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#1
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No lo ves así Jarogo08? |
#2
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Yo cogería con pinzas esa respuesta de VeriFactu, es una interpretación no vinculante de un funcionario y ya hemos visto casos de que a la misma pregunta de distintos desarrolladores han contestado de distinta forma así que.... con pinzas.
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Be water my friend. |
#3
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Efectivamente... nosotros preguntamos y nos han dicho claramente que se puede usar el modo Verifactu en la empresa 1 y el modo SII en la empresa 2. Y en el empresa 3 si quieres el modo NO Verifactu (aunque nosotros no lo vamos a tener) Saludos |
#4
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A mi forma de ver, lo que quieren es que una misma empresa, no pueda emitir facturas verifactu, no verifactu y SII a la vez, segun encendamos el programa, osea que una vez configurado un modo, se use ese o mas concretamente, que aunque se puede cambiar , no sea a gusto del usuario, que no puedan decir pues como hoy estoy vendiendo donde tengo conexion, pues facturo modo verifactu, como hoy no , pues en modo no verifactu...
La certificacion, la puedes hacer, puesto que si tu programa es capaz de emitir facturas en modo verifactu, cumple la normativa, puesto que cuando emites las facturas,para una empresa en modo no SII, cumples todos los requisitos para ello, lo de la trazabilidad,inalterabilidad, etc.. es lo mismo para todos los casos, lo que has de tener en cuenta, es que por ejemplo, las facturas que emitan tus clientes del SII, no han de llevar el QR, ni siquiera cuando emitas una copia.... Tambien , has de tener en cuenta, por ejemplo, que cuando estes en una sesion SII, no has de dar acceso a las facturas de la parte verifactu, o la declaracion responsable etc...
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
#5
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¿ Que una misma empresa no puede emitir Verifactu y también SII ??.
Acabo de tener el caso de 2 empresas de 2 Obligados diferentes, que éste mes de Abril han solicitado voluntariamente declarar por SII. Si esto ocurre el año que viene, que tienen que hacer quitarse un SIF para ponerse otro ?. Y es más, como ha sido una solicitud voluntaria, nada les impide, respetando los plazos legales, salir del SII. ¿ Otro cambio de SIF ?. Y de esta manera nos podemos eternizar. |
#6
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
#7
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De acuerdo en casi todo! Lo único que no me encaja es la última frase: "cuando estes en una sesion SII, no has de dar acceso a las facturas de la parte verifactu, o la declaracion responsable etc". Yo diría que la declaración responsable la vas a poder ver. Si mi programa cumple la ley, y tengo un cliente que va a trabajar en modo SII debe tener y poder ver igualmente la declaración responsable. ¿mi programa cumple la ley? Pues le pongo la declaración responsable. Y luego el usuario ya decidirá si trabaja en modo SII-Verifactu-No Verifactu |
#8
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