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#1
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Facturas simplificadas
Buenas, tengo un programa de facturación TPV el cual estoy intentando migrarlo a Verifactu.
Tengo una duda con las facturas simplificadas (antiguo "ticket"). He leido en la web de la Agencia Tributaria que también hay que enviar las facturas simplificadas por Verifactu. La ley permite emitir una factura simplificada y una factura a la vez de una misma venta. En el código XML del envío de facturas por Verifactu no veo ningún campo que haga referencia de que esa factura simplificada y esa factura en realidad provienen de la misma venta. ¿No se contabilizarán esos 2 envíos de esas facturas como que se ha ganado con esa venta el doble por parte de AEAT, cuando realmente es la misma venta? Por ejemplo: - Venta de articulo "A" por 20 euros. - Genero factura simplificada por 20 euros y la envío a Verifactu. - Genero factura normal por 20 euros y la envío a Verifactu. - Sin saber la AEAT que provienen de la misma venta... ¿contabilizarán una ganancia de 40 euros? |
#2
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Cita:
Buenas, Me temo que te has liado o yo te he entendido mal. O creas una simplificada (en verifactu F2) o por contra creas un factura normal (F1) pero nunca las dos. La diferencias entre ambas es que en la simplificada no estas obligado a identificar al cliente (imagina que en un supermercado tienes que identificar a todos los clientes, la cola se sale del local) mientras que en la normal es requisito necesario el hacerlo. Otra cuestion es que si haces la venta y emites una simplificada el cliente te solicite despues la factura con sus datos sobre esa simplificada que emitistes con anterioridad y que entregaqstes al cliente en cuyo caso se emite una rectificativa por sustitucion sobre la simplificada. Como ves la venta solo queda reflejada fiscalmente en una factura, (o en la simplificada o en la factura normal que la sustutuye) un saludo |
#3
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Sí, lo correcto es lo que comentas y es algo que ya tenía contemplado, pero al poder hasta ahora convivir a la vez las facturas simplificadas y las facturas de una misma venta no sabía si esto era extrapolable a Verifactu. Aunque con esto de enviar a Verifactu facturas rectificativas de las facturas simplificadas y luego enviar la factura normal va a parecer que hubo una anulación completa de una venta, cuando en realidad es un cambio de tipo de factura de esa misma venta.
Lo haré así como comentas. Muchas gracias. |
#4
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Cita:
1. una factura sustitutiva de la simplificada. ( Ojo no Rectificativa ) 2. Dos pasos: realizar un abono de la simplificada y factura ordinaria del contenido de la factura simplificada. ( esto esta admitido por la AEAT ): Última edición por delphiGar fecha: 23-11-2024 a las 10:55:50. |
#5
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Cita:
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#6
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Sin embargo en la pagina de AEAT :
https://sede.agenciatributaria.gob.e...s-factura.html dice algo que no me queda claro: Cita:
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#7
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y yo me pregunto, si emites simplificadas, para que quieres emitir una factura normal?
Creo que lo más lógico es emitir una u otra. Si el cliente te pide factura, la imprimes y se la das, yo lo que hago es emitir una factura resumen, que incluye las facturas simplificadas X... |
#8
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Cita:
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#9
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Hola
Soy nuevo en esto del verifactu y estoy en la misma situación, si realizar F3 o (R5 + F1), por lo que he consultado también las dos operativas son validas Una duda que me surge, en una misma serie, se pueden tener facturas del tipo F1 y F2 o es obligatorio que cada serie sea de un solo tipo. Espero ir ayudando por el foro para resolver temas en lo que pueda Saludos y gracias por un espacio como este para que podamos realizar nuestras consultas |
#10
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Cita:
Saludos |
#11
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No entiendo a que te refieres, la fecha de operación si que la coloco y van en orden, la cuestión si se pueden colocar en una serie factura del tipo F1 y F2, la única diferencia es que una lleva la identificación cliente y la F2 no, pero por lo demás son iguales, por lo menos las que yo realizo, y a mi la verifactu no se queja de colocar una F1 y luego una F2 con la misma serie y numero correlativo, la cuestión es si es legal realizar eso, ojo que no me refiere a que la F1 y la F2 son iguales si, para da son totalmente diferentes
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#12
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Cita:
En cuanto a las series, las simplificadas deben ir en una serie diferente para poder cumplir con el reglamento de facturación ñ: Cita:
Saludos |
#13
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Pregunta a los expertos.
No seria mas claro que para subsanar cualquier error se emitiera factura rectificativa SUSTITUTIVA que sea igual que la original pero en NEGATIVO esta opcion se realiza mediante una sola tecla u opcion del menu y solo habria que indicar el motivo de la emision de la rectificativa sustituiva ya que el datlle de factura lo cogeria automaticamente, y a continuacion o al día siguiente cuando se ha revisado el tema, se emite la nueva factura con los arreglos necesarios para que pase como CORRECTA Evitamos controlar contabilidad (las aplicaciones que enlacen en tiempo real con la contabilidad tienen un prblema con estos casos, lo mismo ocurre con la declaración del IVA y posteriormente 347 y demas formularios oficiales. Creo que en un ejercicio normal, no se producen tantos errores como para que sea alarmante Agradeceria las opiniones al respecto Gracias Última edición por frrr@grupo3rs.c fecha: 15-02-2025 a las 18:41:36. |
#14
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Cita:
- Cliente al que se emite una Factura Simplificada (F2) (sin datos de cliente) y al tiempo (mucho o poco) pide la factura con sus datos. - Cliente al que se emiten facturas simplificadas (F2) durante el mes, y al final del mismo quiere una facturas Completa / Recapitulativa que contenga todas las simplificadas. Si alguien ya tiene respuesta clara de Hacienda a esto se agradecerá, cuando nosotros la tengamos también la compartiremos por aquí. Y de paso otro tema, suponiendo que usemos la opción de emitir facturas (F3) para la sustitución de las simplificadas (F2), que sucedería si una de las facturas simplificadas (F2) contenida en la F3 debe ser rectificada, como afecta a la F3, hay que anularla, simplemente se modific?. Igual es algo muy básico que habéis comentado, pero no hemos encontrado nada al respecto, y vuestra opinión nos parece interesante. Ya lo hemos consyultado a Hacienda, pero por ahora no tenemos respuesta. Muchas gracias!! |
#15
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Y no es más sencillo anular la factura F2 (baja) en VeriFactu y luego emitir una nueva F1?
La que das de baja la marcas en tu sistema como “cancelada” o “convertida a Factura Cualitativa” y luego en la nueva F1 le pones en el detalle que es una conversión de X factura simple. La figura F3 para hacienda está muy bien, pero para los programadores es un dolor de muelas para encajarla en los sistemas actuales.Y la opción de Abono+Nueva factura me parece una solución aceptable en según qué casos. Yo lo que hago es una tabla de cabeceras de facturas cualificadas asociadas a las cabeceras de los tickets. Así me ahorro tener que hacer abono completo previamente para que todo cuadre a nivel contable y de stockaje. El problema aquí estará en cuando te pidan la “factura resumen” del mes…
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El recuerdo es la prisión en la que el alma sueña pasado, cuando no vive el presente, ni quiere un futuro. |
#16
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Cita:
El día de la emisión se "matan" la factura simplificada de abono y la factura ordinaria, su suma debe dar cero. Además, he visto en este hilo hacer la operación R5 + F1, no por Dios. R5 es una rectificativa de simplificada, la operación es -F2+F1 |
#17
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Entonces la F3 solo se daría en el caso de querer pasar multiples simplificadas a una sola factura completa no??? O sea, ese sería el caso en el que lo optimo sería hacer la F3, si es solo una simplificada mejor realizar el abono y la posterior F1 (-F2 +F1) entiendo.
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