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#1
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Cita:
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#2
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Cita:
No hay más ciego que el que no quiere ver. Vamos a hacernos la vida a nosotros y a nuestros clientes lo más fácil que podamos. Algunos hemos perdido una oportunidad que la teníamos a tocar, pero que se la va a hacer. Los palos en las ruedas ya los ponen otros. Creo que lo único que no se podrá hacer es vender un sistema que no tenga la posibilidad de actuar como Veri*factu o noveri*factu. Pero seguro que habrá piratas que lo hagan. Última edición por CarlosArjonomia fecha: 11-12-2025 a las 18:45:41. |
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#3
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Cita:
yo mismo les pregunté por email que no tenía sentido que si un cliente ha pasado a verifactu, lo puedas volver hacia atrás, pero si quiere cambiar de software, tenga que por pelotas meterse en verifactu a enviar durante un año a pruebas... me dijeron que pida cita previa con AEAT, que ellos no estan para resolver esas cosas resultado: que cada uno haga lo que le salga de ahí abajo, instale con switch o sin switch, con envios o sin envios, y si viene un inspector ya discutimos. Lo que no puede ser es que estos impresentables te hagan perder clientes porque no sepan ni legislar y todo sea politiqueo y mierdas varias |
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#4
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Enlace positivo
Me ha llegado un articulo que no tiene desperdicio. Creo que lo voy a mandar a algunos clientes porque este articulo habla por si solo. Cuando me pregunten por la situación, mandare este enlace porque ni yo mismo lo explicaría mejor.
https://www.elmundo.es/economia/empr...23c8b458e.html |
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#5
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Cita:
A lo que me refiero es que, aunque el software en sí está preparado para VeriFactu, si el obligado tributario está en el SII y no se le puede comercializar un software no adaptado, tendrás que deshabilitarle todo lo relacionado con el reglamento VeriFactu. Y seguirías cumpliendo la normativa, porque con ponerle una pregunta al principio de tipo "Declaro que envío los libros de facturas a través del SII y soy consciente de las repercusiones legales de no hacerlo" en teoría ya le eximiría al desarrollador. |
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#6
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Cita:
...Al entrar al programa por primera vez, le preguntamos si cumple Veri*factu o está exento por una de las condiciones que existen (SII, territorio Foral Vasco y Navarra, etc) ... Hacemos lo que nos dice el usuario y almacenamos la fecha y el usuario que ha respondido a la pregunta ... ¡Y listo! ![]() Si en un futuro quiere cambiar a Veri*factu, lo puede hacer y almacenamos de nuevo fecha y usuario que lo ha hecho ... Pero una vez en Veri*factu, ahí ya no hay vuelta atrás ...Y así lo hemos solucionado nosotros ... |
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