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  #1  
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Facturar ticket ya declarado

Hola a tod@s.


Estoy dándole vueltas a la situación de emitir factura de una factura simplificada. De acuerdo que hay un tipo de factura específico para eso (F3) pero entiendo que eso está muy bien si emites una factura simplificada y al momento el cliente dice..."prefiero una factura normal" pero si el cliente llega pasado ese día cuando ya se han declarado los impuestos (por ejemplo) o no queremos desvirtuar las ventas del día de la factura este asunto genera un problema (por lo menos a mi) porque el "cambiar" un ticket hecho hace un mes (por ejemplo) por una factura hecha con fecha de hoy me descuadraría las ventas.


Esto tiene solución generando un ticket en negativo y una factura en positivo por el mismo importe pero en VeriFactu no parece que esté contemplada esa posibilidad.


¿Cómo resolvéis vosotros este asunto?


Gracias y un saludo.
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  #2  
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Hola a tod@s.


Estoy dándole vueltas a la situación de emitir factura de una factura simplificada. De acuerdo que hay un tipo de factura específico para eso (F3) pero entiendo que eso está muy bien si emites una factura simplificada y al momento el cliente dice..."prefiero una factura normal" pero si el cliente llega pasado ese día cuando ya se han declarado los impuestos (por ejemplo) o no queremos desvirtuar las ventas del día de la factura este asunto genera un problema (por lo menos a mi) porque el "cambiar" un ticket hecho hace un mes (por ejemplo) por una factura hecha con fecha de hoy me descuadraría las ventas.


Esto tiene solución generando un ticket en negativo y una factura en positivo por el mismo importe pero en VeriFactu no parece que esté contemplada esa posibilidad.


¿Cómo resolvéis vosotros este asunto?


Gracias y un saludo.
Eso es una factura de canje, y puede ser de múltiples tickets de hasta cuatro años de antigüedad, nosotros hacemos automáticamente los respectivos tickets en negativo y una F1 en positivo con referencias a cada ticket y su detalle con lo que no se ve afectado ni el stock ni la caja ni el IVA declarado. Y se generan y envían RFs de todos ellos, claro.
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  #3  
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gcqZW gcqZW is offline
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en VeriFactu no parece que esté contemplada esa posibilidad
Donde pone eso??? Que yo sepa sí contempla esa opción, en las FAQ's hay un apartado nuevo con ejemplos y en la parte de rectificativas por sustitucion las opciones 2 contemplan los abonos, entiendo que no ponen ejemplo de un importe igual (siempre modifican algo) pero no debería haber problema por hacer un abono de un ticket y luego generar una factura normal.
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  #4  
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Para mi también es un problema facturar los tiques haciendo uso de la F3.... hasta la fecha hacía lo siguiente:

1. Crear un abono completo del tique -F2 (multiplicar cantidades por -1)
2. Crear cliente si no existe y
3. Hacer factura completa F1
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  #5  
Antiguo Hace 6 Días
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Hola a tod@s.


Estoy dándole vueltas a la situación de emitir factura de una factura simplificada. De acuerdo que hay un tipo de factura específico para eso (F3) pero entiendo que eso está muy bien si emites una factura simplificada y al momento el cliente dice..."prefiero una factura normal" pero si el cliente llega pasado ese día cuando ya se han declarado los impuestos (por ejemplo) o no queremos desvirtuar las ventas del día de la factura este asunto genera un problema (por lo menos a mi) porque el "cambiar" un ticket hecho hace un mes (por ejemplo) por una factura hecha con fecha de hoy me descuadraría las ventas.


Esto tiene solución generando un ticket en negativo y una factura en positivo por el mismo importe pero en VeriFactu no parece que esté contemplada esa posibilidad.


¿Cómo resolvéis vosotros este asunto?


Gracias y un saludo.

La ley de iva y por ende verifactu, permite abonar una factura simplificada F2 asi poder pasarla a factura normal y mirando esta en las Fac.



Osea que puedes, tanto emitir una F3 que sustituye a las F2*, sin necesidad de anular manualmente los tickets*(F2) emitidos o abonar, los/el ticket necesario emitiendo una F2 en negativo y una F1, con las mismas cantidades con los datos, incluso puedes añadir mas cosas a esa F1, segun tus necesidades Practicas.
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  #6  
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La ley de iva y por ende verifactu, permite abonar una factura simplificada F2 asi poder pasarla a factura normal y mirando esta en las Fac.



Osea que puedes, tanto emitir una F3 que sustituye a las F2*, sin necesidad de anular manualmente los tickets*(F2) emitidos o abonar, los/el ticket necesario emitiendo una F2 en negativo y una F1, con las mismas cantidades con los datos, incluso puedes añadir mas cosas a esa F1, segun tus necesidades Practicas.
Gracias por el aporte.

Vaya locura, estoy intentando dejar un camino común para mis clientes... que siempre hagan lo mismo... y ahora ya no tengo claro la forma de proceder....
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  #7  
Antiguo Hace 6 Días
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La ley de iva y por ende verifactu, permite abonar una factura simplificada F2 asi poder pasarla a factura normal y mirando esta en las Fac.



Osea que puedes, tanto emitir una F3 que sustituye a las F2*, sin necesidad de anular manualmente los tickets*(F2) emitidos o abonar, los/el ticket necesario emitiendo una F2 en negativo y una F1, con las mismas cantidades con los datos, incluso puedes añadir mas cosas a esa F1, segun tus necesidades Practicas.

Gracias por vuestras respuestas pero yo de ese texto no deduzco que se puedan generar tickets en negativo para compensar los que facturas. Entiendo que cuando emites la factura correspondiente a los tickets tienes que identificarlos.


Por otro lado comentáis la posibilidad que yo hago ahora mismo de generar tickets en negativo para compensar la factura que se emite pero yo no he encontrado ningún sitio en la documentación de que eso sea correcto, no sé....


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Donde pone eso??? Que yo sepa sí contempla esa opción, en las FAQ's hay un apartado nuevo con ejemplos y en la parte de rectificativas por sustitucion las opciones 2 contemplan los abonos, entiendo que no ponen ejemplo de un importe igual (siempre modifican algo) pero no debería haber problema por hacer un abono de un ticket y luego generar una factura normal.


En los ejemplos ponen la posibilidad de hacer una factura rectificativa en dos pasos con lo que se hace una factura en negativo para compensar la rectificada y otra en positivo haciendo referencia a la rectificada pero el problema es que estamos hablando de que haces una rectificativa de otra factura, no tengo yo muy claro que se pueda rectificar un ticket con una factura rectificativa normal (igual si).
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  #8  
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Gracias por vuestras respuestas pero yo de ese texto no deduzco que se puedan generar tickets en negativo para compensar los que facturas. Entiendo que cuando emites la factura correspondiente a los tickets tienes que identificarlos.


Por otro lado comentáis la posibilidad que yo hago ahora mismo de generar tickets en negativo para compensar la factura que se emite pero yo no he encontrado ningún sitio en la documentación de que eso sea correcto, no sé....






En los ejemplos ponen la posibilidad de hacer una factura rectificativa en dos pasos con lo que se hace una factura en negativo para compensar la rectificada y otra en positivo haciendo referencia a la rectificada pero el problema es que estamos hablando de que haces una rectificativa de otra factura, no tengo yo muy claro que se pueda rectificar un ticket con una factura rectificativa normal (igual si).
Has leído el texto?:

"IMPORTANTE: En el caso de que se realice un abono de la factura simplificada (mediante el envío de un registro negativo con clave “F2”), la factura emitida en sustitución de esta tendrá que informarse con la clave “F1”."
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  #9  
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Has leído el texto?:

"IMPORTANTE: En el caso de que se realice un abono de la factura simplificada (mediante el envío de un registro negativo con clave “F2”), la factura emitida en sustitución de esta tendrá que informarse con la clave “F1”."

Joder, pues llevas razón. Estoy bastante espeso.


¿Entiendo entonces que para facturar un ticket se puede hacer un ticket negativo "normal"+factura "normal" sin hacer referencia al/los tickets sustituidos?


Gracias y un saludo.
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  #10  
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Joder, pues llevas razón. Estoy bastante espeso.


¿Entiendo entonces que para facturar un ticket se puede hacer un ticket negativo "normal"+factura "normal" sin hacer referencia al/los tickets sustituidos?


Gracias y un saludo.
Y eso que lo he resaltado en negro....

Para abonar , al emitir la F2 en negativo , te aconsejo que anotes en observaciones, el numero y fecha de la F2 que anulas, para garantizar la trazabilidad, aunque no sea obligatorio, y si mucho me apuras haria lo mismo en la F1.


Eso si , siempre 1 X 1 , anulas 1 F2 , creas una F1, para hacerlo con varias esta la F3....
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  #11  
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Y eso que lo he resaltado en negro....




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Eso si , siempre 1 X 1 , anulas 1 F2 , creas una F1, para hacerlo con varias esta la F3....

Perfecto. Ya está claro clarinete que no usaré el tipo F3 "asimematen"


Gracias compañero.
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  #12  
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Habeis publicado una pregunta y respuesta de las FAQ's sobre las facturas tipo F3, pero la respuesta es incompleta. Acabo de buscarla y este es el texto completo, en el que hace alusión a que "no se tendrá en cuenta el IVA repercutido en la factura para evitar una duplicidad con la factura simplificada inicial"
Imágenes Adjuntas
Tipo de Archivo: jpg faq1.jpg (160,2 KB, 53 visitas)
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  #13  
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Habeis publicado una pregunta y respuesta de las FAQ's sobre las facturas tipo F3, pero la respuesta es incompleta. Acabo de buscarla y este es el texto completo, en el que hace alusión a que "no se tendrá en cuenta el IVA repercutido en la factura para evitar una duplicidad con la factura simplificada inicial"
Hola, esque yo puse la captura de las FAQ del verifactu , y esta que me pones es la del SII, de todas formas gracias, por el comentario.
La F3, no anula los tickets, sino que los recopila en una sola factura , que no se vuelve a contabilizar, puesto que no anula las F2 a las que hace referencia.
Luego se que el SII tiene las F4, que se me escapa la diferencia con las F3... Creo que uno recopila los tickets que el usuario ha presentado a hacienda, y el otro unos que no se han presentado o algo asi.
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  #14  
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Hola, esque yo puse la captura de las FAQ del verifactu , y esta que me pones es la del SII, de todas formas gracias, por el comentario.
La F3, no anula los tickets, sino que los recopila en una sola factura , que no se vuelve a contabilizar, puesto que no anula las F2 a las que hace referencia.
Luego se que el SII tiene las F4, que se me escapa la diferencia con las F3... Creo que uno recopila los tickets que el usuario ha presentado a hacienda, y el otro unos que no se han presentado o algo asi.

La diferencia es que en el SII lo que se envía efectivamente es un resumen de tickets que no tiene la consideración de factura, es como si fuera una factura pero sin tener repercusión tributaria, sin embargo en VeriFactu es una factura que se emite para sustituir tickets ya declarados y es lo que genera el problema en los programas de gestión que no se debería de mezclar estas facturas con las normales porque en realidad no son mayor venta.


Saludos.
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  #15  
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La diferencia es que en el SII lo que se envía efectivamente es un resumen de tickets que no tiene la consideración de factura, es como si fuera una factura pero sin tener repercusión tributaria, sin embargo en VeriFactu es una factura que se emite para sustituir tickets ya declarados y es lo que genera el problema en los programas de gestión que no se debería de mezclar estas facturas con las normales porque en realidad no son mayor venta.


Saludos.
Entonces , la F3, lo que hace es anular las facturas notificadas y refacturarlas en una factura recopilatoria, que se usa para poderla presentar para desgrabarsela no?
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  #16  
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La diferencia es que en el SII lo que se envía efectivamente es un resumen de tickets que no tiene la consideración de factura, es como si fuera una factura pero sin tener repercusión tributaria, sin embargo en VeriFactu es una factura que se emite para sustituir tickets ya declarados y es lo que genera el problema en los programas de gestión que no se debería de mezclar estas facturas con las normales porque en realidad no son mayor venta.


Saludos.
No es correcto Newtron, el asiento F4 en el SII, sí tiene repercusión tributaria, su número de factura es el primero de la serie que envías y se informan de todas las facturas simplificadas emitidas en el mismo día, consecutivas y sin identificación de destinatario. Esto te ahorra enviar las facturas simplificadas una a una. Por lo tanto, o envías F4 o envías todas las F2.
No tiene nada que ver con una factura F3, que también tiene el SII, la factura tipo F3 sustituye una o más facturas simplificadas por una única factura ordinaria F3. En este caso, esta factura F3 no tendría trascendencia tributaria a efectos de Iva por que ya han sido declaradas, bien a través de F4 o de F2, pero sí se debe declarar en el libro de facturas emitidas y en el 347 ya que esa F3 estará asigna a un cliente.

Última edición por sglorka fecha: Hace 1 Día a las 15:11:01.
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  #17  
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Entonces , la F3, lo que hace es anular las facturas notificadas y refacturarlas en una factura recopilatoria, que se usa para poderla presentar para desgrabarsela no?
La F3 no anula nada. Sólo sirve para desgravar el gasto y soportar el Iva, si tuviera derecho el cliente, que en su momento, no pidió factura ordinaria cuando realizó la operación, ya que, para poder deducirte un gasto o poder soportar un Iva, la factura tiene que estar a nombre de la empresa que la recibe.

El método que comentas de crear una factura recapitulativa, también es válido, pero el proceso se realizaría abonando ( con signo cambiado ) todas las facturas simplificadas F2 y creando una factura recapitulativa F1 con los tiques originales que acabas de abonar. Esto es así porque si no estarías duplicando la venta. Esta factura SÍ tiene trascendencia tributaria a efectos de Iva (ya que has abonado las simplificadas) y también va al 347 y al libro de facturas emitidas

Última edición por sglorka fecha: Hace 1 Día a las 15:15:14.
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  #18  
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La F3 no anula nada. Sólo sirve para desgravar el gasto y soportar el Iva, si tuviera derecho el cliente, que en su momento, no pidió factura ordinaria cuando realizó la operación, ya que, para poder deducirte un gasto o poder soportar un Iva, la factura tiene que estar a nombre de la empresa que la recibe.

El método que comentas de crear una factura recapitulativa, también es válido, pero el proceso se realizaría abonando ( con signo cambiado ) todas las facturas simplificadas F2 y creando una factura recapitulativa F1 con los tiques originales que acabas de abonar. Esto es así porque si no estarías duplicando la venta. Esta factura SÍ tiene trascendencia tributaria a efectos de Iva (ya que has abonado las simplificadas) y también va al 347 y al libro de facturas emitidas
Muchas gracias, @sglorka por la orientacion, un saludo.

Entonces entiendo , que yo ya pase a hacienda el IVA de mis F2, en su dia y el cliente pasda su IVA, para poder desgrabarselo con la F3, verdad, es que en algunas cosas soy muy cerrado, gracias de verdad y perdonad mi torpeza.
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  #19  
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Muchas gracias, @sglorka por la orientacion, un saludo.

Entonces entiendo , que yo ya pase a hacienda el IVA de mis F2, en su dia y el cliente pasda su IVA, para poder desgrabarselo con la F3, verdad, es que en algunas cosas soy muy cerrado, gracias de verdad y perdonad mi torpeza.
Exactamente, tu declaraste el Iva en su momento con la F2 y el cliente ahora puede deducirse el gasto obteniendo una factura completa a su nombre.
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  #20  
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No es correcto Newtron, el asiento F4 en el SII, sí tiene repercusión tributaria, su número de factura es el primero de la serie que envías y se informan de todas las facturas simplificadas emitidas en el mismo día, consecutivas y sin identificación de destinatario. Esto te ahorra enviar las facturas simplificadas una a una. Por lo tanto, o envías F4 o envías todas las F2.
No tiene nada que ver con una factura F3, que también tiene el SII, la factura tipo F3 sustituye una o más facturas simplificadas por una única factura ordinaria F3. En este caso, esta factura F3 no tendría trascendencia tributaria a efectos de Iva por que ya han sido declaradas, bien a través de F4 o de F2, pero sí se debe declarar en el libro de facturas emitidas y en el 347 ya que esa F3 estará asigna a un cliente.

Perdón perdón...llevas razón. Estoy ya desvariando entre SII y VeriFactu.
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