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  #1  
Antiguo 08-11-2024
ermendalenda ermendalenda is offline
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Partiendo de toda la documentación que hay sobre este tema, en mi caso, y teniendo en cuenta el volumen de mis clientes, yo voy a desarrollarlo como un módulo independiente.

La gestión de facturación podrá seguir emitiendo facturas si tener que realizar esperas, y además de los procesos habituales que teníamos hasta ahora, grabará en un fichero los datos de cada factura generada, de forma secuencial, marcados como pendientes de enviar.

El módulo de "Control de Flujo", estará revisando este fichero de "envios pendientes", y en mi caso, cada vez que detecte 1 pendiente, tomará el "datetime" de ese instante y actualizando el "registro de facturación de alta", realizará el envío, controlando en la respuesta los posibles errores.
Tras la respuesta, tendré una pausa de los segundos que esta me indique, y volveré a la revisión de pendientes.
Este módulo estará activo en todo momento, incluso a la entrada al programa de facturación revisaré si está activo.

Prefiero enviar uno a uno, porque me resulta más fácil controlar los errores.

Por cierto, no sé porque habéis nombrado a "Mercadona" o similares. Ellos no tienen que hacer nada, están sujetos al SII.
Hola
Si emites 2 tiques dentro del mismo minuto y sólo envías 1 cuando envíes el segundo estará fuera de tiempo y te dará el error 2004 mejor manda todo lo qie tebgas en el mismo paquete

Hay ejemplos más claros que mercadona, hay muchos negocios que emiten tiques más rápidos que un supermercado. Por ejemplo una autopista, una panadería, algun tipo de negocios de juegos...
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  #2  
Antiguo 08-11-2024
sglorka sglorka is offline
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Yo creo que como resumen para el tema de control de flujo, deberíamos estar de acuerdo en que cada "t" segundos se mira lo que está pendiente de enviar y se envía todo hasta la cantidad de 1000 registros como máximo. Luego actualizamos el valor de "t" que nos devuelve la última comunicación y volvemos a proceder de la misma manera
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  #3  
Antiguo 08-11-2024
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Obviamente, para los que envían los registros de 1 en 1, los primeros registros sería Aceptados (si procediera) y el resto le respondería Aceptado con errores por exceso de tiempo
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  #4  
Antiguo 25-11-2024
razorxxx razorxxx is offline
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Yo creo que como resumen para el tema de control de flujo, deberíamos estar de acuerdo en que cada "t" segundos se mira lo que está pendiente de enviar y se envía todo hasta la cantidad de 1000 registros como máximo. Luego actualizamos el valor de "t" que nos devuelve la última comunicación y volvemos a proceder de la misma manera
Menos mal que hay alguien que pide coherencia en el foro. Me he recorrido centenares de mensajes y he leído auténticos disparates, lo cual me da a pensar que la mitad ni se ha leído los dos BOE (el de la OM y el del Reglamento).

Sin ánimo de ofender a nadie, convendría por el bien de todos no publicar cosas sin contrastar con fuentes fiables primero para evitar desinformar al grupo, porque al final tendremos diferentes formas de hacer las cosas y tal vez la mayoría estén mal. Y para cuando te des cuenta de que están mal, a lo mejor ya Veri*Factu entró en vigor.

Hablan por aquí de prefacturas, borradores, enviar 1000 registros en 2 horas, enviar 1 cada minuto para facilitarme las cosas, etc. El Reglamento lo especifica bien claro: se envían todos los registros de facturación en un único envío cada 60 segundos, o menos si se alcanzan los 1000 registros antes de ese tiempo, y en la respuesta te devuelven el tiempo (que seguramente vuelvan a ser 60 segundos) en el que deberás enviar los nuevos registros de facturación generados desde el último envío. Las empresas que por su naturaleza suelan tener que acometer cambios en las facturas antes de entregárselas al cliente final, para evitar tener una maraña de rectificativas lo que harán será trabajar con albaranes o proformas como hasta ahora, los cuales no son documentos fiscalizados (no tienen validez lega, y por tanto se pueden modificar, borrar e incluso alterar sus contadores). Esas proformas se convertirán en factura definitiva cuando convenga y los grupos de albaranes se convertirán en lo que se suele llamar "factura resumen", y es entonces cuando pasará a ser documento legal y del que se generará su correspondiente registro de facturación.

Para tranquilidad de todos, si la AEAT actúa como con el SII, decir que de nuestra veintena de clientes acogidos por ser gran empresa, ninguno hasta ahora ha recibido una carta o multa de la AEAT por enviar fuera de plazo. No sé cómo harán con Veri*Factu pero si no quieren que se les vaya de las manos o mandarnos a todos al "talego" deberán de flexibilizar esto. Al final lo que les interesa es que la información que mandes sea correcta, no creo yo que importe tanto el tiempo como la forma.

Y recuerden que sólo se envían los registros de facturación, y no los de eventos (que también he visto algún hilo diciendo este disparate).
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  #5  
Antiguo 27-11-2024
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Menos mal que hay alguien que pide coherencia en el foro. Me he recorrido centenares de mensajes y he leído auténticos disparates, lo cual me da a pensar que la mitad ni se ha leído los dos BOE (el de la OM y el del Reglamento).

Sin ánimo de ofender a nadie, convendría por el bien de todos no publicar cosas sin contrastar con fuentes fiables primero para evitar desinformar al grupo, porque al final tendremos diferentes formas de hacer las cosas y tal vez la mayoría estén mal. Y para cuando te des cuenta de que están mal, a lo mejor ya Veri*Factu entró en vigor.

Hablan por aquí de prefacturas, borradores, enviar 1000 registros en 2 horas, enviar 1 cada minuto para facilitarme las cosas, etc. El Reglamento lo especifica bien claro: se envían todos los registros de facturación en un único envío cada 60 segundos, o menos si se alcanzan los 1000 registros antes de ese tiempo, y en la respuesta te devuelven el tiempo (que seguramente vuelvan a ser 60 segundos) en el que deberás enviar los nuevos registros de facturación generados desde el último envío. Las empresas que por su naturaleza suelan tener que acometer cambios en las facturas antes de entregárselas al cliente final, para evitar tener una maraña de rectificativas lo que harán será trabajar con albaranes o proformas como hasta ahora, los cuales no son documentos fiscalizados (no tienen validez lega, y por tanto se pueden modificar, borrar e incluso alterar sus contadores). Esas proformas se convertirán en factura definitiva cuando convenga y los grupos de albaranes se convertirán en lo que se suele llamar "factura resumen", y es entonces cuando pasará a ser documento legal y del que se generará su correspondiente registro de facturación.

Para tranquilidad de todos, si la AEAT actúa como con el SII, decir que de nuestra veintena de clientes acogidos por ser gran empresa, ninguno hasta ahora ha recibido una carta o multa de la AEAT por enviar fuera de plazo. No sé cómo harán con Veri*Factu pero si no quieren que se les vaya de las manos o mandarnos a todos al "talego" deberán de flexibilizar esto. Al final lo que les interesa es que la información que mandes sea correcta, no creo yo que importe tanto el tiempo como la forma.

Y recuerden que sólo se envían los registros de facturación, y no los de eventos (que también he visto algún hilo diciendo este disparate).
Ayer asistí a un webinar de una empresa de auditorías de Verifactu y venían a decir que en la reglamentación de la facturación "técnicamente" también se impide que se puedan borrar albaranes al completo de la base de datos.


También me sorprendió.
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  #6  
Antiguo 27-11-2024
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Ayer asistí a un webinar de una empresa de auditorías de Verifactu y venían a decir que en la reglamentación de la facturación "técnicamente" también se impide que se puedan borrar albaranes al completo de la base de datos.


También me sorprendió.
Lo dicho, hay mucho desconocimiento y parece que Veri*Factu cambia las leyes anteriores y no es así. Las leyes de facturación siguen igual, por tanto un presupuesto o un albarán no son documentos fiscalizados y por ende puedo hacer con ellos lo que me venga en gana. Puedo borrarlos y que haya saltos o huecos en la numeración, y tampoco existe una rectificativa de albarán o de proforma. No estaría incumpliendo Veri*Factu porque literalmente no son facturas.

Tampoco hay que añadir a las facturas el campo hora, las facturas siguen como hasta ahora y sólo llevan fecha de expedición. Son los registros de facturación los que se les añade la hora y huso horario en que fueron generados para poder controlar si los registros se están mandando a su debido tiempo.

Fíjense que el reglamento sólo afecta a programas que realicen facturas (esto ya me informé con los de Veri*Factu por mail), pero si tienes un programa que sólo sirve para contabilidad no te va a afectar. Lo único que han dicho para estos software es que impidan llevar contabilidad "B". He visto algunos software de contabilidad que obligan a hacer contraapuntes cada vez que te equivocas. Tener esa información banal es un engorro para la persona que lleve contabilidad, cada vez que saque un extracto de una cuenta va a querer cortarse las venas porque le va a costar llevar un seguimiento. Lo lógico es que el programa contable permita editar los apuntes a menos que hayan sido ya enviados al SII o se hayan declarado impuestos.

Última edición por razorxxx fecha: 27-11-2024 a las 09:40:37.
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  #7  
Antiguo 27-11-2024
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Lo dicho, hay mucho desconocimiento y parece que Veri*Factu cambia las leyes anteriores y no es así. Las leyes de facturación siguen igual, por tanto un presupuesto o un albarán no son documentos fiscalizados y por ende puedo hacer con ellos lo que me venga en gana. Puedo borrarlos y que haya saltos o huecos en la numeración, y tampoco existe una rectificativa de albarán o de proforma. No estaría incumpliendo Veri*Factu porque literalmente no son facturas.

Tampoco hay que añadir a las facturas el campo hora, las facturas siguen como hasta ahora y sólo llevan fecha de expedición. Son los registros de facturación los que se les añade la hora y huso horario en que fueron generados para poder controlar si los registros se están mandando a su debido tiempo.

Fíjense que el reglamento sólo afecta a programas que realicen facturas (esto ya me informé con los de Veri*Factu por mail), pero si tienes un programa que sólo sirve para contabilidad no te va a afectar. Lo único que han dicho para estos software es que impidan llevar contabilidad "B". He visto algunos software de contabilidad que obligan a hacer contraapuntes cada vez que te equivocas. Tener esa información banal es un engorro para la persona que lleve contabilidad, cada vez que saque un extracto de una cuenta va a querer cortarse las venas porque le va a costar llevar un seguimiento. Lo lógico es que el programa contable permita editar los apuntes a menos que hayan sido ya enviados al SII o se hayan declarado impuestos.
Lo mismo no has tenido una inspección en que te miren eso. Ya te digo que hay que mantener una trazabilidad en pedidos y albaranes el que no esté perfectamente reglamentado técnicamente no significa que no haya que tenerlo controlado
Lee la ley antifraude
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  #8  
Antiguo 27-11-2024
novatico novatico is offline
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Incluso para los que están pensando en incluir "Prefacturas", en las respuestas que dan del seminario del día 28, te dicen que deben configurar "un todo" con las facturas definitivas:

P:
162,"Va poder existir facturas de tipo de borrador que no sean validas y de esa manera, hasta que no se validad la factura borrrador no genera un numero correcto de facturacion y por lo tanto se podra subir a VeriFactu. ¿esto se podra hacer?",Ramon Sanchez,'-,,10/28/2024 13:54:17,, "

R:
Mientras no se genere un registro de facturación real no se puede remitir la información a la AEAT. Solo se deben remitir registros correspondientes a facturas emitidas. // En este sentido, es preciso recalcar que el artículo 29.2.j) de la Ley General Tributaria, introducido mediante la Ley 11/2021, de 9 de julio, conocida de forma abreviada como ""de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal"", contiene obligaciones generales que afectan a los fabricantes y a los usuarios de cualesquiera sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de gestión de quienes desarrollen actividades económicas. Esas obligaciones exigen genéricamente que dichos sistemas y programas garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin que cualquier registro informático pueda desaparecer o ser alterado sin que quede la debida anotación de ello en los sistemas mismos.

En consideración a lo anterior, debe entenderse que, más allá de lo que establece el Real decreto 1007/2023, existe una obligación de tipo genérico y que no necesita desarrollo reglamentario por la que cualquier sistema informático de gestión, entre los que deben incluirse los sistemas que generan albaranes, facturas proformas o borradores, debe conservar los registros generados, aun cuando estos lleguen convertirse habitualmente en una factura. Por ello, no sería legal y sería susceptible de sanción, el uso de sistemas que generen documentos preparatorios de facturas o de facturas simplificadas, sin que el sistema informático mismo disponga de elementos de control para la conservación de tales documentos preparatorios de forma debidamente vinculada a las facturas o a los registros de facturación que finalmente se emitan o, en defecto de factura, de forma que queden registrados y conservados en el sistema. "
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  #9  
Antiguo 27-11-2024
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Lo mismo no has tenido una inspección en que te miren eso. Ya te digo que hay que mantener una trazabilidad en pedidos y albaranes el que no esté perfectamente reglamentado técnicamente no significa que no haya que tenerlo controlado
Lee la ley antifraude
Volvemos a lo mismo. ¿Qué fraude estoy cometiendo si emito documentos que no tienen ninguna validez fiscal?
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  #10  
Antiguo 27-11-2024
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Menos mal que hay alguien que pide coherencia en el foro. Me he recorrido centenares de mensajes y he leído auténticos disparates, lo cual me da a pensar que la mitad ni se ha leído los dos BOE (el de la OM y el del Reglamento).

Sin ánimo de ofender a nadie, convendría por el bien de todos no publicar cosas sin contrastar con fuentes fiables primero para evitar desinformar al grupo, porque al final tendremos diferentes formas de hacer las cosas y tal vez la mayoría estén mal. Y para cuando te des cuenta de que están mal, a lo mejor ya Veri*Factu entró en vigor.

Hablan por aquí de prefacturas, borradores, enviar 1000 registros en 2 horas, enviar 1 cada minuto para facilitarme las cosas, etc. El Reglamento lo especifica bien claro: se envían todos los registros de facturación en un único envío cada 60 segundos, o menos si se alcanzan los 1000 registros antes de ese tiempo, y en la respuesta te devuelven el tiempo (que seguramente vuelvan a ser 60 segundos) en el que deberás enviar los nuevos registros de facturación generados desde el último envío. Las empresas que por su naturaleza suelan tener que acometer cambios en las facturas antes de entregárselas al cliente final, para evitar tener una maraña de rectificativas lo que harán será trabajar con albaranes o proformas como hasta ahora, los cuales no son documentos fiscalizados (no tienen validez lega, y por tanto se pueden modificar, borrar e incluso alterar sus contadores). Esas proformas se convertirán en factura definitiva cuando convenga y los grupos de albaranes se convertirán en lo que se suele llamar "factura resumen", y es entonces cuando pasará a ser documento legal y del que se generará su correspondiente registro de facturación.

Para tranquilidad de todos, si la AEAT actúa como con el SII, decir que de nuestra veintena de clientes acogidos por ser gran empresa, ninguno hasta ahora ha recibido una carta o multa de la AEAT por enviar fuera de plazo. No sé cómo harán con Veri*Factu pero si no quieren que se les vaya de las manos o mandarnos a todos al "talego" deberán de flexibilizar esto. Al final lo que les interesa es que la información que mandes sea correcta, no creo yo que importe tanto el tiempo como la forma.

Y recuerden que sólo se envían los registros de facturación, y no los de eventos (que también he visto algún hilo diciendo este disparate).
Gracias por tu propuesta, pero de eso se trata de exponer, errar y corregir, esto no es una asesoría fiscal, si puedes ayudar te lo agradecemos, si ves fallos te agradecemos la correcciones, a mi también me jode mucho haberme equivocado en el desarrollo por un post erroneo, pero es lo que hay, yo creo que todos intentan ser los más congruente posible y también me equivoco en cosas que pensaba que eran seguras, para eso estamos, gracias de nuevo.
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  #11  
Antiguo 27-11-2024
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Gracias por tu propuesta, pero de eso se trata de exponer, errar y corregir, esto no es una asesoría fiscal, si puedes ayudar te lo agradecemos, si ves fallos te agradecemos la correcciones, a mi también me jode mucho haberme equivocado en el desarrollo por un post erroneo, pero es lo que hay, yo creo que todos intentan ser los más congruente posible y también me equivoco en cosas que pensaba que eran seguras, para eso estamos, gracias de nuevo.
En serio, no es mi intención que te ofendas ni que se ofenda nadie. Pero entiéndeme que uno está ya cansado de la desinformación y de las noticias fake que circulan por cualquier foro o red social que se pisa.

Una cosa por ejemplo es que hayas hecho una rutina de desarrollo y que alguien te corrija o te proponga otra manera mejor de hacerlo, pero en el contexto en que estamos metidos en este hilo, afirmar cosas de la normativa que ni siquiera aparecen en ella y que nadie de Veri*Factu te ha resuelto por mail al final lo que hace es sembrar mayor incertidumbre y dudas.

Siempre por impulsividad es más fácil largar lo que se te pasaba por la cabeza en ese momento sin pararte a pensar las repercusiones, pero aquí no estamos lanzando mensajes al aire: una "cagada" importante puede provocarnos sanciones de la AEAT como para cerrarnos el kiosko.
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  #12  
Antiguo 27-11-2024
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Neftali [Germán.Estévez] Es un diamante en brutoNeftali [Germán.Estévez] Es un diamante en brutoNeftali [Germán.Estévez] Es un diamante en bruto
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Pero entiéndeme que uno está ya cansado de la desinformación y de las noticias fake que circulan por cualquier foro o red social que se pisa.

Una cosa por ejemplo es que hayas hecho una rutina de desarrollo y que alguien te corrija o te proponga otra manera mejor de hacerlo, pero en el contexto en que estamos metidos en este hilo, afirmar cosas de la normativa que ni siquiera aparecen en ella y que nadie de Veri*Factu te ha resuelto por mail al final lo que hace es sembrar mayor incertidumbre y dudas.

Tal vez eso pase en otros foros, pero no creo que sea el caso de este y en este contexto Veri*factu).
Coincido en que hay cosas que no se ajustan a la "realidad" definitiva, pero aquí la mayoría somos programadores y no tenemos conocimientos amplios de facturación (de la Ley de Facturación).
Entiendo que los errores que se comenten (que cometemos) son por desconocimiento y entre todos podemos corregirlos.
No creo que nadie esté propagando en este foro "desinformación y noticias fake", que para eso estamos nosotros los moderadores/administradores.

Y si se producen, tengo el dedo flojo...
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P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas.
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  #13  
Antiguo 27-11-2024
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Tal vez eso pase en otros foros, pero no creo que sea el caso de este y en este contexto Veri*factu).
Coincido en que hay cosas que no se ajustan a la "realidad" definitiva, pero aquí la mayoría somos programadores y no tenemos conocimientos amplios de facturación (de la Ley de Facturación).
Entiendo que los errores que se comenten (que cometemos) son por desconocimiento y entre todos podemos corregirlos.
No creo que nadie esté propagando en este foro "desinformación y noticias fake", que para eso estamos nosotros los moderadores/administradores.

Y si se producen, tengo el dedo flojo...
Jajajaja el botón de Kim Jong-un acojona
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  #14  
Antiguo 08-11-2024
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Si emites 2 tiques dentro del mismo minuto y sólo envías 1 cuando envíes el segundo estará fuera de tiempo y te dará el error 2004 mejor manda todo lo qie tebgas en el mismo paquete

Hay ejemplos más claros que mercadona, hay muchos negocios que emiten tiques más rápidos que un supermercado. Por ejemplo una autopista, una panadería, algun tipo de negocios de juegos...
Si repasas los procesos que voy a realizar, verás que digo "El módulo de "Control de Flujo", estará revisando este fichero de "envios pendientes", y en mi caso, cada vez que detecte 1 pendiente, tomará el "datetime" de ese instante y actualizando el "registro de facturación de alta", realizará el envío, controlando en la respuesta los posibles errores."

Esto evita el error por superar el tiempo.
Por supuesto también me supone actualizar a la vez la "huella".
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  #15  
Antiguo 08-11-2024
CarlosArjonomia CarlosArjonomia is offline
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¿Controlan ya lo de los 60"?, lo digo porque puedo enviar registros sin esperar ese tiempo y no devuelve ningún error.
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  #16  
Antiguo 08-11-2024
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¿Controlan ya lo de los 60"?, lo digo porque puedo enviar registros sin esperar ese tiempo y no devuelve ningún error.
Creo que todavía no porque a mí también me dejó el otro día
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  #17  
Antiguo 08-11-2024
sglorka sglorka is offline
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Si repasas los procesos que voy a realizar, verás que digo "El módulo de "Control de Flujo", estará revisando este fichero de "envios pendientes", y en mi caso, cada vez que detecte 1 pendiente, tomará el "datetime" de ese instante y actualizando el "registro de facturación de alta", realizará el envío, controlando en la respuesta los posibles errores."

Esto evita el error por superar el tiempo.
Por supuesto también me supone actualizar a la vez la "huella".
Quiero entender bien lo que hace tu proceso, creas la factura, creas el registro de facturación, salvas en una tabla de envíos pendientes los registros de facturación y luego un módulo aparte, verifica si tiene que enviar algún registro. Si hay que enviar, controlas ese instante para volver a generar el nodo de fecha de creación, si fuera el caso ya que puedes estar fuera de los 60 segundos, y reconstruyes la huella de ese registro.

Bueno, si es así como funciona, bajo mi punto de vista, no es correcto porque el pilar principal de Verifactu es que una vez creado el registro de facturación este es "inmutable"
No puedes modificar un registro de facturación una vez emitido. De todas formas, este error no tienes que subsanarlo.
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  #18  
Antiguo 08-11-2024
rci rci is offline
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Empezado por sglorka Ver Mensaje
Quiero entender bien lo que hace tu proceso, creas la factura, creas el registro de facturación, salvas en una tabla de envíos pendientes los registros de facturación y luego un módulo aparte, verifica si tiene que enviar algún registro. Si hay que enviar, controlas ese instante para volver a generar el nodo de fecha de creación, si fuera el caso ya que puedes estar fuera de los 60 segundos, y reconstruyes la huella de ese registro.

Bueno, si es así como funciona, bajo mi punto de vista, no es correcto porque el pilar principal de Verifactu es que una vez creado el registro de facturación este es "inmutable"
No puedes modificar un registro de facturación una vez emitido. De todas formas, este error no tienes que subsanarlo.
Estoy de acuerdo con sglorka: No puedes cambiar el registro de facturación, por lo tanto no puedes modificar FechaHoraHusoGenRegistro ni tampoco la Huella

Si un programa hace esto no cumpliría la ley
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  #19  
Antiguo 08-11-2024
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Quiero entender bien lo que hace tu proceso, creas la factura, creas el registro de facturación, salvas en una tabla de envíos pendientes los registros de facturación y luego un módulo aparte, verifica si tiene que enviar algún registro. Si hay que enviar, controlas ese instante para volver a generar el nodo de fecha de creación, si fuera el caso ya que puedes estar fuera de los 60 segundos, y reconstruyes la huella de ese registro.

Bueno, si es así como funciona, bajo mi punto de vista, no es correcto porque el pilar principal de Verifactu es que una vez creado el registro de facturación este es "inmutable"
No puedes modificar un registro de facturación una vez emitido. De todas formas, este error no tienes que subsanarlo.
Trabajando de esta manera, para la AEAT no existe el registro de facturación hasta que lo envío, pues mi SIF va a ser "SOLO VERIFACTU", y estamos hablando de unos minutos, porque que pasaría si en la respuesta de un envío te devuelven t=180 ??. Pues si envías registros de facturación en espera, todos fallarían.

De hecho, he probado a enviar una factura con fecha del día anterior al envío y me la da correcta porque el dato "FechaHoraUsoGenRegistro" es el del momento.
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  #20  
Antiguo 08-11-2024
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Trabajando de esta manera, para la AEAT no existe el registro de facturación hasta que lo envío, pues mi SIF va a ser "SOLO VERIFACTU", y estamos hablando de unos minutos, porque que pasaría si en la respuesta de un envío te devuelven t=180 ??. Pues si envías registros de facturación en espera, todos fallarían.
Da igual que no exista en la Aeat. No puedes modificar un registro de facturación ya generado, no importa que lo hayas enviado o no. Míralo detenidamente por si debes cambiar algo en tu proceso. En el reglamento está expresado si ninguna duda.
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