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  #1  
Antiguo 31-03-2025
CarlosMz CarlosMz is offline
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CarlosMz Va por buen camino
Fecha expedición

Buenas,

En nuestro SIF tenemos facturación automática, es decir, se generan el día 1 de cada mes al abrir la aplicación un número elevado de facturas.

Quería saber si se de la casualidad de que el obligado tributario no abre el programa por ejemplo hasta el día 3 del mes en cuestión por haber sido fin de semana…

Las facturas del día 1 del mes se estarían generando el día 3 pero ¿Puedo asignar la fecha de expedición como día 1 del mes igualmente? o tendría que informarlo a través de la fecha de operación ?

Muchas gracias a todos
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  #2  
Antiguo 01-04-2025
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gcqZW gcqZW is offline
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gcqZW Va por buen camino
Expedición tiene que ser la misma fecha que la del envío a verifactu, si no me equivoco no puedes jugar con la fecha de expedición.

EDIT: Esto pone en la docu:

Agrupación IDFactura
...


- La FechaExpedicionFactura no podrá ser superior a la fecha actual.
- Si Impuesto = “01” (IVA), “03” (IGIC) o no se cumplimenta (considerándose “01” - IVA), la
FechaExpedicionFactura solo puede ser anterior a la FechaOperacion, si ClaveRegimen=
"14" o "15”.
- La FechaExpedicionFactura no debe ser inferior a 01/07/2024 (esta fecha podría cambiar en
función de la fecha de aprobación / publicación de la orden ministerial).
__________________
La religión es personal e intransferible.

Última edición por gcqZW fecha: 01-04-2025 a las 08:22:56.
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  #3  
Antiguo 01-04-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
Cita:
Empezado por gcqZW Ver Mensaje
Expedición tiene que ser la misma fecha que la del envío a verifactu, si no me equivoco no puedes jugar con la fecha de expedición.

EDIT: Esto pone en la docu:

Agrupación IDFactura
...


- La FechaExpedicionFactura no podrá ser superior a la fecha actual.
- Si Impuesto = “01” (IVA), “03” (IGIC) o no se cumplimenta (considerándose “01” - IVA), la
FechaExpedicionFactura solo puede ser anterior a la FechaOperacion, si ClaveRegimen=
"14" o "15”.
- La FechaExpedicionFactura no debe ser inferior a 01/07/2024 (esta fecha podría cambiar en
función de la fecha de aprobación / publicación de la orden ministerial).
Hola, como información adicional:
si a los que emites las facturas son empresas o autónomos tienes
hasta el dia 16 del siguiente mes para emitirla, PERO para particulares tienen que ser emitidas dentro del mismo mes en que se realizó el servicio, entonces primero tienes que ver que lo estés haciendo bien teniendo en cuenta que no es lo mismo para un particular que para un autonomo o empresa. O sea si el receptor es empresa o autónomo la fecha de emision en el caso que expones=dia 3 y en ese mismo caso deberias poner la fecha de operación, ya que no coincide con el mes de la emisión. Para emitir a un particular, en esa fecha te habrias pasado de fecha.
En ningún caso puedes/debes poner el dia 1 (generalmente), te puede pasar un dia que al generarlo no se envien(pero 1 vez de vez en cuando), y en ese caso hay que mandarlo como incidencia. Si lo haces a menudo te vana empezar el proceso de notificacion etc...

Última edición por ermendalenda fecha: 01-04-2025 a las 11:57:29.
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  #4  
Antiguo 01-04-2025
CarlosMz CarlosMz is offline
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Respuesta de VeriFactu para que lo tengáis en cuenta todos:

Cita:
La factura como documento comercial debe ser emitida, de acuerdo con la normativa del IVA (Ley 37/1992) y normativa general de Facturación (RD 1619/2012), en el momento de entregar el bien o prestar el servicio o con motivo de pagos adelantados, no obstante, cuando las relaciones son continuadas en el tiempo, es forma habitual concentrar la facturación en períodos sin que haya impedimento para esta práctica.

En cualquier caso, debe distinguirse con claridad entre la fecha en la que se produce la entrega del bien o la prestación del servicio o, en su caso, el pago anticipado de los mismos, y la fecha de emisión de la factura. Una factura solo se puede emitir el día que se emite. Parece algo obvio, pero es así. De forma que no se debe emitir una factura Antedatada, ni tampoco postdatada, con independencia del momento en el que se entreguen los bienes o presten los servicios documentados en la misma, que pueden ser distintos al momento de su facturación. Si se desea emitirla en día distinto al de la realización de la operación, de acuerdo con el artículo 6.i) del ROF (RD 1619/2012) se debe consignar en la factura (y en el registro de alta de facturación) la fecha de la operación (que será distinta de la fecha de expedición de la factura contemplada en el artículo 6.b) de la citada norma)

En el caso que usted plantea las facturas serán emitidas con FechaHoraHusoGenRegistro del día 3 del mes en el registro de facturación del SIF y con fecha del día 3 del mes (la misma) para el campo FechaExpedicionFactura. Sin perjuicio de que el campo FechaOperacion venga informado con fecha 1 del mes (u otra). En caso de fecha de operación múltiple y continuada puede informarse ese campo con la fecha referencial que se elija.

Atentamente,
Atención al Usuario
Departamento de Informática Tributaria
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  #5  
Antiguo 01-04-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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Respuesta de VeriFactu para que lo tengáis en cuenta todos:
Si, pero ojo xon lo que te comento.
Con que pongas fecha de operacion día 1 no tiene por qué estar bien. Segun el caso
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  #6  
Antiguo 12-09-2025
RanNav RanNav is offline
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RanNav Va por buen camino
Buenas, con este hilo de aquí me surge la siguiente pregunta.
¿La fecha con validez fiscal para la AEAT sería FechaOperacion o FechaExpedicionFactura? Porque si yo quiero que una factura corresponda por tema de ivas al mes anterior pero la factura la hago el 1 del mes siguiente, ¿debería poner fecha de operación del, por ejemplo, 31 del mes anterior y la fecha de expedición la fecha en la que se genera la factura? ¿O debería poner fecha de expedición también el 31 del mes anterior para que tenga validez fiscalmente en ese mes? (Siendo que no tengo ninguna factura con una fecha de expedición mayor a ese día)...
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  #7  
Antiguo 06-11-2025
nincillo nincillo is offline
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nincillo Va por buen camino
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Buenas, con este hilo de aquí me surge la siguiente pregunta.
¿La fecha con validez fiscal para la AEAT sería FechaOperacion o FechaExpedicionFactura? Porque si yo quiero que una factura corresponda por tema de ivas al mes anterior pero la factura la hago el 1 del mes siguiente, ¿debería poner fecha de operación del, por ejemplo, 31 del mes anterior y la fecha de expedición la fecha en la que se genera la factura? ¿O debería poner fecha de expedición también el 31 del mes anterior para que tenga validez fiscalmente en ese mes? (Siendo que no tengo ninguna factura con una fecha de expedición mayor a ese día)...
Creo que esta misma duda me está surgiendo a mi ahora al empezar a plantear a mis clientes la actualización del programa para cumplir con Verifactu.

Hasta ahora, siempre esperaban uno o dos días a facturar lo del mes anterior, ya que pueden tener albaranes hechos en papel de los comerciales que no llegan hasta finalizado el mes en curso, que luego tienen que meter en el sistema y una vez todos metidos, agrupar y facturar.

La fecha de operación yo la tenía contemplada para que cogiera la fecha "mayor" de los albarnes incluidos en la factura, pero cara a listados de iva, vencimientos, etc. La fecha utilizada para los cálculos era la fecha de factura.

Si por lo que estoy entendiendo, si facturan el primer día laborable del mes siguiente y no pueden poner fecha del último día del mes anterior en la fecha de la factura. Me surgen dos "problemas/dudas".
  • ¿Tengo que modificar todos los apartados del programa para que la fecha de operación sea la tenida en cuenta para las declaraciones de iva?
    ¿Cómo calculo las fechas de vencimiento de las facturas?. Si las facturo con fecha del mes "siguiente", los vencimientos también a salir para el mes siguiente...

¿Cómo se lo estás planteando con vuestros clientes?. Parece que si quieren seguir como hasta ahora, se van a tener que quedar despues del cierre del último día del mes para facturar ese mismo todo. (Y luego quieren que se respeten las jornadas de trabajo y que no se hagan horas extra...)

Un saludo.
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  #8  
Antiguo 06-11-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Creo que esta misma duda me está surgiendo a mi ahora al empezar a plantear a mis clientes la actualización del programa para cumplir con Verifactu.

Hasta ahora, siempre esperaban uno o dos días a facturar lo del mes anterior, ya que pueden tener albaranes hechos en papel de los comerciales que no llegan hasta finalizado el mes en curso, que luego tienen que meter en el sistema y una vez todos metidos, agrupar y facturar.

La fecha de operación yo la tenía contemplada para que cogiera la fecha "mayor" de los albarnes incluidos en la factura, pero cara a listados de iva, vencimientos, etc. La fecha utilizada para los cálculos era la fecha de factura.

Si por lo que estoy entendiendo, si facturan el primer día laborable del mes siguiente y no pueden poner fecha del último día del mes anterior en la fecha de la factura. Me surgen dos "problemas/dudas".
  • ¿Tengo que modificar todos los apartados del programa para que la fecha de operación sea la tenida en cuenta para las declaraciones de iva?
    ¿Cómo calculo las fechas de vencimiento de las facturas?. Si las facturo con fecha del mes "siguiente", los vencimientos también a salir para el mes siguiente...

¿Cómo se lo estás planteando con vuestros clientes?. Parece que si quieren seguir como hasta ahora, se van a tener que quedar despues del cierre del último día del mes para facturar ese mismo todo. (Y luego quieren que se respeten las jornadas de trabajo y que no se hagan horas extra...)

Un saludo.
La fecha de emision es la de devengo(cuando declaras)
La fecha de operacion es el periodo donde te lo van a colocar(por ejempll si consultais una rectificativa de hoy que hace referencia a una factura del mes pasado en los registros de verifactu te la van a colocar en periodo del mes pasado pero el devengo es este mes)
Por otro lado estan los 347, imagina qye a un cliente del año pasado le abonas y le haces una nueva con fecha de operacion del año pasado, y si te toca dexlarar una u otra para rectificar los 347 por que lkegan o se salen de los 3005 euros tica hacer una declaracion adicional de eso con el modelo que toque.
Por otro lado estan laa facturas recibidas, que tienes, si no me equivoco, hasta 4 años para contabilizarla, y la fecha dd devengo es cuando la contabilizas.

Última edición por ermendalenda fecha: 06-11-2025 a las 10:40:29.
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  #9  
Antiguo 06-11-2025
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Faneka Va por buen camino
Fecha de expedición la del dia que se genera la factura, RF y se envía al cliente, inalterable, no se puede tocar. Luego esta la fecha de operación/contable que es cuando quieres que se contabilice, este puedes modificarla y por ejemplo si la generas el día 4 de Noviembre y quieres que entre en Octubre le pondrias fecha operación 31-10-2025.
Nosotros tenemos las dos fechas a la hora de facturar para que puedan modificar la de operación.
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  #10  
Antiguo 06-11-2025
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nincillo Va por buen camino
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Empezado por Faneka Ver Mensaje
Fecha de expedición la del dia que se genera la factura, RF y se envía al cliente, inalterable, no se puede tocar. Luego esta la fecha de operación/contable que es cuando quieres que se contabilice, este puedes modificarla y por ejemplo si la generas el día 4 de Noviembre y quieres que entre en Octubre le pondrias fecha operación 31-10-2025.
Nosotros tenemos las dos fechas a la hora de facturar para que puedan modificar la de operación.
¿Y en el caso de una agrupación de albaranes para generar una única factura?. ¿Se pone como fecha de operación la del último albarán o que puedan poner a mano la que ellos quieran?.

Es que en caso de una facturación en bloque, sería una locura preguntar la fecha de operación para cada factura...
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  #11  
Antiguo 06-11-2025
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Faneka Va por buen camino
Cuando facturas en bloque (muchos albaranes) la fecha operación es la misma, tanto si varios albaranes generan una factura como si cada albarán genera una factura. Si quieren hacer facturas de unos albaranes concretos y cada factura la quieren en una fecha de operación tendran que hacerlo por bloques. En nuestro caso cuando facturan los clientes, todo va a la misma fecha operación.
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  #12  
Antiguo 06-11-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
La fecha de operación es la correspondiente a la ultima fecha del albarán del grupo, teniendo en cuenta que todos los agrupados deben pertenecer al mismo mes(periodo).
Es práctica habitual cuando hay mucha rotación de albaranes hacerlo por quincenas, pero máximo el mismo mes.
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  #13  
Antiguo 06-11-2025
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La fecha de emision es la que aqui tiene mas valor, teniendo hasta el dia 16 del siguienre mes para realizarla (en caso de empresas) no vro miy ckaro que se pueda piner la fecha de operacion la que quiieras, como mucho dejarla en blanco para que coincida con la de emision o ponerle el ultimo dia del mes de los albaranes o como explicaba, del ultimo albaram.n
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  #14  
Antiguo 06-11-2025
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ermendalenda Va por buen camino
Para este tipo de empresas que maneja mucho el tema de albaranes es mejor el SII por esto
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  #15  
Antiguo 06-11-2025
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Faneka Va por buen camino
Fecha de expedición la del día que facturas, no se puede tocar ya que el RF tiene que coincidir con ella.
Fecha de operación no puede ser mayor a la fecha de expedición, pero si puede ser menor, hay unas condiciones para que no le pongas de hace tres meses por ejemplo, pero se puede tirar hacía atras unos días. Esto es lo que usan los que facturan una vez al mes y por ejemplo lo hacen el día 1,2,3,... normalmente quieren que las facturas contabilicen en el mes anterior, para ello se usa la fecha de operación.
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  #16  
Antiguo 06-11-2025
ermendalenda ermendalenda is offline
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Fecha de expedición la del día que facturas, no se puede tocar ya que el RF tiene que coincidir con ella.
Fecha de operación no puede ser mayor a la fecha de expedición, pero si puede ser menor, hay unas condiciones para que no le pongas de hace tres meses por ejemplo, pero se puede tirar hacía atras unos días. Esto es lo que usan los que facturan una vez al mes y por ejemplo lo hacen el día 1,2,3,... normalmente quieren que las facturas contabilicen en el mes anterior, para ello se usa la fecha de operación.
Coreecto, hasta el ultimo dia del mes anterior, pero nunca inferior al ultimo albaran incluido.
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  #17  
Antiguo 08-11-2025
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DarkDudae Va por buen camino
Yo juraría que en las FAQs leí que la fecha de operación de varios albaranes debería ser la del último albarán de los que conforman la factura. Y que no podías cambiarla ni a una fecha anterior ni posterior.

La cosa está en permitirle a los clientes poder modificar fechas de albaranes para darle “flexibilidad” a esta medida o bien el cambio de fecha de un albarán no cumple con la nueva ley, cosa que dudo.
__________________
El recuerdo es la prisión en la que el alma sueña pasado, cuando no vive el presente, ni quiere un futuro.
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  #18  
Antiguo 18-11-2025
APO APO is offline
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APO Va por buen camino
Después de leer todos los mensajes no me queda claro, qué fecha es la que se usa para el cálculo del IVA ¿la fecha de emisión o la de operación?
Y ¿es necesario especificar la hora? Muchas gracias.
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  #19  
Antiguo 18-11-2025
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Después de leer todos los mensajes no me queda claro, qué fecha es la que se usa para el cálculo del IVA ¿la fecha de emisión o la de operación?
Y ¿es necesario especificar la hora? Muchas gracias.
Hola
Es una pregunta un poco extraña, quizas mal planteada la duda.
El calfulo de IVA se realiza sobre el total de la factura, y si tiene distintas cuotas pues desglosandolo.
Si te refieres a que fecha se tiene en cuenta para declararlo, normalmente la fecha de emision= fecha devengo.
Por otro lado es a que periodo pertenece, ejemplo emites el dia 30 de junio una factura, fecha expedicio dia 30/6, fecha devengo iva cuando te toque la siguiente deckaracion para el 2 trimestre, peirodo= 06 2025
Ahora, el día uno ddvuelves productos de eaa factura pues fecha devengo =1/7, fecha expedicion=1/7, ojo---> fecha operacion 30/6 por tabto el periodo impostivo pertenece al 30/6 no siendo así el devengo de iva, que siendo una rectificativa, se incluye en la declaracion del siguiente trimestre, aunque pertenezca al periodo anterior.
Hay más excepciones pero probablemente conteste con esto a tu duda, no?
Por que las compras es otra historia, la fecha de devengo es la de la contabilización y tienes hasta 4 años para contabilizarla.
En cuanto a l hora, sí para el registro de verifactu, opcional apara papel, factura electrónica(de momento) u otros doumentos.

Última edición por ermendalenda fecha: 18-11-2025 a las 17:17:33.
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  #20  
Antiguo 19-11-2025
APO APO is offline
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APO Va por buen camino
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Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Hola
Es una pregunta un poco extraña, quizas mal planteada la duda.
El calfulo de IVA se realiza sobre el total de la factura, y si tiene distintas cuotas pues desglosandolo.
Si te refieres a que fecha se tiene en cuenta para declararlo, normalmente la fecha de emision= fecha devengo.
Por otro lado es a que periodo pertenece, ejemplo emites el dia 30 de junio una factura, fecha expedicio dia 30/6, fecha devengo iva cuando te toque la siguiente deckaracion para el 2 trimestre, peirodo= 06 2025
Ahora, el día uno ddvuelves productos de eaa factura pues fecha devengo =1/7, fecha expedicion=1/7, ojo---> fecha operacion 30/6 por tabto el periodo impostivo pertenece al 30/6 no siendo así el devengo de iva, que siendo una rectificativa, se incluye en la declaracion del siguiente trimestre, aunque pertenezca al periodo anterior.
Hay más excepciones pero probablemente conteste con esto a tu duda, no?
Por que las compras es otra historia, la fecha de devengo es la de la contabilización y tienes hasta 4 años para contabilizarla.
En cuanto a l hora, sí para el registro de verifactu, opcional apara papel, factura electrónica(de momento) u otros doumentos.
Gracias por la respuesta. Sin embargo, sigo teniendo dudas. Por ejemplo:

He emitido una factura con los siguientes datos:
Fecha de operación: 30/06/2025
Fecha de emisión: 01/07/2025

¿Debe incluirse esta factura en la declaración del IVA del segundo trimestre o del tercero?
¿Cuál es exactamente la fecha de devengo: la de operación o la de emisión?
Por otro lado, ¿la hora debe indicarse únicamente en la fecha de emisión o también en la fecha de operación?

Muchas gracias.
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