Cita:
Empezado por DarkDudae
Yo siempre condicionaría el uso de R4 y R5 a que el campo de facturaRectificada no esté en blanco, independientemente del importe.
Pueden darse casos de tickets F2 que no sean negativos (la AEAT los acepta).
Se me ocurre por ejemplo el típico caso de préstamos en fianza:
Un restaurante cobra al cliente una paella para llevar, y uno de los conceptos es: "préstamo de paellera: 5€". Luego el cliente al día siguiente la devuelve y le hacen un ticket con -5€ en concepto de devolución de la paellera. Este ticket no sería verdaderamente un rectificación del ticket original. Por otro lado, me consta que hay gente que está metiendo los abonos y devoluciones como simples F1 o F2 en negativo. ¿Es lo más correcto? En mi opinión no, pero puesto que la AEAT acepta estos registros en negativos... será por algo.
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¿entonces que hacemos?
¿anulamos la opcion de R4,R5 si encuentra valor negativo? ¿y la dejamos unicamente para cuando sea una rectificativa real?
Saludos !