Cita:
Empezado por antoine0
Para tú comprador, lo que dices es correcto.
Para tu vendedor, es una venta con factura. Entonces está sometida al reglamento. Él que emite la factura debe ponerle QR y encadenar el registro correspondiente a la factura.
Si emites la factura, te toca a tú esto...
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¡Pues ahí si que le has dado! Aunque no me acaba de encajar eso de enviar una factura de compra. Lo del tema de "Emitida por terceros" yo lo entendía por los casos en los que una empresa vende en nombre de otra (por ejemplo distribuidores que reparten mercancía que fiscalmente vende otra empresa). El tema es que, por ejemplo, mirando las preguntas frecuentes en la aeat dice lo siguiente:
por lo que entiendo que en el caso específico de los agricultores no entrarían en VeriFactu y los "vendedores" de artículos de segunda mano entiendo que tampoco porque no están obligados a emitir factura (creo).
El tema es peliagudo y la verdad yo ahí me pierdo un poco. A ver si entre todos nos vamos aclarando.
Saludos.