Cita:
Empezado por razorxxx
A ver. Como yo lo veo, el software puede estar adaptado, pero si la primera vez que arrancas el programa con un código de empresa determinado (en el caso de los SIF multiempresa) le muestras un cuadro de selección del tipo "Estoy acogido a VeriFactu" o "Estoy acogido al SII", se supone que tendrías que desactivar todo lo relacionado con el Reglamento VeriFactu (esto es, la generación/envío/subsanación de RF, la generación del código QR, etc) y entonces el programa se quedaría como un software de facturación de los de antes. Porque el modo No VeriFactu no es obligatorio tenerlo implementado.
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En el supuesto de un software que instala un perfil VeriFactu o un perfil SII, no estoy seguro de si es o no adaptado. Debería serlo pues los dos envían lo que se tributa. Si este software tiene una opción que no envíe ni en el momento (VeriFactu) ni en los próximos 4 dias(SII) entonces creo que no sería reglado de ninguna forma. Veamos un supuesto;
Una empresa pone a disposición tres programa, VeriFactu, SII, No Envio(a esto me refiero yo de los de antes y no al SII). Pero están en la nube y el cliente solo puede descargarse uno. El cliente ya sabe lo que quiere y procede a descargarse el programa pero lo que se descarga no es un programa de facturación, es un instalador de programa. Este instalador no tiene que responder a ninguna regla porque no factura. Por ahora la empresa de software no incumple ninguna ley. El cliente ve tres Checked y señala uno. Ha señalado el “No_Envio” y entonces es cuando la empresa le entrega al cliente el SIF por medio de otra descarga. ¿Es un SIF adaptado? Pues NO. ¿Es lo mismo que descargarse un SIF directamente que contiene un perfil adaptado y otro no adaptado, si al final elijo el no adaptado? Pues SI. Por eso pienso yo que no importa lo que tenga un SIF (posibilidades) sino lo que va a hacer o puede hacer.