Cita:
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Y en Rectificativas por Sustitucion, hay que emitir una factura serie rectificativa conla factura original identica y en negativo y a continuación (o al mismo tiempo) una factura con las serie normal tal como queremos que se quede. Estas dos operaciones van unifdas, NO PUEDE EXISTIR UNA SIN LA OTRA
Es corecto ????
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Sobre este comentario no estoy de acuerdo.
En el caso de una factura rectificativa sustitutiva, si se hace en dos pasos, la factura en negativo que compensa ("anula") la incorrecta, tiene que ser en la serie de facturas normales y la nueva con los datos correctos es la que tiene que ser de la serie de rectificativas e indicar a que factura rectifica.
Esto lo hacemos así según lo que se ha ido comentando en este foro y según una consulta vinculante de hacienda.
https://petete.tributos.hacienda.gob...sulta=V0706-19
Saludos