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#1
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Bueno, entonces ellos que son los que hicieron el programa que no va a facturar tendran que hacer su DR correspondiente y nosotros como no, del nuestro que si enviara al SIF. De todas formas se le va a proponer que entren en el SII porque van a poder seguir con el SIF propio haciendo todo como hasta ahora (que tienen muchas cosas particulares que se han ido diseñando) y luego desde el nuestro podran enviar al SII las facturas ya que tienen una importación de facturas que estan usando para incorporar sus facturas a nuestra contabilidad.
Gracias por la respuesta @ermendalenda |
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#2
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Cita:
La DR se la tienes que dar tu, ellos tienen que habilitar el acceso en su software a esa DR y la que ellos hagan En el caso de ellos yo pondría en la DR principal, como se comporta el SIF, aue solo es para albaranes , pedidos etc, y que se usa el componente o servicio para generar las facturas y su envío a verifactu y unasegunda DR con vuestra DR. Yo lo tengo más o menos así en una instalación. Un. Botón en la que se abre un pdf con las 2 DR |
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#3
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Ok, si al final no quieren entrar al SII haremos eso. Gracias.
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#4
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buenas de nuevo,
cito web de la AEAT: Cita:
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#5
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Cita:
Pufffffffffffffffffffffffffffffffffff..... pues esto si que es una movida y gorda.
__________________
Be water my friend. |
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#6
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Cita:
O sea, yo interpreto que se guarden y vinculen los pedidos, albaranes, presupuestos y facturas proformas o que de alguna forma se puedan posteriormente estar vinculados demostrando la trazabilidad,pero descarcanndo el vínculo con los pedidos y proformas no facturadas ya que no necesariamente se convierte en una faxtura y cuando se convierte puede que se cargue de nuevo se modifique total o parcialmente y después se facture. Digamos que sí, que tengas algo pero no te obsesiones. Si hacen una inspección y ven que hay algo gordo entonces tiraran de esto pero no van a ir a por esos vínculos por que sí. Depende tambien de lo cabreado que esté el inspector, no olvidemos que son humanos y tienen esas cartas, si las quieren usar.. Última edición por ermendalenda fecha: 05-05-2025 a las 19:16:58. |
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#7
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No olvidemos que lo que está reglamentado tecnicamentw es verifactu, ahí si hay que ser estrictos el resto de la normativa la reglamentais " tecnicamente" cada uno como podáis, si lo haceis bien o mal es muy discutible, por ejemplo con decir que si quiere que haya una trazabilidad de los pedidos en un rango de fechas hay que ponerse a sacar y cruzar datos cuando se pidan y cuadrarlo manualmente. Y que te van a decir
Última edición por ermendalenda fecha: 05-05-2025 a las 21:12:34. |
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