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#1
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Declaración Responsable y Versión del.programa
Hola, no sé si alguien tiene experiencia en los temas legales del tema de las versiones.
Estoy pensando que me voy a juntar con cientos de declaraciones responsables como haya que hacer una por cada compilación que instale, supongo que no seré el único que tendrá mucha actividad en ese tema de cambios continuos, y más ahora. Creéis que solo con las partes de la versión Major.Minor será suficiente o tendremos que ponerla completa?: Major.minor.revision y la fecha de compilación? A ver si al menos no va la fecha de compilación. O estoy equivocado y la declaración responsable se puede automatizar para que esté solo en el software y no haya que enviarla a ningún sitio aparte de los registros Última edición por ermendalenda fecha: 10-11-2024 a las 21:48:37. |
#2
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Vamos, dudo mucho que haya que hacer eso con cada actualización/compilación. Sería una locura. |
#3
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¿Debe el productor del SIF certificar cada versión de producto que ponga a disposición de los usuarios? Sí. Cada versión, por pequeña variación que introduzca, es un producto distinto de los anteriores, con un funcionamiento particular, por lo que es necesario que el productor de dicha versión del SIF certifique expresamente que dicha versión cumple con los requisitos exigidos, emitiendo e incorporando en el producto la correspondiente Declaración Responsable. Normativa/Doctrina: Artículo 13.2 del reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación ( RRSIF ), aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre. • Artículo 15.4 de la Orden Ministerial por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el real decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y en el artículo 6.5 del reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el real decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. Se puede descargar desde: https://sede.agenciatributaria.gob.e...recuentes.html |
#4
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Entiendo que con "versión" deben referirse a otra cosa, porque eso, tal cual está ahí, es un disparate.
Empiezo a pensar que los que deciden las condiciones no han trabajado en su vida. Imagínate que encuentras un bug en la aplicación y tienes que lanzar URGENTEMENTE una actualización... ¿Debes primero certificarla y esperar a que te respondan? En fin, supongo que hasta no tener claro cómo será ese proceso de certificación, no saldremos de dudas. |
#5
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#6
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Con TicketBAI había que rellenar Y ENVIAR esa declaración responsable. Yo lo que digo que es una locura es que haya que hacer (y enviarles) una para cada versión/actualización que se haga.
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#7
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Yo leo que debe ser escrita. La cual cosa me crea toda clase de preguntas en estos tiempos de digitalización. Pero si es lo obvio, que debe constar en un documento (digital) de texto, con que aquel documento, por ejemplo un PDF/docx/odw firmado con nombre que incluye el número de versión, siga parte de lo que se distribuye y se instale en el ordenador del cliente, sin quitarse al cambiar de versión, me parece que cumple todos los requisitos. O ¿me he olvidado algo? Cierto que pueden haber varias decenas de tales documentos en una instalación que funciona durante varios años. Y puede ser también que varios centenares en los discos duros de respaldo de las empresas informáticas, o de las programas instalados en la nube modo SaaS. Pero dudo que acaba siendo un problema, solo una molestia por cumplir al pie de la letra con el artículo 13.3. |
#8
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
#9
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Y sigue siendo una tontería que tengas que hacerlo 10, 20 o 30 veces al año. A mi, hacer trabajo sin sentido, pues qué quieres que te diga... Como si tardo 2 segundos. No tiene ninguna lógica. |
#10
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No sé si será posible, pero tal vez se podría numerar la versión (como algo estable) y los parches (o subversiones) como algo que se puede tocar todos los días para solucionar problemas menores. Y me imagino que con la versión bastaría. Saludos |
#11
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Haber, por poder , podriamos no incluir la parte final, la de las compilaciones, solo cambiando en modificaciones mayores, cuando por ejemplo esta gente diga ahora los registros son asa y no asi.. osea mostrar en el caso citado antes, que el programa es el 5.1.1, sin citar el numero de coplilacion o deploy como es mi caso.
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
#12
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Por otro lado no me queda muy claro si la declaración responsable hay que enviarla a algún sitio, por que si no es así se puede automatizar en el mismo soft2are y adiós problema. |
#13
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¿Debe guardar el productor la certificación de todas las versiones de sus productos SIF que haya puesto a disposición de los usuarios a lo largo del tiempo? ¿Y el comercializador? Sí, tanto fabricante como comercializador deben guardar esas certificaciones hechas mediante Declaración Responsable. El productor, para todas las versiones que haya producido y puesto a disposición de los usuarios desde el momento en el que así lo exija la normativa. El comercializador, para todas las que haya comercializado, es decir, para todas las que se hayan producido y puesto a disposición de los usuarios durante el tiempo en el que las ha comercializado, siempre a partir del momento en el que así lo exija la normativa. Tanto el cliente usuario como la Administración tributaria les podrán solicitar las mismas. A este respecto se recomienda que, adicionalmente, todas las certificaciones sean accesibles públicamente y localizables fácilmente a través de Internet, aunque la versión del producto que certifiquen ya no esté disponible para su adquisición, descarga o uso (típicamente por obsolescencia, falta de soporte o similar). Esto, además de cumplir con los requisitos exigidos al respecto, facilitaría tanto su gestión por parte de los productores y comercializadores, como su consulta por parte de los usuarios y de la Administración tributaria, haciendo el proceso más sencillo, ágil y transparente para todos. Y no se muy bien como entenderlo. |
#14
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Habrá que esperar a que pongan ejemplos de la autocertificacion.
Yo no pienso poner en Internet la declaración responsable si no es obligatorio. O sea que en el programa esté y que si las piden que le mandes todos los pdfs. Así que automatizaré que en cada compilación cuando se abra el programa me cree)si no existe) un pdf con la autocertificacion, versión etc... y me lo mande a un lugr seguro. Aunque, en mi caso , o veo una tremenda gilipollez, ya que la puedo generar en cualquier momebto |
#15
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#16
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Cita:
(Pensad a los SaaS en la nube.) |
#17
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Creo que se entiende de la misma manera que para usar cualquier programa viniendo de EE.UU. hay que «leerse» (traducción libre de to scroll) y aceptar un «contrato legal de usuario final»... Vamos, que nadie lo entiende en absoluto; pero hay que hacerlo por qué lo dicen.
La cuestión es, ¿cómo perder el mínimo de tiempo con esto? |
#18
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Acotando.
Estoy revisando los facs y he encotrado esto que me parece de interes en cuanto a la declaracion responsable.
![]() Por mi parte me esperare y asi relleno el que ellos decidan con sus puntos y comas... ![]() ![]() Bien , por fin puedo estar tranquilo, puedo ponerme mi propio programa.
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Uno se alegra de ser útil. (Isaac Asimov) |
#19
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Homologación del software en Aeat
Hola buenas tardes, tengo dudas de como homologar nuestro software para cumplir la normativa Ley Crea y Crece, tenemos probrobado verifactu, y hace tiempo que mantenemos historico de documentos.
Agradeceria si pueden decirme pasos a seguir. Muchas gracias |
#20
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