Esa nueva pregunta el las FAQ's yo la entiendo de la siguiente manera:
Aquel cliente que se hubiera actualizado a VERIFACTU, desde una versión NO ADAPTADA, puede optar entre:
- Seguir usando el SIF como VERIFACTU
- Activar el SIF como NO VERIFACTU, si dispone de esa opción
- Volver a usar la versión NO ADAPTADA, QUE AUN TENGA INSTALADA EN SUS SISTEMAS.
Nosotros, los desarrolladores, podemos indicarles estas posibilidades, pero PARA CUMPLIR LA LEY, NO PODEMOS INSTALAR NINGUN SIF NO ADAPTADO DESDE EL 29/07/2025.
Para que los clientes puedan usarlo, deben tenerlo instalado con anterioridad.
Os podéis agarrar SOLO a esta FAQ, pero también hay que tener en cuenta la respuesta que la semana pasada recibimos muchos desde el correo de verifactu, a nuestra situación como desarrolladores, y cuadra perfectamente con esta pregunta en las FAQ's, aunque no nos guste.
Como he dicho ya muchas veces, que cada uno establezca sus propios límites y riesgos.
RECORDATORIO: A ver que pasa el jueves 11 en el Congreso ¿ convalidar o no convalidar ? he ahí la cuestión.
