Yo la verdad es que no tengo muy claro lo de la obligatoriedad de poner a enviar directamente a VeriFactu los programas que se instalen antes de principios del año que viene y como tengo un amigo muy listo que sabe de todo (aunque por supuesto de vez en cuando mete patas) le he preguntado expresamente y esto es lo que me dice:
Cita:
Obligación del software[*] Todo programa de facturación comercializado a partir de la entrada en vigor del RD debe estar adaptado técnicamente: registrar facturas con huella digital, trazabilidad, inalterabilidad, y tener capacidad de conexión con Verifactu.[*] Esto es ya obligatorio para el fabricante del software, no para el usuario.
Obligación del usuario[*] El usuario (empresa/profesional) todavía no está obligado a enviar a Verifactu.[*] La ley dice claramente que el uso del sistema VERI*FACTU será voluntario hasta que Hacienda publique la orden ministerial con el calendario de obligatoriedad.[*] Es decir: el programa debe poder enviar, pero el usuario puede decidir si activa o no esa opción.
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y la verdad es que yo coincido pero bueno... no deja de ser una opinión más.
Saludos.