
26-11-2021
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Cita:
Empezado por espinete
Sigo pensando que un cambio o devolución en un punto de venta no debería requerir una rectificativa, sino una simple factura ordinaria (en negativo o positivo según sea cambio, devolución, etc.).
Y para intentar aclararlo al 100%, le he enviado a las tres haciendas forales varios supuestos que creo que no han tenido en cuenta, pero que se dan a diario en miles de comercios minoristas.
Me refiero a las cadenas de tiendas o franquicias con varias tiendas en distintas localidades e inlcuso en distintas provincias.
Se trata de casos en los que considero que emitir una rectificativa es inviable. Resumiendo:
* Persona que compra en ZARA Gipuzkoa (Tienda A) una camisa y la devuelve o la cambia en OTRO ZARA de Gipuzkoa
* Persona que compra en ZARA MADRID y devuelve o cambia en ZARA Gipuzkoa
¿Cómo sabe la Tienda que hace la devolución, qué factura tiene que rectificar, su encadenamiento, etc. si ellos NO tienen esa factura en el programa?
(No me digan que ZARA lo sabe porque lo tienen todo centralizado porque no es verdad. Además es solo un ejemplo, muchas otras tiendas no lo tienen centralizado ni de coña, ni les puedes obligar a tenerlo).
Cada tienda tiene su propia facturación, con su enumeración correlativa e independiente, etc. pero muchas cadenas permiten devolver/cambiar productos en toda España, por lo que no sé cómo podrían emitir una rectificativa si no la tienen en su base de datos. ¿Obligas al usuario a escribir los datos a mano a partir del tícket? Suerte con eso.
Publicaré las respuesta que me den las tres haciendas forales (suerte con esto también).
Un saludo
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Hola espinete, no esperes gran cosa en cuanto a la respuesta de ninguna Hacienda, cuando yo les he planteado algo similar me han contestado lo siguiente:
Kaixo,
En primer lugar, disculpas por el retraso en contestar.
En cuanto a las cuestiones planteadas, responder que Batuz y TicketBai no modifican ni la normativa de IVA ni el reglamento de facturación. Por tanto, los casos en que se puede emitir una factura rectificativa son los mismos que hasta ahora, y serían casos diferentes en los que se permite la anulación de una operación. Recomendamos ver las preguntas frecuentes 19, 20 y 54 en la web https://www.batuz.eus/es/preguntas-frecuentes
Sobre la forma de emitir una factura rectificativa, se dan dos opciones: por diferencias o por sustitución. Recomendamos ver las preguntas frecuentes 45 y 47 a 54.
También quisiéremos explicar el proceso de funcionamiento de TicketBai y de Batuz, para aclarar que la emisión de una factura, rectificativa o no, no está vinculado a la remisión y a la aceptación o no del envío por Hacienda (no está vinculado a que esté subida y aceptada).
...
bla, bla, bla... no pongo más por no aburrir a la audiencia...
Conclusión (en mi modesta opinión): Dado que el reglamento de facturación español es del año 2012, y si hasta ahora se hacían abonos (facturas en negativo) para hacer una devolución y Hacienda no se ha metido para nada con usted, siga haciéndolo.
Saludos,
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