los demás aspectos, que se vea en todo momento en que empresa trabajas, que lleves el encadenamiento por separado y alguna norma qie no está muy clara que he puesto en post anterior I |
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#2135
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Fecha emisión / operación
A efectos fiscales (IVA, IRPF) ¿Qué fecha hemos de considerar? ¿La de emisión o la de operación?
Recibo una factura con fecha de emisión 02/04/2024 y fecha de operación 30/03/2024. ¿A qué trimestre corresponde? ¿Sabéis? Gracias |
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#2136
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Cita:
Un ejemplo: Estas de copas a las 11 de la noche del dia 30 en un local y finalizar a las 00.05 del dia 1. El servicio te lo han dado el día anterior pero la dactura se emite y registra el dia 1. |
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#2137
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Cita:
Hay que tener en cuenta que las facturas rectificativas devengan el impuesto en su fecha de emisión y no de operación, ya que ésta (fecha de operación) , es la fecha en que se realizó la operación que se quiere rectificar. Por último, para abundar más en el tema, si la fecha de operación de una factura es el 31/12/2024 y la emites en 01/01/2025, ocurriría lo mismo, habría que devengar el Iva en el trimestre 4T de 2024. |
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#2138
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Cita:
El caso que yo he puesto coincidiremos la fecha de operación con la de expedición al día 1. Por el poco margen de tiempo en lss operaciones y tendría que dividir las consumiciones cerrando las operaciones justo a las 12 de la noche si siguen consumiendo, no siento operativo Lo que si tienes que tener en cuenta que ai es una emisión a una persona física, no autónomo, el mes de emisión no puede ser distinto al de la operación y eln las facturas b2b tienes hasta el día 16 del siguiente mes, pero como bien dices pertenecen al mes anterior tributariamente. |
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#2139
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Los colegas han dado las respuestas. Solo voy a resaltar que si te pones del lado del receptor, no estas en el foro adecuado. Los SIF solo se preocupan de las facturas y concretamente de su emisión. Y el periodo para una factura emitida en base las fechas de emisión y de operación es un problema que compete al emisor, no al receptor.
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#2140
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Cita:
de cara al IVA Emisor: mes 03 periodo 1T (lo ha de ingresar en 1T) Receptor: mes 04 periodo 2T (se lo deduce en 2T) |
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