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#1
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Teniendo en cuenta que tememos un "bodegón" de fechas oficiales, aabes si ha especificado alfuna fecha oficial?
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#2
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Cita:
Creo que no entiendo la pregunta . Tú sabes perfectamente que el día 1 de enero entra en vigor para las sociedades y el día 1 de julio para el resto.Por otro lado mi opinión es que los primeros meses darán "cuartelillo" porque saben perfectamente que esto va a ser una p... locura, pero bueno... no deja de ser mi opinión.
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Be water my friend. |
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#3
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Cita:
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#4
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Cita:
Estamos de acuerdo para las nuevas instalaciones pero para las anteriores yo quiero pensar que el "botoncito" si que está permitido ¿o tampoco?
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Be water my friend. |
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#5
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Cita:
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#6
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Cita:
Maemía..... el mundo se acaba....
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Be water my friend. |
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#7
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Diosito te estará observando y vas a ir al infierno
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#8
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Cita:
Si el SIF es ANTERIOR al 29/07/2025 puede tener el botón, y lo puedes usar hasta el 31/12/2025 sin actualizar. Llegado el 31/12/2025 antes de irte a casa pulsas el botón. El botón no debe tener marcha atrás y además debe actualizar la versión del SIF, por tanto el SIF en ese momento pasa a ser legal, por que el 01/01/2026 cumplirá el reglamento (que es cuando no te escapas de cumplirlo). De hecho puedes enviar desde antes del 29/07/2025 a Veri*factu Real (y si te conviene envías RF de anulación->que por ahí hay escritos al respecto), lo sigues haciendo después del 29/07/2025 con el software 'antiguo' y que no está obligado a cumplir el reglamento. El meollo está en que sea un SIF anterior al 29/07/2025. Que te van fo**r? Pues claro, si entran por la puerta pagas, tengas lo que tengas y hagas lo que hagas, pero por esto no podrán, si lo luchas lo ganas por que no incumples la ley. No lo que dicen en el Call Center, que para eso existen las consultas vinculantes (si sabéis de alguna que contradiga, me como el post y pido perdón, por supuesto). Pero creo que estamos entrando en la paranoia. Deben tener tal entrada de información hoy en día y deben tener tantos procesos de verificación que probar que su mira debe estar en el 01/01/2026. ******************** Comentario/curiosidad Hoy he activado un SIF de 'ambito' nacional para Veri*factu a real... Tela! Datos en la nube, no problem. Lo activo (no tiene marcha atrás) y me dice que debo instalar la firma digital en cada puesto!!! CON 2 COJO***S!!! El número de puestos no importa, es cuestión de tiempo,... PERO que el usuario nindungui tenga ahí el certificado digital instalado?!?!?! Total, datos en la nube pero cada puesto envía (entiendo) el registro de cada factura. |
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#9
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Cita:
Si todos los puestos envían, todos necesitan certificado. Otra forma sería tener un servidor que envíe lo de todos los puestos (nosotros lo tenemos así); De esa forma sólo envía 1 puesto. Pero entiendo que eso no siempre puede ser posible. A mi lo de tener certificado en cada puesto tampoco me gusta nada, me parece una barbaridad (por cuestiones de seguridad). En nuestro caso, lo hemos tenido que hacer para los no-veri*factu, porque en ese caso todos los puestos deben firmar los registros (de facturación y eventos). Como alternativa no se si se podrá trabajar con certificados no instalador en el almacén. cogerlos directamente del fichero (con contraseña). Es una cosa que tenemos para revisar más adelante.
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Germán Estévez => Web/Blog Guía de estilo, Guía alternativa Utiliza TAG's en tus mensajes. Contactar con el Clubdelphi ![]() P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas. |
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#10
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Cita:
"Un prograna adaptado tiene que cunplir el verifactu o noverifactu el pasar de una aplicacion antigua a una daptada implica nueva instalación," Ya cada uno que se salte las "reglas" o las reinterprete como mejor le convenga, como dice el refrán "juicios tengamos y los ganemos" |
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