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  #1  
Antiguo 07-10-2025
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Colaborador social AEAT

Buenos días a todos: hace ya mas de un mes, el 1 de septiembre, mandamos el Acuerdo de Colaboración Social de Verifactu firmado a la AEAT, y desde entonces estamos esperando la aprobación. Les preguntamos por ello el 17/09 y nos contestaron:
Cita:
El documento suscrito por su parte se recibió correctamente y será remitido en breve al Gabinete de la Directora General de la Agencia Tributaria para su firma, sin que podamos comprometer un plazo para la realización de dicho trámite dado el número de acuerdos a formalizar.No obstante, en cuanto que dispongamos del documento electrónico suscrito por ambas partes procederemos a su traslado a la dirección de correo electrónico facilitada, junto con las instrucciones para la formalización del alta como colaboradores sociales en la aplicación de los tributos en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria
Todavía seguimos en espera y por tanto nos tienen parados, porque nos hace falta para operar. ¿A alguien más le está pasando?

Última edición por emailesc fecha: 07-10-2025 a las 10:33:32.
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  #2  
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Pues seguramente eso sea un motivo por los que aún no estan sancionando.
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  #3  
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Pues seguramente eso sea un motivo por los que aún no estan sancionando.
No hay mal que por bien no venga...
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  #4  
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Pues seguramente eso sea un motivo por los que aún no estan sancionando.

Bueno... si no me equivoco nuestros amigos de la aeat dicen que hasta que no llegue la fecha oficial de entrada en vigor obligatoria no iban a sancionar.
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  #5  
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Bueno... si no me equivoco nuestros amigos de la aeat dicen que hasta que no llegue la fecha oficial de entrada en vigor obligatoria no iban a sancionar.
Teniendo en cuenta que tememos un "bodegón" de fechas oficiales, aabes si ha especificado alfuna fecha oficial?
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  #6  
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Teniendo en cuenta que tememos un "bodegón" de fechas oficiales, aabes si ha especificado alfuna fecha oficial?

Creo que no entiendo la pregunta . Tú sabes perfectamente que el día 1 de enero entra en vigor para las sociedades y el día 1 de julio para el resto.


Por otro lado mi opinión es que los primeros meses darán "cuartelillo" porque saben perfectamente que esto va a ser una p... locura, pero bueno... no deja de ser mi opinión.
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  #7  
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Creo que no entiendo la pregunta . Tú sabes perfectamente que el día 1 de enero entra en vigor para las sociedades y el día 1 de julio para el resto.


Por otro lado mi opinión es que los primeros meses darán "cuartelillo" porque saben perfectamente que esto va a ser una p... locura, pero bueno... no deja de ser mi opinión.
Y apartir del anterioe 29 de julio las nuevas instalaciones están obligadas, y por muchp que les pregunemos si estan pbligadas a estar preparadas o a cumplir envio/conservacion, es esto ultimo, ya le hemos preguntado varias veces y varias personas, y lo del botoncito para activar xuando llegue el día 1 no está admitido
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  #8  
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Y apartir del anterioe 29 de julio las nuevas instalaciones están obligadas, y por muchp que les pregunemos si estan pbligadas a estar preparadas o a cumplir envio/conservacion, es esto ultimo, ya le hemos preguntado varias veces y varias personas, y lo del botoncito para activar xuando llegue el día 1 no está admitido

Estamos de acuerdo para las nuevas instalaciones pero para las anteriores yo quiero pensar que el "botoncito" si que está permitido ¿o tampoco?
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  #9  
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Estamos de acuerdo para las nuevas instalaciones pero para las anteriores yo quiero pensar que el "botoncito" si que está permitido ¿o tampoco?
No, han sido claroa, si esta preparado y usas el sif, tiienes que cumplir, si es anterior y has preparado un botón, no debes usarlo, no xumple el reglamento, tendría que ser una nueva instalacion, desinstalado el anterior, no vale actualización. Yo solo te informo ee lo que dicen
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  #10  
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No, han sido claroa, si esta preparado y usas el sif, tiienes que cumplir, si es anterior y has preparado un botón, no debes usarlo, no xumple el reglamento, tendría que ser una nueva instalacion, desinstalado el anterior, no vale actualización. Yo solo te informo ee lo que dicen

Maemía..... el mundo se acaba....
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  #11  
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Diosito te estará observando y vas a ir al infierno
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  #12  
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No, han sido claroa, si esta preparado y usas el sif, tiienes que cumplir, si es anterior y has preparado un botón, no debes usarlo, no xumple el reglamento, tendría que ser una nueva instalacion, desinstalado el anterior, no vale actualización. Yo solo te informo ee lo que dicen
Legalmente, creo que no va así la cosa.

Si el SIF es ANTERIOR al 29/07/2025 puede tener el botón, y lo puedes usar hasta el 31/12/2025 sin actualizar.
Llegado el 31/12/2025 antes de irte a casa pulsas el botón.

El botón no debe tener marcha atrás y además debe actualizar la versión del SIF, por tanto el SIF en ese momento pasa a ser legal, por que el 01/01/2026 cumplirá el reglamento (que es cuando no te escapas de cumplirlo).

De hecho puedes enviar desde antes del 29/07/2025 a Veri*factu Real (y si te conviene envías RF de anulación->que por ahí hay escritos al respecto), lo sigues haciendo después del 29/07/2025 con el software 'antiguo' y que no está obligado a cumplir el reglamento.

El meollo está en que sea un SIF anterior al 29/07/2025.

Que te van fo**r? Pues claro, si entran por la puerta pagas, tengas lo que tengas y hagas lo que hagas, pero por esto no podrán, si lo luchas lo ganas por que no incumples la ley. No lo que dicen en el Call Center, que para eso existen las consultas vinculantes (si sabéis de alguna que contradiga, me como el post y pido perdón, por supuesto).

Pero creo que estamos entrando en la paranoia. Deben tener tal entrada de información hoy en día y deben tener tantos procesos de verificación que probar que su mira debe estar en el 01/01/2026.

********************
Comentario/curiosidad
Hoy he activado un SIF de 'ambito' nacional para Veri*factu a real... Tela!
Datos en la nube, no problem.
Lo activo (no tiene marcha atrás) y me dice que debo instalar la firma digital en cada puesto!!! CON 2 COJO***S!!!
El número de puestos no importa, es cuestión de tiempo,... PERO que el usuario nindungui tenga ahí el certificado digital instalado?!?!?!
Total, datos en la nube pero cada puesto envía (entiendo) el registro de cada factura.
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  #13  
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Lo activo (no tiene marcha atrás) y me dice que debo instalar la firma digital en cada puesto!!! CON 2 COJO***S!!!
El número de puestos no importa, es cuestión de tiempo,... PERO que el usuario nindungui tenga ahí el certificado digital instalado?!?!?!
Total, datos en la nube pero cada puesto envía (entiendo) el registro de cada factura.
Dependiendo de la forma en que trabaje el RRSIF no habrá otra opción.
Si todos los puestos envían, todos necesitan certificado.
Otra forma sería tener un servidor que envíe lo de todos los puestos (nosotros lo tenemos así); De esa forma sólo envía 1 puesto. Pero entiendo que eso no siempre puede ser posible.

A mi lo de tener certificado en cada puesto tampoco me gusta nada, me parece una barbaridad (por cuestiones de seguridad). En nuestro caso, lo hemos tenido que hacer para los no-veri*factu, porque en ese caso todos los puestos deben firmar los registros (de facturación y eventos).

Como alternativa no se si se podrá trabajar con certificados no instalador en el almacén. cogerlos directamente del fichero (con contraseña). Es una cosa que tenemos para revisar más adelante.
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P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas.
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  #14  
Antiguo 08-10-2025
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Legalmente, creo que no va así la cosa.

Si el SIF es ANTERIOR al 29/07/2025 puede tener el botón, y lo puedes usar hasta el 31/12/2025 sin actualizar.
Llegado el 31/12/2025 antes de irte a casa pulsas el botón.

El botón no debe tener marcha atrás y además debe actualizar la versión del SIF, por tanto el SIF en ese momento pasa a ser legal, por que el 01/01/2026 cumplirá el reglamento (que es cuando no te escapas de cumplirlo).

De hecho puedes enviar desde antes del 29/07/2025 a Veri*factu Real (y si te conviene envías RF de anulación->que por ahí hay escritos al respecto), lo sigues haciendo después del 29/07/2025 con el software 'antiguo' y que no está obligado a cumplir el reglamento.

El meollo está en que sea un SIF anterior al 29/07/2025.

Que te van fo**r? Pues claro, si entran por la puerta pagas, tengas lo que tengas y hagas lo que hagas, pero por esto no podrán, si lo luchas lo ganas por que no incumples la ley. No lo que dicen en el Call Center, que para eso existen las consultas vinculantes (si sabéis de alguna que contradiga, me como el post y pido perdón, por supuesto).

Pero creo que estamos entrando en la paranoia. Deben tener tal entrada de información hoy en día y deben tener tantos procesos de verificación que probar que su mira debe estar en el 01/01/2026.

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Comentario/curiosidad
Hoy he activado un SIF de 'ambito' nacional para Veri*factu a real... Tela!
Datos en la nube, no problem.
Lo activo (no tiene marcha atrás) y me dice que debo instalar la firma digital en cada puesto!!! CON 2 COJO***S!!!
El número de puestos no importa, es cuestión de tiempo,... PERO que el usuario nindungui tenga ahí el certificado digital instalado?!?!?!
Total, datos en la nube pero cada puesto envía (entiendo) el registro de cada factura.
Hola, entiendo tu postura y en la práctuca es bastante conplicado cumolir con lo que solicitan.
"Un prograna adaptado tiene que cunplir el verifactu o noverifactu el pasar de una aplicacion antigua a una daptada implica nueva instalación,"
Ya cada uno que se salte las "reglas" o las reinterprete como mejor le convenga, como dice el refrán "juicios tengamos y los ganemos"
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  #15  
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Esto del Acuerdo de Colaboración Social lo tenemos que firmar todas las empresas que hagamos un ERP para que facturen nuestros clientes?


Un saludo
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  #16  
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Esto del Acuerdo de Colaboración Social lo tenemos que firmar todas las empresas que hagamos un ERP para que facturen nuestros clientes?
No, solo las empresas que deseen enviar o firmar registros de facturación en nombre de sus clientes identificándose con su propio certificado, y no con el del cliente, previo acuerdo firmado con estos para autorizar dicho envío, aparte de firmar también acuerdo con hacienda también para que te incluyan como Colaborador Social.
Si tienes un ERP que envía o firma RF o bien lo haces con tu certificado como colaborador social, o bien tiene que tener accesible un certificado de cada cliente para hacerlo. Depende de como esté construido el sistema.
Es elegir el mal menor, la custodia (y ya que te lo den) de certificados ajenos puede tener más riesgo que el envío con tu firma.
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  #17  
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Como alternativa no se si se podrá trabajar con certificados no instalador en el almacén. cogerlos directamente del fichero (con contraseña). Es una cosa que tenemos para revisar más adelante.

Yo tengo las dos opciones pero usando CAPICOM. Curiosamente puse a un cliente a enviar y sin problemas pero cuando hizo la facturación mensual el envío se quedó atascado y después de romperme la cabeza varios días me di cuenta de que "cascaba" al intentar enviar un paquete de 15 facturas pero con 14 si las enviaba . El caso es que dejé el asunto aparcado un par de semanas y precisamente hace un par de días me dio por probar sin cambiar nada y....... entraron las 15 y 30 que mandé. No sé....


Bueno... todo este rollo era para comentarte que no es problema usar el certificado con fichero+clave con la salvedad que al final no me he enterado todavía si era un problema mío o del servidor de la aeat o de qué demonios. Tengo algún cliente que, con cierta razón, me dicen que no están en el negocio y no les apetece tener el certificado instalado en un equipo y que el empleado de turno tenga acceso a él.


Saludos.
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  #18  
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No, solo las empresas que deseen enviar o firmar registros de facturación en nombre de sus clientes identificándose con su propio certificado, y no con el del cliente, previo acuerdo firmado con estos para autorizar dicho envío, aparte de firmar también acuerdo con hacienda también para que te incluyan como Colaborador Social.
Si tienes un ERP que envía o firma RF o bien lo haces con tu certificado como colaborador social, o bien tiene que tener accesible un certificado de cada cliente para hacerlo. Depende de como esté construido el sistema.
Es elegir el mal menor, la custodia (y ya que te lo den) de certificados ajenos puede tener más riesgo que el envío con tu firma.

Vala vale...eso creía pero al verlo me dio un vuelco al corazón (ya de por sí volcado )


Thx
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  #19  
Antiguo 08-10-2025
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Como alternativa no se si se podrá trabajar con certificados no instalador en el almacén. cogerlos directamente del fichero (con contraseña). Es una cosa que tenemos para revisar más adelante.
Yo utilizo CURL.EXE pare enviar el XML utilizando firma digital en formato .PEM que no está instalado en el ordenador.
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