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Herramientas | Buscar en Tema | Desplegado |
#121
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A la hora de firmar el fichero se pone la fecha y la hora.
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#122
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Pues no sé... entonces... Habrá que trabajar con albaranes... where available... claro está... No puede uno estar haciendo facturas como si borradores fuera y luego rectificativas... |
#123
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De eso se trata, que una vez que generas una factura no la puedas modificar.
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#124
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Saludos |
#125
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Saludos |
#126
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Yo creo que para estos casos os han creado, tal y como han dicho, la arquitectura de "firma en Servidor". En ese caso NO hace falta certificado de dispositivo (no está permitido).
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Germán Estévez => Web/Blog Guía de estilo, Guía alternativa Utiliza TAG's en tus mensajes. Contactar con el Clubdelphi ![]() P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas. Última edición por Neftali [Germán.Estévez] fecha: 02-01-2020 a las 10:14:07. |
#127
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Yo creo que esa nota de "En este caso, no se permite la firma con certificado de dispositivo.", es para TODOS los casos de firma de servidor. No sólo se refiere a los procesos batch. Esa nota está al final del apartado.
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Germán Estévez => Web/Blog Guía de estilo, Guía alternativa Utiliza TAG's en tus mensajes. Contactar con el Clubdelphi ![]() P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas. |
#128
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Es como si trabajaras con "facturas proforma". En tu sistema puedes crear, modificar y borrar facturas, pero cuando emites la factura "definitiva" y se la envías al cliente, es cuando empieza todo el proceso que hemos descrito. En ese punto la única opción de modificación, como comentas, son las rectificativas.
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Germán Estévez => Web/Blog Guía de estilo, Guía alternativa Utiliza TAG's en tus mensajes. Contactar con el Clubdelphi ![]() P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas. |
#129
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Aunque no especifica, claramente, que, en esos casos, no se precise certificado de dispositivo. Lo único que especifica es que, en ese caso, no se permite la firma con dicho certificado de dispositivo. Y en el punto 4.1 "Generación del fichero TBAI" del documento de Especificaciones dice: Consideramos dispositivo donde se emiten las facturas a aquel desde el que se accede a la aplicación de facturación, independientemente de que dicho dispositivo acceda a un servidor remoto para el funcionamiento de la aplicación. Por ejemplo: en una aplicación web, el número de serie será el del dispositivo que tiene instalado el navegador. No será, por tanto, el servidor remoto al que accede. Pero ¿cómo obtener número de serie del dispositivo en un proceso con navegador web ????? Saludos |
#130
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Punto 6.5 "Anulación de una factura" del documento de Especificaciones. Saludos |
#131
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#132
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Es decir cuando yo emito y envio una factura a TBAI y por lo que sea esta incorrecta y no hay forma de generar una rectificativa. De todas formas podían dar un poco más de información. Última edición por keys fecha: 02-01-2020 a las 11:15:37. |
#133
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A ver si esto aclara dudas. Cuándo puedo anular una factura Los motivos por los que una empresa puede realizar una cancelación de invoice o e factura, pueden ser, entre otros:
===> Extraído de aquí
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#134
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Yo creo que va por ahí también. Hay errores que no tiene sentido arreglarlos con una rectificativa.
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Germán Estévez => Web/Blog Guía de estilo, Guía alternativa Utiliza TAG's en tus mensajes. Contactar con el Clubdelphi ![]() P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas. |
#135
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Gracias por aclararlo. Saludos |
#136
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Y en las facturas rectificativas hay que especificar el motivo (página 23 del documento de Especificaciones), según el Artículo 80 de la Ley 37/1992 de IVA. Saludos |
#137
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Y el dueño del equipo bastante hace con dejar utilizarlo en ese momento. Se le pide utilizar el navegador durante un momento y nada más. Saludos |
#138
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A mi lo de abrir el equipo me dijeron que lo hacian por ser un informático. Que "logicamente" a un usuario no le podian pedir eso, yo sólo lo comentaba por que hay veces que ni por codigo se puede acceder a ese número. Saludos. |
#139
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Hola buenas,
Buscando info sobre Ticket BAI, para poderlo implementarlo en el software que desarrollo, me he encontrado con este foro. Al menos aquí hay información! :-) He estado echando un vistazo a los PDFs, pero menudo lío! ![]() - El certificado de firma de código es para firmar la aplicación. ¿Supongo que valdrá cualquier certificado de firma de código? Tengo el de Thawte. - El certificado para firmar las facturas. Este lo debe tener la empresa o autónomo que emita las facturas y las debe firmar con él. Vamos, como cuando firmas las de facturae. ¿Correcto? - Certificado de aplicación. ¿Cual es? - Certificado de dispositivo ¿pero éste quién lo pide? Supongo que lo debe pedir el propietario de los ordenadores, es decir, el que emite las facturas ¿no? Ya que si: Cita:
Como nos hagan sacar tropecientos certificados, que baratos no son, vaya tela. En muchas webs dicen que esto será obligatorio para sociedades a partir de 1 Julio 2020 y para el resto para 1 / Enero / 2021. Pero en cambio en la web de gipuzkoa.eus dice: Cita:
Gracias de antemano Saludos |
#140
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Cita:
Según la página 7 del documento de Política de firma, sólo valen los certificados de las Autoridades Certtificadoras de la lista https://webgate.ec.europa.eu/tl-browser/#/tl/ES Cita:
De los 3 certificados del proyecto ticketBAI, no tenemos en la actualidad el de dispositivo, ni tenemos intención de incluirlo en nuestra planificación de corto plazo. El de aplicaciones informáticas estaría cubierto por nuestro sello de entidad y el de firma digital de personas tanto por el de representante como por el de ciudadanos. Cita:
Está descrito en https://www.cert.fnmt.es/documents/1...ente_v1.04.pdf Y su precio está en https://www.cert.fnmt.es/documents/1...omponentes.pdf Pregunté a IZENPE sobre los certificados para TicketBAI y me contestaron: Precios sin IVA: Aplicación ( 3 años) - software - 274,40 € Dispositivo (5 años) - software - 8,24€ Firma de Código ( 3 años) tarjeta o software - Tarjeta:757,26 € - Sofware: 749,11 € Cita:
Aquí, en Bizkaia, para empresas, empieza de forma voluntaria el 1 de julio de 2020 y de forma obligatoria el 1 de enero de 2021. En caso de ponerlo en marcha en el 2020, se podrá desgravar, en el impuesto sobre sociedades, un 30% adicional de los gastos de hardware y software necesarios. Si tienes 40 minutos libres, mira el video de la rueda de prensa de Hacienda Foral de Bizkaia: http://web.bizkaia.eus/es/web/area-d...tailView/20662 Saludos |
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