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  #1881  
Antiguo Hace 2 Días
bmfranky bmfranky is offline
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bmfranky Va por buen camino
Colocacion QR

No se al final que decidiran, pero yo estaba por poner el qr, al lado del numero de factura y demas, como pone que dejemos un espacio de 6mm, se supone que puede ir en una pare visible, siempre delante de cualquier otro Qr qu epueda incluir la factura.


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  #1882  
Antiguo Hace 2 Días
bmfranky bmfranky is offline
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bmfranky Va por buen camino
Hola, la imagen no puedo subirla alguien podria decirme por que?
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  #1883  
Antiguo Hace 2 Días
keno_71 keno_71 is offline
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keno_71 Va por buen camino
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Hola, la imagen no puedo subirla alguien podria decirme por que?
Necesitas escribir 10 posts, para evitar el spam
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  #1884  
Antiguo Hace 2 Días
bmfranky bmfranky is offline
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bmfranky Va por buen camino
Ok, gracias ya me falta menos...;-)
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  #1885  
Antiguo Hace 2 Días
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Casimiro Notevi Casimiro Notevi is offline
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Casimiro Notevi Tiene un aura espectacularCasimiro Notevi Tiene un aura espectacular
De momento puedes ponerla con "truco" y un moderador lo editará.
Por ejemplo, quita la "h" inicial: ttp://loquesea.com/fotos/tuimagen.png
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  #1886  
Antiguo Hace 4 Horas
xevi xevi is offline
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xevi Va por buen camino
Otra de las dudas que me surge...

Está claro el tema de ir creando registro con la huella y sucesivamente con la huella anterior. Bien.

Enviar los registros a VERI*FACTU... ese envio ¿debe ser immediato??? ¿Puedo ir creando mis registros, encadenados correctamente y luego enviarlos a VERI*FACTU??? no se, igual voy emitiendo facturas y las puedo enviar al cabo de unas horas, o al dia siguiente...
Y de ser eso posible, que entiendo que debería de ser posible... ¿Puedo enviar a VERI*FACTU el registro de la factura 5, luego el de la 6, luego puedo enviar la 10, la 11... y luego envio la 7, 8 y 9 ??? Con el SII si se puede, y entiendo que con VERI*FACTU debería, también. Además, en mis registros SI hay la correspondiente trazabilidad y encadenamiento de facturas, no habrá algun envio de alguna factura, pero por problemas varios.

No se, se me ocurre el problema de conexión en la factura 7, 8 y 9 por cualquir razón. Luego se envian correctamente la 10 y 11... y pues hago el envio de las pendientes 7, 8 y 9.

Gracias por vuestro tiempo.
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  #1887  
Antiguo Hace 4 Horas
Avatar de Neftali [Germán.Estévez]
Neftali [Germán.Estévez] Neftali [Germán.Estévez] is online now
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Neftali [Germán.Estévez] Es un diamante en brutoNeftali [Germán.Estévez] Es un diamante en brutoNeftali [Germán.Estévez] Es un diamante en bruto
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Otra de las dudas que me surge...

Enviar los registros a VERI*FACTU... ese envio ¿debe ser immediato??? ¿Puedo ir creando mis registros, encadenados correctamente y luego enviarlos a VERI*FACTU??? no se, igual voy emitiendo facturas y las puedo enviar al cabo de unas horas, o al dia siguiente...
Y de ser eso posible, que entiendo que debería de ser posible... ¿Puedo enviar a VERI*FACTU el registro de la factura 5, luego el de la 6, luego puedo enviar la 10, la 11... y luego envio la 7, 8 y 9 ??? Con el SII si se puede, y entiendo que con VERI*FACTU debería, también. Además, en mis registros SI hay la correspondiente trazabilidad y encadenamiento de facturas, no habrá algun envio de alguna factura, pero por problemas varios.

Os recomiendo que os reviséis el documento de preguntas y respuestas que publicaron tras uno de los evento realizados.
Muchas de estas cosas se aclaran ahí.
Está en el FTP del club, junto al resto de documentación:
https://terawiki.clubdelphi.com/Otro...-Verifactu.pdf

PREGUNTA:
Me gustaría que aclararáis el tema del tiempo entre la confección y el envio a Verifactu. Lo veo de
vital importancia dado que el SII es bastante más indulgente y permite mucha más maniobra de
correción rapida de errores.


RESPUESTA:
Salvo por incidencia puntual, la remisón debería hacerse tras la emisión de la factura, dentro del margen establecido por
el control de flujo.




En otros sitios lo comenta de pasada...

Si el intento de envío inmediato diera algún problema, será necesario reintentarlo periódicamente y marcar el campo
"Incidencia" en la remisión del registro de facturación.


Deberán enviar las facturas simplificadas de forma inmediata, con el control de flujo que publique la AEAT.
__________________
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P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas.
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  #1888  
Antiguo Hace 3 Horas
bmfranky bmfranky is offline
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bmfranky Va por buen camino
Envio diferido

Entonces hay que asumir, que en el control de flujo, hay que tener en cuenta, que si se envia a la primera, nada, sino en el retry , hay que marcar incidencia si o si, ademas de supongo que especificar el motivo de la misma.
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  #1889  
Antiguo Hace 3 Horas
CarlosR CarlosR is offline
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CarlosR Va por buen camino
Orden de envíos

Cita:
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Otra de las dudas que me surge...

Está claro el tema de ir creando registro con la huella y sucesivamente con la huella anterior. Bien.

Enviar los registros a VERI*FACTU... ese envio ¿debe ser immediato??? ¿Puedo ir creando mis registros, encadenados correctamente y luego enviarlos a VERI*FACTU??? no se, igual voy emitiendo facturas y las puedo enviar al cabo de unas horas, o al dia siguiente...
Y de ser eso posible, que entiendo que debería de ser posible... ¿Puedo enviar a VERI*FACTU el registro de la factura 5, luego el de la 6, luego puedo enviar la 10, la 11... y luego envio la 7, 8 y 9 ??? Con el SII si se puede, y entiendo que con VERI*FACTU debería, también. Además, en mis registros SI hay la correspondiente trazabilidad y encadenamiento de facturas, no habrá algun envio de alguna factura, pero por problemas varios.

No se, se me ocurre el problema de conexión en la factura 7, 8 y 9 por cualquir razón. Luego se envian correctamente la 10 y 11... y pues hago el envio de las pendientes 7, 8 y 9.

Gracias por vuestro tiempo.

1º Aunque ya se ha hablado de ello, si tienes 1000 registros para enviar debes hacerlo, o si no los tienes en un plazo de 2 horas debe enviar lo que tengas.


2º Por cada serie de facturación las facturas estarán ordenadas por fecha-hora y su código. Entiendo que se subirán ordenadas por fecha-hora. Otra cuestión será que alguna de las que has subido vengan rechazadas y que tengas que volver a subirlas.

Supongo que estarás pensando en la confección de las facturas recapitulativas. No podrás encadenarlas de otra forma que no sea por fecha-hora. Indistintamente de la serie. Y dicha fecha-hora estará acorde a la numeración de las facturas. Eso de hacer facturación general, revisarlas, asociar o desasociar albaranes y validarlas en un orden que no sea el del propio código no coincidiría con la fecha hora.



Saludos.
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  #1890  
Antiguo Hace 3 Horas
bmfranky bmfranky is offline
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Cita:
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1º Aunque ya se ha hablado de ello, si tienes 1000 registros para enviar debes hacerlo, o si no los tienes en un plazo de 2 horas debe enviar lo que tengas.


2º Por cada serie de facturación las facturas estarán ordenadas por fecha-hora y su código. Entiendo que se subirán ordenadas por fecha-hora. Otra cuestión será que alguna de las que has subido vengan rechazadas y que tengas que volver a subirlas.

Supongo que estarás pensando en la confección de las facturas recapitulativas. No podrás encadenarlas de otra forma que no sea por fecha-hora. Indistintamente de la serie. Y dicha fecha-hora estará acorde a la numeración de las facturas. Eso de hacer facturación general, revisarlas, asociar o desasociar albaranes y validarlas en un orden que no sea el del propio código no coincidiría con la fecha hora.



Saludos.

Ojito, que las facturas emitidas por el mismo programa, aunque sean de diferente serie, han de ser encadenadas por momento de creacion, asi me lo contestaron a mi.
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  #1891  
Antiguo Hace 3 Horas
bmfranky bmfranky is offline
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bmfranky Va por buen camino
Encadenado.

Cita:
Hola, buenas tardes, mi aplicación emite 2 tipos de facturas con
numeraciones diferentes, a saber:

Una de reparaciones efectuadas incluyendo los materiales necesarios,
mano de obra y demás.

Ej : FREP 001/2024

Otras de venta de materiales.

Ej: FR 166/2024

Mi pregunta es al respecto de si el encadenamiento se debe de realizar
por separado

FREP 001 -> FREP002/2024

FR 166 -> FR 167/2024

O se debe de realizar intercalado por ejemplo reparo 1 vehículo, vendo 2
repuesto y reparo otro.


FREP 001 -> FR 166 -> FR 167 -> FREP002/2024

Agradezco sinceramente su respuesta.
Su respuesta fue:
Cita:
Buenos días:

El número de factura o serie podrán seguir estableciéndolo de la forma que ustedes convengan sin problema. El encadenamiento debe ser con el registro de facturación inmediatamente anterior, por orden cronológico de generación de registros de facturación en el SIF. Por lo tanto, siguiendo su ejemplo, sería FREP 001 -> FR 166 -> FR 167 -> FREP002/2024.

Atentamente,
Atención al Usuario
Departamento de Informática Tributaria
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  #1892  
Antiguo Hace 1 Hora
Delphier Delphier is online now
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Delphier Va por buen camino
Se pueden anular facturas y modicarlas también

Cita:
Empezado por Delphier Ver Mensaje
Estoy a punto de llorar , es la primera vez que me responden de verifactu de forma clara y concisa ,pero finalmente he decidido tomarme una caña, jejeje


Hola

Me podrían confirmar si este planteamiento sería correcto a la ley?


Según yo lo entiendo , no se pueden eliminar ni modificar , eso no implica que tengamos un fichero de facturas anuladas , donde se guarden las facturas que se han anulado , separadas de la "realidad" de facturación y con su registro verifactu de anulación correspondiente, se pierde el número y se guarda como anulada.

Si al final no se dice lo contrario por parte de la AEAT , tengo pensado hacerlo así , la discusión de porque hay facturas anuladas y los motivos , ya sería una discusión entre el usuario y Hacienda , el software cumple la norma.

De hecho , en los casos donde se aplica la norma de hacer una rectificativa , se deben poder "anular" , aunque sea con todo registrado en el software.

Saludos

Buenos días:

En el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, en concreto en su artículo 8, se habla de los requisitos que deben reunir los sistemas informáticos de facturación. En el punto 2 indica lo siguiente:

2. El sistema informático deberá garantizar: a) La integridad e inalterabilidad de los registros de facturación de forma que, una vez generados y registrados, no puedan ser alterados sin que el sistema informático lo detecte y avise de ello. Se entenderá por alteración de los registros de facturación la ocultación o eliminación de cualquier registro de facturación originalmente generado y registrado por el sistema informático, o la ocultación o modificación, total o parcial, de los datos de cualquier registro de facturación originalmente generado y registrado por el sistema informático, o la adición de registros de facturación, simulados o falsos, distintos a los originalmente generados y registrados por el sistema informático.

Cualquier necesidad de corrección o anulación de los datos registrados deberá ser realizada mediante al menos un registro de facturación adicional posterior, de forma que se conserven inalterables los datos originalmente registrados.

Por lo tanto, su planteamiento nos parece correcto y acorde al reglamento.

Atentamente,
Atención al Usuario
Departamento de Informática Tributaria
Email: verifactu@correo.aeat.es
Siguendo con esto , he confirmado con Hacienda , que también de puede dejar al ususario modificar facturas , siempre que se registre.


Cita:

Para: <verifactu@correo.aeat.es>
Fecha: 17/06/2024 10:04
Asunto: RE: Consulta verifactu
________________________________________

Hola

Para concretar más, no me refería a modificar el registro verifactu , simplemente la factura del programa de facturación, por ejemplo:

Se hace una factura , se crea el registro verifactu de Alta.
Luego el usuario la modifica por algún error , ni siquiera la ha entregado al cliente, se crea un registro de subsanción verifactu.

Es decir , en el registro verifactu quedarían todos los registros , el de Alta y todos los de subsanación , tantos como veces el usuario ha modificado la factura.

Eso sería correcto? Más que nada para no estar anulando facturas por cada error que comete el usuario, que en algunos casos son muchos…


De: verifactu@correo.aeat.es
Enviado el: lunes, 17 de junio de 2024 12:42
Asunto: RE: Consulta verifactu

Buenos días:

Sí, sería correcto. Por cada modificación, por menor que sea, se deberá enviar un nuevo registro de facturación de alta por subsanación.

Atentamente,
Atención al Usuario
Departamento de Informática Tributaria
Email: verifactu@correo.aeat.es


Resumiendo , parece ser que los usuarios pueden modificar y/o anular facturas sin problema , siempre que se registren todos los eventos verifactu, más que nada por las veces que oído por ahí que no se pueden arreglar o modificar facturas.


Saludos
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  #1893  
Antiguo Hace 48 Minutos
CarlosMz CarlosMz is online now
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CarlosMz Va por buen camino
Cita:
Empezado por Delphier Ver Mensaje
Siguendo con esto , he confirmado con Hacienda , que también de puede dejar al ususario modificar facturas , siempre que se registre.





Resumiendo , parece ser que los usuarios pueden modificar y/o anular facturas sin problema , siempre que se registren todos los eventos verifactu, más que nada por las veces que oído por ahí que no se pueden arreglar o modificar facturas.


Saludos
No creo, ¿estás diciendo que puedo modificar 10 veces una misma factura, generando 10 registros verifactu sobre el mismo nº de factura?
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  #1894  
Antiguo Hace 26 Minutos
sglorka sglorka is online now
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sglorka Va por buen camino
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Empezado por Delphier Ver Mensaje
Siguendo con esto , he confirmado con Hacienda , que también de puede dejar al ususario modificar facturas , siempre que se registre.





Resumiendo , parece ser que los usuarios pueden modificar y/o anular facturas sin problema , siempre que se registren todos los eventos verifactu, más que nada por las veces que oído por ahí que no se pueden arreglar o modificar facturas.


Saludos
No te confundas, los técnicos de Verifactu no te van a evaluar si la modificaciones que estás haciendo sobre una Factura emitida son acordes con el reglamento de facturación vigente o no. Simplemente, están respondiendo a cuestiones referentes exclusivas al reglamento Verifactu, o sea, si subsanas una factura tienes que enviar un registro de subsanación, si la subsanas 10 veces, debes enviar 10 registros de subsanaciones, si la anulas, debes enviar un registro de anulación. Esto es correcto respecto del reglamento técnico de Verifactu, pero puede no ser correcto desde el punto de vista del reglamento de facturación vigente.

Las subsanaciones se realizan sobre campos que no impliquen la generación de una factura rectificativa, error en la fecha de operación, error en el régimen tributario, incoherencias de valores en los tipos de facturas, huella mal calculada, encadenamiento erróneo, etc.

Las Anulaciones deben hacerse sólo sobre operaciones que no se han llevado a cabo y que lo puedas demostrar.

Si los errores son de otro tipo, por ejemplo, tipos de Iva inexistentes, se me olvidó aplicar un descuento al cliente, el precio de un producto es incorrecto, las cantidades facturadas son incorrectas, etc, etc, NO PUEDES EMITIR UNA SUBSANACIÓN del registro, estás obligado a emitir una factura rectificativa y tu factura original permanecerá invariable en el sistema de la Aeat y en tu SIF.
Así que, siento rebajarte las expectativas que tenías ya que tu software debe cumplir con los DOS REGLAMENTOS, el de Verifactu y el de Facturación.
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  #1895  
Antiguo Hace 15 Minutos
Javierus Javierus is offline
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Javierus Va por buen camino
Webinar relacionado con VeriFactu

Por si le interesa a alguien; es la grabación de un webinar que emitió Software del Sol hace unos días, con una persona de ONIF (Hacienda)

Vídeo en YouTube
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  #1896  
Antiguo Hace 4 Minutos
Delphier Delphier is online now
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Delphier Va por buen camino
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Empezado por sglorka Ver Mensaje
No te confundas, los técnicos de Verifactu no te van a evaluar si la modificaciones que estás haciendo sobre una Factura emitida son acordes con el reglamento de facturación vigente o no. Simplemente, están respondiendo a cuestiones referentes exclusivas al reglamento Verifactu, o sea, si subsanas una factura tienes que enviar un registro de subsanación, si la subsanas 10 veces, debes enviar 10 registros de subsanaciones, si la anulas, debes enviar un registro de anulación. Esto es correcto respecto del reglamento técnico de Verifactu, pero puede no ser correcto desde el punto de vista del reglamento de facturación vigente.

Las subsanaciones se realizan sobre campos que no impliquen la generación de una factura rectificativa, error en la fecha de operación, error en el régimen tributario, incoherencias de valores en los tipos de facturas, huella mal calculada, encadenamiento erróneo, etc.

Las Anulaciones deben hacerse sólo sobre operaciones que no se han llevado a cabo y que lo puedas demostrar.

Si los errores son de otro tipo, por ejemplo, tipos de Iva inexistentes, se me olvidó aplicar un descuento al cliente, el precio de un producto es incorrecto, las cantidades facturadas son incorrectas, etc, etc, NO PUEDES EMITIR UNA SUBSANACIÓN del registro, estás obligado a emitir una factura rectificativa y tu factura original permanecerá invariable en el sistema de la Aeat y en tu SIF.
Así que, siento rebajarte las expectativas que tenías ya que tu software debe cumplir con los DOS REGLAMENTOS, el de Verifactu y el de Facturación.

Si si está claro , pero lo que me importa es que el fabricante del software NO es el responsable del método de corrección que escoja el usuario , anular,modificar,rectificativa,etc... , siempre que el software cumpla con los registros verifactu , la responsabilidad de mal uso del procedimiento no recae en el fabricante , otra cosa es que alguna empresa se decida orientar fiscalmente al usuario cobrando servicio , pero en software donde no se cobre ese servicio , la orientación que se la den sus asesores fiscales.

A lo que em refiero es que a al empresa de software queda libre de cualquier conflicto con hacienda siempre que registre todo lo que hace el usuario, parece ser o al menos eso es lo que me han contestado.
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  #1897  
Antiguo Hace 2 Minutos
Delphier Delphier is online now
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Delphier Va por buen camino
Cita:
Empezado por CarlosMz Ver Mensaje
No creo, ¿estás diciendo que puedo modificar 10 veces una misma factura, generando 10 registros verifactu sobre el mismo nº de factura?

Eso es lo que em han contestado, se lo he preguntado explícitamente, una primera alta y x alta de subsanación por cada "arreglo"

Es decir , en el registro verifactu quedarían todos los registros , el de Alta y todos los de subsanación , tantos como veces el usuario ha modificado la factura.
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