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  #1  
Antiguo 11-02-2025
Javierus Javierus is offline
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Javierus Va por buen camino
Lo que me preocupa a mí es el cálculo de la cuota de IVA, que no he visto en ese BOE (igual lo he pasado por alto)
Cuando hablamos de precios sin IVA incluido, yo ya calculo y redondeo los totales de las líneas a 2 decimales, y calculo la base imponible acumulando todas las líneas (del mismo IVA, claro)
La cuota de IVA la calculo a partir de esa base imponible acumulada, redondeando a 2 decimales

Por contra, hay quien calcula la cuota de IVA en cada línea, y acumula las cuotas del mismo IVA para calcular la cuota de IVA de la base acumulada

¿Sabemos si VERI*FACTU indica algo a ese respecto? O FACe, ya de paso
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  #2  
Antiguo 11-02-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Lo que me preocupa a mí es el cálculo de la cuota de IVA, que no he visto en ese BOE (igual lo he pasado por alto)
Cuando hablamos de precios sin IVA incluido, yo ya calculo y redondeo los totales de las líneas a 2 decimales, y calculo la base imponible acumulando todas las líneas (del mismo IVA, claro)
La cuota de IVA la calculo a partir de esa base imponible acumulada, redondeando a 2 decimales

Por contra, hay quien calcula la cuota de IVA en cada línea, y acumula las cuotas del mismo IVA para calcular la cuota de IVA de la base acumulada

¿Sabemos si VERI*FACTU indica algo a ese respecto? O FACe, ya de paso
En face te va a fallar en ciertos casos, ya que hay que dar los datos muy desglosados y con los redondeos, hay casos en que la suma de las líneas de iva no van a coincidir con lo que expones, hay quien te la aceptará y hay quien no, depende de las verificaciones de cada organismo
En verifactu no tienen el detalle de líneas con lo cual no tienes ese problema
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  #3  
Antiguo 11-02-2025
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YellowStone Va por buen camino
Supongo que sabéis, que los descuentos pueden ir en cascada, que entonces ya la cosa se complica aún más para calcular los redondeos, sobre todo con descuentos "impares".

Un artículo de 23,53 euros, al que le haces primero un descuento de un 7,5%, por ejemplo, y luego al resultado, le haces un segundo descuento de un 2,33% por ejemplo, y luego al resultado un tercer descuento de un 1,19%... etc., ahí si me da la risa, y más cuando hay administraciones que no lo hacen tal y como dice hacienda, y te rechazan las facturas. Al final le digo al cliente, mira, ponle sólo un descuento con todo lo que le quieres descontar, y listo.
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  #4  
Antiguo 11-02-2025
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ermendalenda Va por buen camino
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Supongo que sabéis, que los descuentos pueden ir en cascada, que entonces ya la cosa se complica aún más para calcular los redondeos, sobre todo con descuentos "impares".

Un artículo de 23,53 euros, al que le haces primero un descuento de un 7,5%, por ejemplo, y luego al resultado, le haces un segundo descuento de un 2,33% por ejemplo, y luego al resultado un tercer descuento de un 1,19%... etc., ahí si me da la risa, y más cuando hay administraciones que no lo hacen tal y como dice hacienda, y te rechazan las facturas. Al final le digo al cliente, mira, ponle sólo un descuento con todo lo que le quieres descontar, y listo.
Si tienes que aplicar recargo de equivalencia también lo tienes que desglosar por líneas.
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  #5  
Antiguo 11-02-2025
Javierus Javierus is offline
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Javierus Va por buen camino
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En face te va a fallar en ciertos casos, ya que hay que dar los datos muy desglosados y con los redondeos, hay casos en que la suma de las líneas de iva no van a coincidir con lo que expones, hay quien te la aceptará y hay quien no, depende de las verificaciones de cada organismo
En verifactu no tienen el detalle de líneas con lo cual no tienes ese problema
¿En FACe calculan el IVA como el sumatorio de los cálculos de IVA redondeados de cada línea?
En EDI no estoy teniendo problemas
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  #6  
Antiguo 11-02-2025
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¿En FACe calculan el IVA como el sumatorio de los cálculos de IVA redondeados de cada línea?
En EDI no estoy teniendo problemas
Ni yo tenía problemas en Face con ningún organismo hasta que me tope con un organo gestor del ayuntamiento.
Y como o la tienes perfecta, o te las ves putas para cobrarlas..
Hasta hace 1 mes más o menos yo redondeaba al final hasta que me tope con esto.
Así que me toco a cambiarlo todo.
Pero enfin, lo mismo no os pasa nunca, también podéis dejarlo y si rechazan alguna, hay 2 opciones, o la arreglas a mano o cambias el programa si quieres cobrar. De todas formasveo conveniente ir pensando que le deis una vuelta para cuando vengan las obligaciones de face para todos, que lo mismo, al enviárselas a la aeat y pasar el filtro, los organismos no pueden ser tan restrictivos.
Ya lo que veáis cada uno, yo expongo mi caso y las reglas de redondeo que me han pasado del Ayto.

Última edición por ermendalenda fecha: 11-02-2025 a las 20:43:51.
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  #7  
Antiguo 12-02-2025
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Ni yo tenía problemas en Face con ningún organismo hasta que me tope con un organo gestor del ayuntamiento.
Y como o la tienes perfecta, o te las ves putas para cobrarlas..
Hasta hace 1 mes más o menos yo redondeaba al final hasta que me tope con esto.
Así que me toco a cambiarlo todo.
Pero enfin, lo mismo no os pasa nunca, también podéis dejarlo y si rechazan alguna, hay 2 opciones, o la arreglas a mano o cambias el programa si quieres cobrar. De todas formasveo conveniente ir pensando que le deis una vuelta para cuando vengan las obligaciones de face para todos, que lo mismo, al enviárselas a la aeat y pasar el filtro, los organismos no pueden ser tan restrictivos.
Ya lo que veáis cada uno, yo expongo mi caso y las reglas de redondeo que me han pasado del Ayto.
El problema en Face es que como dices hay ciertos Orgnanismos que aun tiene el software antiguo que es el que contempla el esquema de FACE las versiones 3.2 o inferiores, se supone que si envias con el esquema 3.21 o superior se contemplan, dependiendo del campo hasta 8 decimales, el problema es que el software de esas administraciones lo valida como version 3.2 o inferior y este solo admite 2 decimales.

Por lo que me consta el problema del redondeo es una cosa que la AEAT tiene conocimiento y sabe que eso ocurre en el calculo del IVA, de hecho en las declaraciones puede variar dependiendo del montante y no hay problema, siempre que se hable de centimos, de hecho en Verifactu admite esas variaciones.
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  #8  
Antiguo 12-02-2025
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El problema en Face es que como dices hay ciertos Orgnanismos que aun tiene el software antiguo que es el que contempla el esquema de FACE las versiones 3.2 o inferiores, se supone que si envias con el esquema 3.21 o superior se contemplan, dependiendo del campo hasta 8 decimales, el problema es que el software de esas administraciones lo valida como version 3.2 o inferior y este solo admite 2 decimales.

Por lo que me consta el problema del redondeo es una cosa que la AEAT tiene conocimiento y sabe que eso ocurre en el calculo del IVA, de hecho en las declaraciones puede variar dependiendo del montante y no hay problema, siempre que se hable de centimos, de hecho en Verifactu admite esas variaciones.
Ok, gracias, entonces concluyo, según vuestros posts, que en este caso se genere la factura de una forma para face(para que no la rechace ese organismo), y verifactu redondeando al final, de hecho, actualmente lo tengo así y lo había dejado pendiente de discutir con verifactu/aeat o con el departamento que cree el ministerio de economía y transformacion digital para cuando avance la ley crea y crece respecto a las facturas electrónicas. Se tendrán qye poner de acuerdo en muchas cosas, hay muchas lagunas.
Pero se avecina un problema, dado que aunque no comience la ley crea y crece en face hay que incluir el qr con lo cual si no están exactamente iguales los totales fijo que también lo rechazan, o no, por que verifaxtu según se consulte devuelve el total o el registro completo.
Así que ya me diréis, se adaptarán los organismos oficiales al redondeo que proponéis o mejor como estoy proponiendo, línea a línea, y sumar las líneas redondeadas?
Yo voto que mientras diré la transición es mejor mi propuesta de redondeos y cuando se pongan de acuerdo habrá una regla común, aunque tengo una duda, se porcentaje de descuadres de iva n verifaxtu, sabéis cuanto es?

Última edición por ermendalenda fecha: 12-02-2025 a las 18:14:04.
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  #9  
Antiguo 13-02-2025
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bmfranky Va por buen camino
Maximo descuadre impuestos

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Ok, gracias, entonces concluyo, según vuestros posts, que en este caso se genere la factura de una forma para face(para que no la rechace ese organismo), y verifactu redondeando al final, de hecho, actualmente lo tengo así y lo había dejado pendiente de discutir con verifactu/aeat o con el departamento que cree el ministerio de economía y transformacion digital para cuando avance la ley crea y crece respecto a las facturas electrónicas. Se tendrán qye poner de acuerdo en muchas cosas, hay muchas lagunas.
Pero se avecina un problema, dado que aunque no comience la ley crea y crece en face hay que incluir el qr con lo cual si no están exactamente iguales los totales fijo que también lo rechazan, o no, por que verifaxtu según se consulte devuelve el total o el registro completo.
Así que ya me diréis, se adaptarán los organismos oficiales al redondeo que proponéis o mejor como estoy proponiendo, línea a línea, y sumar las líneas redondeadas?
Yo voto que mientras diré la transición es mejor mi propuesta de redondeos y cuando se pongan de acuerdo habrá una regla común, aunque tengo una duda, se porcentaje de descuadres de iva n verifaxtu, sabéis cuanto es?
Hola, si esta en el documento de validaciones, un 1% con un maximo de +/-10.00€
Cita:
15.7 CuotaRepercutida.
- Solo podrá ser distinta de cero (positivo o negativo) si CalificacionOperacion es “S1”.
- Si CalificacionOperacion es “S1” y BaseImponibleACoste no está cumplimentada, se validará que:
 TipoImpositivo: campo obligatorio.
 CuotaRepercutida: campo obligatorio y deberá validarse (excepto si TipoRectificativa = “I” o TipoFactura “R2”, “R3”) que:

▪ CuotaRepercutida y BaseImponibleOimporteNoSujeto deben tener el mismo signo.
▪ Si [BaseImponibleOimporteNoSujeto] ≤ 1.000,00:
[CuotaRepercutida]=([BaseImponibleOimporteNoSujeto] * TipoImpositivo) / 100 +/- 1% de [BaseImponibleOimporteNoSujeto] (y en todo caso se admite una diferencia de +/- 10,00
euros).
▪ Si [BaseImponibleOimporteNoSujeto] ˃ 1.000,00: [CuotaRepercutida] = ([BaseImponibleOimporteNoSujeto]* TipoImpositivo) / 100 +/- 10,00 euros.

- Si CalificacionOperacion es “S1” y BaseImponibleACoste está cumplimentada, se validará que:
 TipoImpositivo: campo obligatorio.
 CuotaRepercutida: campo obligatorio y deberá validarse (excepto si TipoRectificativa = “I” o TipoFactura “R2”, “R3”) que:

▪ CuotaRepercutida y BaseImponibleACoste deben tener el mismo signo.
▪ Si [BaseImponibleACoste] ≤ 1.000,00: [CuotaRepercutida]=([
BaseImponibleACoste] * TipoImpositivo) / 100 +/- 1% de [BaseImponibleACoste] (y en todo caso se admite una diferencia de +/- 10,00 euros).
▪ Si [BaseImponibleACoste] ˃ 1.000,00: [CuotaRepercutida]= ([BaseImponibleACoste]* TipoImpositivo) / 100 +/- 10,00 euros.
__________________
Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov)
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