Cita:
Empezado por antoine0
¿Dónde lees que con este reglamento debe ser enviada?
Yo leo que debe ser escrita. La cual cosa me crea toda clase de preguntas en estos tiempos de digitalización.
Pero si es lo obvio, que debe constar en un documento (digital) de texto, con que aquel documento, por ejemplo un PDF/docx/odw firmado con nombre que incluye el número de versión, siga parte de lo que se distribuye y se instale en el ordenador del cliente, sin quitarse al cambiar de versión, me parece que cumple todos los requisitos. O ¿me he olvidado algo?
Cierto que pueden haber varias decenas de tales documentos en una instalación que funciona durante varios años.
Y puede ser también que varios centenares en los discos duros de respaldo de las empresas informáticas, o de las programas instalados en la nube modo SaaS.
Pero dudo que acaba siendo un problema, solo una molestia por cumplir al pie de la letra con el artículo 13.3.
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Hola, en la normativa dice que una copia impresa la tienes que dar y luego el programa la tiene que mostrar , a mi se me ocurre dar firmada una en la que ponga por ejemplo, version, 5.1.1.001 y sucesivas y en la que muestre el programa ya poner por ejemplo, 5.1.1.155, no creo que se metieran realmente en ello, es de locos.