Club Delphi  
    FTP   CCD     Buscar   Trucos   Trabajo   Foros

Retroceder   Foros Club Delphi > Principal > Internet
Registrarse FAQ Miembros Calendario Guía de estilo Temas de Hoy

Grupo de Teaming del ClubDelphi

Respuesta
 
Herramientas Buscar en Tema Desplegado
  #1  
Antiguo Hace 2 Semanas
antoine0 antoine0 is offline
Miembro
 
Registrado: oct 2021
Posts: 144
Poder: 3
antoine0 Va por buen camino
Cita:
Empezado por novatico Ver Mensaje
Aunque este dictamen versa sobre la Facturación Electrónica, hace varias puntualizaciones que creo que nos afectan. La que me parece más significativa es:

"El CES considera necesario que el Proyecto de Real Decreto garantice de forma explícita la coherencia con la propuesta de la Comisión Europea “IVA en la Era Digital”, "VAT in the Digital Age" en inglés, publicado el 8 de diciembre de 2022, y cuyo objeto es modernizar el sistema del iva de la Unión Europea, abordando los retos relacionados con la economía de plataformas e introduciendo un registro único a efectos del iva para evitar registros múltiples dentro de la Unión Europea. De esta forma, el sistema de declaración del iva para las transacciones transfronterizas de la Unión Europea se basará en la facturación electrónica y en la norma europea de facturación electrónica, y además a los Estados miembros que deseen establecer un sistema de declaración del iva para las operaciones nacionales, se les exigirá que también lo basen en la facturación electrónica. Así, la facturación electrónica se convertirá en el método de facturación por defecto antes de enero de 2028."

Según entiendo yo, va a ser la Facturación Electrónica el punto de partida también para la declaración del iva, y no temas independientes y separados. Esto me genera aún más confusión.
¿ Que pensáis vosotros ?

Podéis verlo en el siguiente enlace:
https://www.ces.es/documents/10180/5.../Dic032024.pdf
Mmmm. Un organismo emite un informe sobre un proyecto de texto (que se redacta desde 2022, y posiblemente antes), para criticar de forma velada que este proyecto no está suficientemente alineado con una propuesta de directiva de la Comisión (en tramites de adopción). Me parece correcto que lo haga, pero no veo en qué nos afecta.

Luego si se lee la propuesta de la comisión (COM(2022) 701 final), se ve que hay una diferencia importante entre las facturas intracomunitarias, dónde la comisión quiere que pasen al 100% electrónico, y las facturas nacionales (donde la comisión no tiene las mismas competencias, si leo bien), donde se dice que hay que «modernizar las obligaciones de notificación a efectos del IVA mediante la introducción de requisitos de notificación digital, que normalizarán la información que deben presentar, en formato electrónico, los sujetos pasivos a las autoridades tributarias sobre cada operación» (1º parágrafo 3ª página, en la exposición de motivos).
Para mi, esto suena muchísimo más a SII o Veri*factu que a facturas electrónicas tipo Factura-e.
Entonces estoy en desacuerdo sobre el texto que has puesto en negrita: para mi entender no se exige pasar a la facturación electrónica en nacional; y no veo que será por esta razón si la facturación siga electrónica por defecto en 2028.

Ahora bien, entiendo que se está generando confusión.
Y lo veo así desde el principio, cuando surgen casi al mismo tiempo dos normas, con objetivos similares pero distintos, con implementaciones también distintas (hasta el punto que con lo que hay actualmente sobre la mesa, cada factura se debe declarar dos veces a las administraciones públicas, la cual cosa parece una locura), viniendo de dos ministerios distintos.
Y creo que la clave está en lo último: detrás de esto hay luchas de poderes.
Responder Con Cita
  #2  
Antiguo Hace 1 Semana
ermendalenda ermendalenda is offline
Miembro
 
Registrado: ago 2021
Posts: 886
Poder: 3
ermendalenda Va por buen camino
Cita:
Empezado por antoine0 Ver Mensaje
Mmmm. Un organismo emite un informe sobre un proyecto de texto (que se redacta desde 2022, y posiblemente antes), para criticar de forma velada que este proyecto no está suficientemente alineado con una propuesta de directiva de la Comisión (en tramites de adopción). Me parece correcto que lo haga, pero no veo en qué nos afecta.

Luego si se lee la propuesta de la comisión (COM(2022) 701 final), se ve que hay una diferencia importante entre las facturas intracomunitarias, dónde la comisión quiere que pasen al 100% electrónico, y las facturas nacionales (donde la comisión no tiene las mismas competencias, si leo bien), donde se dice que hay que «modernizar las obligaciones de notificación a efectos del IVA mediante la introducción de requisitos de notificación digital, que normalizarán la información que deben presentar, en formato electrónico, los sujetos pasivos a las autoridades tributarias sobre cada operación» (1º parágrafo 3ª página, en la exposición de motivos).
Para mi, esto suena muchísimo más a SII o Veri*factu que a facturas electrónicas tipo Factura-e.
Entonces estoy en desacuerdo sobre el texto que has puesto en negrita: para mi entender no se exige pasar a la facturación electrónica en nacional; y no veo que será por esta razón si la facturación siga electrónica por defecto en 2028.

Ahora bien, entiendo que se está generando confusión.
Y lo veo así desde el principio, cuando surgen casi al mismo tiempo dos normas, con objetivos similares pero distintos, con implementaciones también distintas (hasta el punto que con lo que hay actualmente sobre la mesa, cada factura se debe declarar dos veces a las administraciones públicas, la cual cosa parece una locura), viniendo de dos ministerios distintos.
Y creo que la clave está en lo último: detrás de esto hay luchas de poderes.
Estoy de acuerdo, lucha de poderes, pero el objetivo más fuerte no es tener acceso a la información que enviamos a uno u otro ministerio, es algo mucho más antiguo, lo han colado en la ley anrifraude y apenas le hemos prestado atención, es tener libre acceso al domicilio del sujeto pasivo para revisarle la contabilidad(el software), sin tener que depender de una orden judicial.
En ello están ahora las asociaciones de empresarios en denunciar esto.
Responder Con Cita
  #3  
Antiguo Hace 1 Semana
ermendalenda ermendalenda is offline
Miembro
 
Registrado: ago 2021
Posts: 886
Poder: 3
ermendalenda Va por buen camino
Buenas, alguien ha podido revisar los cambios que han subido hoy?
Responder Con Cita
  #4  
Antiguo Hace 1 Semana
novatico novatico is offline
Miembro
 
Registrado: dic 2022
Posts: 20
Poder: 0
novatico Va por buen camino
Cita:
Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Buenas, alguien ha podido revisar los cambios que han subido hoy?
Yo he descargado y revisado los 2 documentos.

En el DRAnexoOM_RD1007 vers. 0.13.1, en la pag. 0, como siempre aparece la lista de supuestos cambios en el resto de páginas, pero no se si estoy ciego pero no veo a que hace referencia.

En el documento de Validaciones y Errores, explica más concretamente que permiten algunos campos, como y cuando rellenarlos y también detalla algo con respecto a las "altas" y "anulaciones", que yo no había visto antes. Concretamente dice que, aunque en un mismo envío VERI*FACTU, se pueden incluir ALTAS y ANULACIONES, deben estar en diferentes bloques de "RegistroFactura", es decir, hacer como mínimo, un bloque de "RegistroFactura" para los "RegistrosAlta" y otro bloque de "RegistroFacturas" para los "RegistroAnulacion". No me queda claro si los puedo ir alternando según se hayan generado las facturas o debo agruparlos en 2 bloques para enviarlos. Esto lo puedes ver en el apartado "3.1.2 Validaciones de negocio del bloque RegistroFactura" del PDF de Validaciones.

Hay más validaciones que aclarán las posibilidades de algunos campos.

Un saludo.

Última edición por novatico fecha: Hace 1 Semana a las 11:37:16.
Responder Con Cita
  #5  
Antiguo Hace 1 Semana
ermendalenda ermendalenda is offline
Miembro
 
Registrado: ago 2021
Posts: 886
Poder: 3
ermendalenda Va por buen camino
Cita:
Empezado por novatico Ver Mensaje
Yo he descargado y revisado los 2 documentos.

En el DRAnexoOM_RD1007 vers. 0.13.1, en la pag. 0, como siempre aparece la lista de supuestos cambios en el resto de páginas, pero no se si estoy ciego pero no veo a que hace referencia.

En el documento de Validaciones y Errores, explica más concretamente que permiten algunos campos, como y cuando rellenarlos y también detalla algo con respecto a las "altas" y "anulaciones", que yo no había visto antes. Concretamente dice que, aunque en un mismo envío VERI*FACTU, se pueden incluir ALTAS y ANULACIONES, deben estar en diferentes bloques de "RegistroFactura", es decir, hacer como mínimo, un bloque de "RegistroFactura" para los "RegistrosAlta" y otro bloque de "RegistroFacturas" para los "RegistroAnulacion". No me queda claro si los puedo ir alternando según se hayan generado las facturas o debo agruparlos en 2 bloques para enviarlos. Esto lo puedes ver en el apartado "3.1.2 Validaciones de negocio del bloque RegistroFactura" del PDF de Validaciones.

Hay más validaciones que aclarán las posibilidades de algunos campos.

Un saludo.
Gracias
Van soltando poco a poco para que no nos aburramos
Responder Con Cita
  #6  
Antiguo Hace 1 Semana
CarlosR CarlosR is offline
Miembro
 
Registrado: sep 2015
Posts: 65
Poder: 9
CarlosR Va por buen camino
Firma digital

Cita:
Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Gracias
Van soltando poco a poco para que no nos aburramos

Usando algo de ironía le daría la razón. Pero creo que los tiros no van por ahí.

Cuando ya tienes algo hecho van y te fastidian el código. Como si se disfrutara de tiempo libre o si esto fuese un jobi.
O no lo tienen claro o demoran el tiempo para que coincida con la implantación in-situ en los clientes.
Personalmente nunca entendí que los desarrolladores tuviesen que tenerlo antes que los clientes. ¿ Cómo se puede hacer para tenerlo listo antes y no seguir actualizando a los clientes ? Y si se actualiza a los clientes entonces ya estarían obligados.



Aparte de esta discusión que tampoco lleva a ningún puerto, ¿ alguien está trabajando en firmar el xml ?
No me refiero a usar la firma digital para el canal de comunicaciones del webservice sino a la firma en el propio xml.

En el documento sometido a trámite de audiencia e información pública el 4 de enero de 2024 en la página 18 artículo 14 se habla de firma electrónica de los registros de facturación.

No detalla ni especifica si es para NO verifactu exclusivamente. Entiendo que sí. Pero aunque no se requiera en verifactu, ¿ alguien lo va a usar ? ¿ Sabe como hacerlo ?
No encontré ninguna información al respecto.


Un saludo.
Responder Con Cita
  #7  
Antiguo Hace 1 Semana
novatico novatico is offline
Miembro
 
Registrado: dic 2022
Posts: 20
Poder: 0
novatico Va por buen camino
Cita:
Empezado por CarlosR Ver Mensaje
Usando algo de ironía le daría la razón. Pero creo que los tiros no van por ahí.

Cuando ya tienes algo hecho van y te fastidian el código. Como si se disfrutara de tiempo libre o si esto fuese un jobi.
O no lo tienen claro o demoran el tiempo para que coincida con la implantación in-situ en los clientes.
Personalmente nunca entendí que los desarrolladores tuviesen que tenerlo antes que los clientes. ¿ Cómo se puede hacer para tenerlo listo antes y no seguir actualizando a los clientes ? Y si se actualiza a los clientes entonces ya estarían obligados.



Aparte de esta discusión que tampoco lleva a ningún puerto, ¿ alguien está trabajando en firmar el xml ?
No me refiero a usar la firma digital para el canal de comunicaciones del webservice sino a la firma en el propio xml.

En el documento sometido a trámite de audiencia e información pública el 4 de enero de 2024 en la página 18 artículo 14 se habla de firma electrónica de los registros de facturación.

No detalla ni especifica si es para NO verifactu exclusivamente. Entiendo que sí. Pero aunque no se requiera en verifactu, ¿ alguien lo va a usar ? ¿ Sabe como hacerlo ?
No encontré ninguna información al respecto.


Un saludo.
Con respecto a las fechas diferentes para desarrolladores y clientes, supone llevar paralelamente 2 programas, uno el que puedes instalar a los clientes hasta la fecha de entrada en vigor para ellos, y otro el que vas desarrollando con todo lo que necesitas incluir para cumplir la OM.

En el documento que publicaron de preguntas realizadas en el último webinar, dejan claro que la firma de los registros de facturación SOLO ES PARA NO VERIFACTU.

Por último comentar que, hasta hace poco en mi empresa se pretendía desarrollar una aplicación DUAL, es decir, para VERIFACTU y para NO VERIFACTU, pero con los últimos cambios que están introduciendo en todos los diseños y en la operativa, así como en la problemática de que el cliente sea el depositario de los Registros de Facturación, perdiendo los desarrolladores el control aunque no parte de la responsabilidad, estamos prácticamente decididos a desarrollar la aplicación como SOLO VERIFACTU, con la única salvedad de controlar la posibilidad de que el OT esté excluido de presentar los registros, como por ejemplo si está sujeto al SII.
Responder Con Cita
  #8  
Antiguo Hace 1 Semana
Avatar de Neftali [Germán.Estévez]
Neftali [Germán.Estévez] Neftali [Germán.Estévez] is offline
[becario]
 
Registrado: jul 2004
Ubicación: Barcelona - España
Posts: 18.289
Poder: 10
Neftali [Germán.Estévez] Es un diamante en brutoNeftali [Germán.Estévez] Es un diamante en brutoNeftali [Germán.Estévez] Es un diamante en bruto
Cita:
Empezado por CarlosR Ver Mensaje
Aparte de esta discusión que tampoco lleva a ningún puerto, ¿ alguien está trabajando en firmar el xml ?
No me refiero a usar la firma digital para el canal de comunicaciones del webservice sino a la firma en el propio xml.

Podéis revisar, si os queréis hacer una idea, el sistema de firma que se usa en TciketBAI (firma del XML) que imaginamos que va a ser similar a la que nos pedirán aquí.
Así podéis haceros una idea de los diferentes sistemas o componentes (SecureBlackBox , TElXMLSigner, Autofirma, Chillkat,...) que se pueden usar para firmar un XML y ver también algo de código.
Revisad este mensaje en la parte de Firmar XML.

NOTA DEL MODERADOR: Lo que si os pido es que no mezcléis referencias de ese hilo -TicketBAI- en este; Que nos sirva como consulta, pero hasta que no podamos discutir aquí sobre la firma en LeyAntifraude, no hagamos suposiciones ni demos por hecho que va a ser igual que allí (gracias).
__________________
Germán Estévez => Web/Blog
Guía de estilo, Guía alternativa
Utiliza TAG's en tus mensajes.
Contactar con el Clubdelphi

P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas.

Última edición por Neftali [Germán.Estévez] fecha: Hace 1 Semana a las 12:41:14.
Responder Con Cita
Respuesta



Normas de Publicación
no Puedes crear nuevos temas
no Puedes responder a temas
no Puedes adjuntar archivos
no Puedes editar tus mensajes

El código vB está habilitado
Las caritas están habilitado
Código [IMG] está habilitado
Código HTML está deshabilitado
Saltar a Foro

Temas Similares
Tema Autor Foro Respuestas Último mensaje
Hijo de Informáticos gluglu Humor 3 13-03-2007 11:05:35
Adictos informaticos ... Trigger Humor 2 11-10-2004 12:18:32
Nosotros los Informáticos Trigger Humor 1 10-10-2004 14:58:09
Patrón de los Informáticos. obiwuan Varios 20 10-09-2003 14:44:54
Chistes Informaticos jhonny Humor 2 11-08-2003 21:59:09


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 13:03:52.


Powered by vBulletin® Version 3.6.8
Copyright ©2000 - 2024, Jelsoft Enterprises Ltd.
Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi
Copyright 1996-2007 Club Delphi