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#1
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Cita:
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#2
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muchas dudas
Buenas y perdón que estoy muy pez.
Yo os cuento. Yo tengo un software de gestión de negocios veterinarios y venta de complementos para animales. Generalmente el cliente final es un particular, pero siempre cada uno de mis clientes hace alguna factura a empresa o a autónomos Las principales dudas que tengo... es obligatorio el qr en cada una de las facturas simplificadas si el cliente final es un particular? Segundo, si el cliente es particular pero pide una factura completa dicha factura se debe comunicar por verifactu? Para empresas o autónomos que facturan tb de vez en cuando a otras empresas o autónomos deben acogerse al verifactu si o si? Estoy súper pez. Nuestro software emite facturas simplificadas tanto a cliente contado como a cliente definitivo, pero no permite agrupar facturas, que eso estoy viendo por lo que comentáis que es un punto a favor. Si alguiem me puede orientar. Soy una autónoma con pocos recursos.... |
#3
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Cita:
Sí, es obligatorio para cualquier tipo de cliente si el cliente es particular pero pide una factura completa dicha factura se debe comunicar por verifactu? Todas las facturas emitidas deben ser comunicadas a Verifactu, casi de inmediato Nuestro software emite facturas simplificadas tanto a cliente contado como a cliente definitivo, pero no permite agrupar facturas, que eso estoy viendo por lo que comentáis que es un punto a favor. No hay ningún problema, las facturas simplificadas debes comunicarlas una a una a Verifactu (en el sentido semántico de la expresión) no tienen que estar agrupadas en facturas recapitulativas o sustituvas. |
#4
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Compruebo la habilitación del servidor de pruevas, y veo que ya puedo cnsultar SI una factura la tiene ya hacienda en su poder.
https://prewww2.aeat.es/wlpl/TIKE-CO...&importe=241.4 En caso de que pongamos otros datos, nos va a retornar error si no existe la factura debidamente subida y obre en su poder. Bien, el tema está en que NO LOCALIZO la url del servidor para subir el xml de la factura. No se, no lo veo o no se localizarla. ¿Alguien me puede dar el enlace para iniciar mis pruebas de subida de xml de facturas??? Gracias. |
#5
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indagando un poco, y viendo las similitudes con el SII, creo que puede ser esta: https://prewww1.aeat.es/wlpl/TIKE-CO.../VerifactuSOAP De todas formas veo muchas lagunas... donde está la plataforma de pruebas donde pueda acceder con el certificado y ver lo que haya subido? (al estilo SII) En fin, a ver si alguien avanza con esto y nos ilumina |
#6
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Efectivamente, parece ser que es esa url.
Ya he mandado un registro i obtengo respuesta del servidor. Código:
<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><env:Envelope xmlns:env="http://schemas.xmlsoap.org/soap/envelope/"><env:Body><env:Fault><faultcode>env:Server</faultcode><faultstring>Codigo[1207].Se esperaba nodo {http://schemas.xmlsoap.org/soap/envelope/}Envelope y ha venido {https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/tike/cont/ws/SuministroLR.xsd}AltaFactuSistemaFacturacion</faultstring></env:Fault></env:Body></env:Envelope> Sigo con las pruebas!!! Gracias. |
#7
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Empezamos bien
"Certificado: Las aplicaciones que envían información a los servicios web deberán autenticarse con certificado electrónico cualificado reconocido." Cual usamos? Código:
<!-- VERIFACTU. Entorno de PRUEBAS --> <wsdl:port name="SistemaVerifactuPruebas" binding="sfWdsl:sfVerifactu"> <soap:address location="https://prewww1.aeat.es/wlpl/TIKE-CONT/ws/SistemaFacturacion/VerifactuSOAP"/> </wsdl:port> <!-- VERIFACTU. Entorno de PRUEBAS para acceso con certificado de sello --> <wsdl:port name="SistemaVerifactuSelloPruebas" binding="sfWdsl:sfVerifactu"> <soap:address location="https://prewww10.aeat.es/wlpl/TIKE-CONT/ws/SistemaFacturacion/VerifactuSOAP"/> </wsdl:port> |
#8
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Cita:
Pero esto es así desde el principio. Por supuesto, si tienes muy malos pensamientos, pensarás que es propósito real es para recaudar tasas y multas para todos los casos donde el sistema no funciona bien y deja el contribuyente en situación incorrecta. Tampoco no hemos visto nada de la versión de pruebas de la aplicación de Hacienda para los pequeños usuarios, prevista en el artículo 7 b) del reglamento 1007/2023. Aunque es cierto que el reglamento dice «aplicación que puede desarrollar...» (la énfasis es mía). ![]() |
#9
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A ver, si puedo aportar algo.
La dirección del endpoint es "https://prewww1.aeat.es/wlpl/TIKE-CONT/ws/SistemaFacturacion/VerifactuSOAP" El nombre del endpoint es "SistemaVerifactuPruebas" Hay que comunicar con protocolo de seguridad al menos "Tls 1.2" Los certificados electrónicos a utilizar son los de firma y autenticación. Vamos que es la misma filosofía que el SII |
#10
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Cita:
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#11
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yo lo tengo claro... o se acogen al SII o si quieren seguir utilizando mis aplicaciones, estaran si o SI en VERIFACTU, ya que no voy a contemplar NO VERIFACTU. La declaración responsable que habrá en mis aplicaciones lo argumentaré bien detallado, espero, y a ver si alguien más comparte declaraciones responsables de sus aplicaciones y compartimos distintas visiones e inquietudes para podernos cubrir las responsabilidades.
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#12
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Bien, ya envio xml de facturas y recibo los mesajes correspondientes, en este caso Correcto
Código:
<env:Header/> <env:Body Id="Body"><tikR:RespuestaRegFactuSistemaFacturacion xmlns:tik="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/tike/cont/ws/SuministroInformacion.xsd" xmlns:tikR="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/tike/cont/ws/RespuestaSuministro.xsd"><tikR:CSV>A-TPP2SWVRJ95URF</tikR:CSV><tikR:DatosPresentacion><tik:NIFPresentador>40314116S</tik:NIFPresentador><tik:TimestampPresentacion>27-09-2024 12:05:04</tik:TimestampPresentacion></tikR:DatosPresentacion><tikR:Cabecera><tik:ObligadoEmision><tik:NombreRazon>FERNANDEZ BOADA, MARIA ROSA</tik:NombreRazon><tik:NIF>40314116S</tik:NIF></tik:ObligadoEmision></tikR:Cabecera><tikR:TiempoEsperaEnvio>60</tikR:TiempoEsperaEnvio><tikR:EstadoEnvio>Correcto</tikR:EstadoEnvio><tikR:RespuestaLinea><tikR:IDFactura><tik:IDEmisorFactura>40314116S</tik:IDEmisorFactura><tik:NumSerieFactura>P0004</tik:NumSerieFactura><tik:FechaExpedicionFactura>27-09-2024</tik:FechaExpedicionFactura></tikR:IDFactura><tikR:EstadoRegistro>Correcto</tikR:EstadoRegistro></tikR:RespuestaLinea></tikR:RespuestaRegFactuSistemaFacturacion> </env:Body></env:Envelope> Código:
<env:Header/> <env:Body Id="Body"><tikR:RespuestaRegFactuSistemaFacturacion xmlns:tik="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/tike/cont/ws/SuministroInformacion.xsd" xmlns:tikR="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/tike/cont/ws/RespuestaSuministro.xsd"><tikR:CSV>A-EQ3J3XVP9KEFMX</tikR:CSV><tikR:DatosPresentacion><tik:NIFPresentador>40314116S</tik:NIFPresentador><tik:TimestampPresentacion>27-09-2024 11:39:02</tik:TimestampPresentacion></tikR:DatosPresentacion><tikR:Cabecera><tik:ObligadoEmision><tik:NombreRazon>FERNANDEZ BOADA, MARIA ROSA</tik:NombreRazon><tik:NIF>40314116S</tik:NIF></tik:ObligadoEmision></tikR:Cabecera><tikR:TiempoEsperaEnvio>60</tikR:TiempoEsperaEnvio><tikR:EstadoEnvio>ParcialmenteCorrecto</tikR:EstadoEnvio><tikR:RespuestaLinea><tikR:IDFactura><tik:IDEmisorFactura>40314116S</tik:IDEmisorFactura><tik:NumSerieFactura>P0002</tik:NumSerieFactura><tik:FechaExpedicionFactura>27-09-2024</tik:FechaExpedicionFactura></tikR:IDFactura><tikR:EstadoRegistro>AceptadoConErrores</tikR:EstadoRegistro><tikR:CodigoErrorRegistro>2005</tikR:CodigoErrorRegistro><tikR:DescripcionErrorRegistro>El campo ImporteTotal tiene un valor incorrecto para el valor de los campos BaseImponibleOimporteNoSujeto, CuotaRepercutida y CuotaRecargoEquivalencia suministrados</tikR:DescripcionErrorRegistro></tikR:RespuestaLinea></tikR:RespuestaRegFactuSistemaFacturacion> </env:Body></env:Envelope> De momento estoy solo con Alta de nuevo registro. Hecho en falta un sitio para poder consultar los registros enviados, poderlos "Gestionar" eliminar o consultar su Huella, pues si no se la última huella enviada es imposible poder generar un registro nuevo para enviar. El SII tiene un portal que te permite poder visualizar los registros enviados, incluso eliminarlos... No se a quien debería de trasladar la petición!!! Gracias por vuestro tiempo. |
#13
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Cita:
Cita:
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#14
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Buenas.
¿Podría poner alguien un ejemplo tontuno de envío de un registro de alta? No sé qué pasa que no consigo que me funcione. Gracias y un saludo.
__________________
Be water my friend. |
#15
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Cita:
por que de no acogerse que responsabilidad tiene el desarrollador? creeis que es necesario que un CISA certifique que el software es inalterable etc, o simplemente con una declaración responsable de que es trazable, inalterable, etc va a valer. En mi caso, es en al nube, el cliente no puede tocar nada de nada ni borrar nada. |
#16
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La ley 11/2021 añade «para luchar contra el fraude» un nuevo artículo 29.2 j) a la Ley general tributaria que insta a usar softwares que cumplen con este reglamento. Se aplica este nuevo artículo a los usuarios pero también a los productores de software. Dicho de otra forma, las empresas deben usar exclusivamente un software conforme, pero también los informáticos deben suministrar exclusivamente softwares conformes. El desarrollador tiene responsabilidades.
Concretamente, en modo web, parece difícil seguir ofreciendo una versión non conforme de tu programa para que los usuarios continúan facturando (después de la entrada en vigor) sin las medidas anti-fraude. Pero claro, del otro lado estarán los antiguos clientes que quieren legítimamente leer sus antiguas facturas, cobrarlas etc. y no tienen que ser obligados a comprar la nueva versión si no la necesitan. Tienes que encontrar un equilibrio. Cita:
Puedes leer las página 19-22 del proyecto de orden ministerial, que la detalla. Cita:
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#17
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Tienen dos opciones, perdón, tres opciones:
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#18
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Cita:
No te confundas con la expresión "No-Verifactu". Esto no significa que puedes "no acogerte a VeriFactu", lo que significa es que las exigencias para cumplir con No Verifactu son de mayor calado que las que se exigen para Verifactu |
#19
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Cita:
Para mí el quiz de la cuestión es que nuestros programas, se acojan o no nuestros clientes a Verifactu o No Verifactu, deben estar adaptados a Verifactu. Lo diré de otra forma: A partir del 1/7/25 cualquier software facturador usado debe ser compatible con Verifactu se use o no. S.E.U.O.U.O.M.V. (Dicho esto salvo error u omision u opinion de mayor valía) |
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