Gracias por poner esa matriz, Antonio. Creo que puede ser de mucha ayuda.
Hay que decir que si bien la licencia BSD "no garantiza" el acceso al código fuente (cosa que me sorprende al ver esa tabla), sí es práctica habitual incluirlo para su libre estudio y modificación. Tanto que no tener la intención de hacerlo conllevaría a buscar mejor otra licencia.
Por otro lado, falta la
licencia BSD de tres cláusulas, que me parece tendría, dado el caso, la misma clasificación que la BSD de dos cláusulas.
Por los iconos tercero y cuarto es que la licencia BSD resulta ser más libre que la licencia GPL, ya que con esta última estás obligado a, como ahí dice,
publicar los cambios y
no derivar trabajos bajo otro tipo de licencia.
Sobre la
licencia BSD:
Cita:
Esta licencia tiene menos restricciones en comparación con otras como la GPL estando muy cercana al dominio público. La licencia BSD al contrario que la GPL permite el uso del código fuente en software no libre.
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Conviene entonces advertir que no necesariamente es mejor la que tenga más círculos verdes. Pues esto depende más de las necesidades y convicciones de cada autor.
Saludos.
Al González.
