
11-11-2024
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Miembro
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Registrado: abr 2024
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Poder: 3
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Cita:
Empezado por sglorka
No se puede modificar una factura después de haberla emitido y generado su registro de facturación. Siempre hay que caminar hacia delante aunque la factura haya sido rechazada o aceptada con errores.
Errores en la identificación del destinatario (nif inexistente o datos fiscales erróneos), en los tipos de iva utilizados (Ivas no válidos para el periodo de facturación), errores en la construcción de las bases imponibles, en resumen, cualquier defecto que no cumpla con los artículos 6 y 7 del reglamento de facturación, requieren de una Rectificación.
El resto de errores, nif de destinatario no censado, sumas de bases imponibles y sumas de cuotas mal calculadas, importe total no concordante o huella mal construida (independientemente de si está encadenada con la huella anterior o no), fallo en los criterios de validación de la Aeat, requerirán de una subsanación.
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Pero si hay un error en cualquiera de los casos que pones que requieren subsanación tendrás que modificar y volver a enviar ?
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