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  #1  
Antiguo 18-03-2025
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bmfranky bmfranky is offline
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bmfranky Va por buen camino
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En este caso te refieres a Fx original, -Fx abono, Fx final no?? No sabía que se pudiera hacer ese proceso, pensaba que la final tendría que ser rectificativa.
Hola, en este caso seria Rx de abono, los abonos sempre son con rectificativas, segun la ley de facturacion, no?
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  #2  
Antiguo 18-03-2025
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gcqZW gcqZW is offline
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gcqZW Va por buen camino
Antes pensaba que seguro era Fx normales con signo negativo pero últimamente dudo de todo jajajaja.
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  #3  
Antiguo 18-03-2025
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Logan05 Va por buen camino
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Hola, en este caso seria Rx de abono, los abonos sempre son con rectificativas, segun la ley de facturacion, no?
Así lo hacía yo, siempre en dos pasos (por comodidad), ( Fx -Rx +Fx) pero parece que estoy equivocado y es Fx -Fx Rx ... con lo que le puede que el cliente final (que no sabe de que le hablas) se encuentre con una Rx en la que indicas que has rectificado tal Fx por tal y cual motivo. Yo no le veo el sentido común a esto, pero será cosa mia
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  #4  
Antiguo 18-03-2025
sglorka sglorka is offline
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sglorka Va por buen camino
Podéis seguir este razonamiento

Si la factura rectificativa va para el mismo cliente que la original entonces el proceso sería Fx, -Fx, Rx
Si va para otro cliente, te equivocaste en destinatario, sería, (Fx, -Rx, Fx) ó (Fx, Anulación de Fx, Fx)

Si hay un rechazo de la factura original sería (Fx, Anulación Fx, Rx) para el primer caso y (Fx, Anulación Fx, Fx) para el segundo
Siempre hablando de rectificación en dos pasos
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  #5  
Antiguo 18-03-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
Sí, para evitar que los clientes se sorprendan lo más lógico es:
Fx , -Fx y Nueva

Como alternativa:
Fx, Rx por diferencias para poner a cero(creo que tb se puede por sustitucion) y nueva
Insisto que esto es si ya se ha dado al cliente , si no
Anulación y reemision
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  #6  
Antiguo 19-03-2025
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Si hay un rechazo de la factura original sería (Fx, Anulación Fx, Rx)
Como rectificas un factura anulada???
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  #7  
Antiguo 19-03-2025
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ermendalenda Va por buen camino
Volviendo a enviar la factura
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  #8  
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A lo que me refiero es, si tienes una factura, luego la anulas y luego rectificas la original, no se supone que no existiría factura alguna para rectificarla?? O sea estarías sustituyendo una factura inexistente no??
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Última edición por gcqZW fecha: 19-03-2025 a las 08:48:03. Razón: error tipográfico
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  #9  
Antiguo 19-03-2025
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A lo que me refiero es, si tienes una factura, luego la anulas y luego rectificas la original, no se supone que no existiría factura alguna para rectificarla?? O sea estarías sustituyendo una factura inexistente no??
Eso no se puede hacer.
Si lo he dado a entender así está mal
O anulas y emites una fx nueva o rectificar
Pero ambas cosas para el mismo escenario es incompatible y aunque te lo acepten estas haciéndolo mal.
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  #10  
Antiguo 19-03-2025
sglorka sglorka is offline
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sglorka Va por buen camino
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A lo que me refiero es, si tienes una factura, luego la anulas y luego rectificas la original, no se supone que no existiría factura alguna para rectificarla?? O sea estarías sustituyendo una factura inexistente no??
A ver, el proceso tiene que cumplir con Verifactu y con tu Sif. Si te rechazan una factura porque los tipos de Iva son incorrectos o porque el Nif no está identificado y estás rectificando en un sólo paso entonces simplemente emites una rectificativa x sustitución de la original y aquí no ha pasado nada. Ahora tu tienes que gestionar en tu Sif la factura original rechazada y la rectificativa que la sustituye para que no tengas duplicidades.
Si estás rectificando en dos pasos, no puedes emitir un abono previo de la factura original porque la Aeat no tiene registrada la original y por tanto, estarías enviando una abono a Verifactu y luego enviarías también la rectificativa a Verifactu por lo que la suma de ambas es cero (no has vendido nada), amén de que si vuelves a enviar el abono con el mismo problema de Nif o Iva, también te la va a rechazar.

La única solución a este caso para la rectificación en dos pasos es, emites una rectificativa x sustitución de la original donde hacen referencia a la factura rectificada que no tiene la Aeat (aquí queda informado que rectificas un rechazo y el número de factura que es) ya tienes Verifactu ok. Ahora tienes que arreglar tu Sif, para ello, anulas la factura original (pones sus cantidades a cero) y emites registro de anulación a Verifactu sin Registro previo (con esto justifica haber puesto las líneas a cero de tu factura original ) y ya tienes tu Sif arreglado. Este proceso no puede quedar en manos del usuario, el Sif debe realizar esta operación de forma autónoma
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