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Antiguo 22-03-2024
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Buenos días, unas duda sobre rectificativas por diferencias y por sustitución (lio de signos). ¿Estas siempre se expresan en negativo o si es por sustitución en positivo si sustituyen a una factura determinada y que viene expresada en positivo y cuando sustituye a un abono se expresaria en negativo?
Gracias.
__________________
Se humilde para admitir tus errores, inteligente para aprender de ellos y maduro para corregirlos.
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  #2  
Antiguo 22-03-2024
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Buenos días, unas duda sobre rectificativas por diferencias y por sustitución (lio de signos). ¿Estas siempre se expresan en negativo o si es por sustitución en positivo si sustituyen a una factura determinada y que viene expresada en positivo y cuando sustituye a un abono se expresaria en negativo?
Gracias.
Si es por sustitución en el campo de base, cuota sustituida hay que ponerlo en positivo si la factura era positiva. Por lo menos en el SII y en TicketBAI
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  #3  
Antiguo 22-03-2024
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Buenos días, unas duda sobre rectificativas por diferencias y por sustitución (lio de signos). ¿Estas siempre se expresan en negativo o si es por sustitución en positivo si sustituyen a una factura determinada y que viene expresada en positivo y cuando sustituye a un abono se expresaria en negativo?
Gracias.
Hola, yo solo lo hago por diferencias, clave "I" y lo que haces es una factura o tiquet con signo contrario a las cantidades de las lineas de la factura original, normalmente en negativo ya que se suele corregir un importe positivo, de las lineas/cantidades que quieres Corregir. Y ya informas aue factura has corregido, yo he añadido un campo en la tabla de la factura en la que informo de la cantidad corregida, y no permito corregir más de la original, pero si permito hacer varias rectificativas por diferencias mientras no se quede a 0 la original.
Ya cada uno usa la de diferencias o la de sustititucion según la necesidad.
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  #4  
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Hola, yo solo lo hago por diferencias, clave "I" y lo que haces es una factura o tiquet con signo contrario a las cantidades de las lineas de la factura original, normalmente en negativo ya que se suele corregir un importe positivo, de las lineas/cantidades que quieres Corregir. Y ya informas aue factura has corregido, yo he añadido un campo en la tabla de la factura en la que informo de la cantidad corregida, y no permito corregir más de la original, pero si permito hacer varias rectificativas por diferencias mientras no se quede a 0 la original.
Ya cada uno usa la de diferencias o la de sustititucion según la necesidad.
Vale entendido perfectamente clave I por diferencias en precios, cantidades etc... y evidentemente signo contrario al emitido y sin superar el importe de la emitida y que se está rectificando (Estupendo).
Pero entonces, ¿por sustitución para que diablos es? ¿Quizás sustituir en la totalidad la que se está rectificando?

¿El campo que comentas en la tabla factura "cantidad corregida" lo especificas en la factura original o en cada una de las rectificativas emitidas?


Aprovecho para aclarar un tema:
Gracias por las dos respuestas recibidas a la pregunta.
No doy las gracias cada vez que recibo una respuesta a alguna pregunta, no por falta de ganas, sino por no cargar el foro.
Cuando hago una pregunta y alguien responde, estoy agradecido por esa respuesta eternamente, me sirva o no, solo por el mero hecho del tiempo que ha invertido esa persona, en darme respuesta.
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  #5  
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Vale entendido perfectamente clave I por diferencias en precios, cantidades etc... y evidentemente signo contrario al emitido y sin superar el importe de la emitida y que se está rectificando (Estupendo).
Pero entonces, ¿por sustitución para que diablos es? ¿Quizás sustituir en la totalidad la que se está rectificando?

¿El campo que comentas en la tabla factura "cantidad corregida" lo especificas en la factura original o en cada una de las rectificativas emitidas?


Aprovecho para aclarar un tema:
Gracias por las dos respuestas recibidas a la pregunta.
No doy las gracias cada vez que recibo una respuesta a alguna pregunta, no por falta de ganas, sino por no cargar el foro.
Cuando hago una pregunta y alguien responde, estoy agradecido por esa respuesta eternamente, me sirva o no, solo por el mero hecho del tiempo que ha invertido esa persona, en darme respuesta.
Yo no uso la de sustitución, de momento, así que no se decirte los usos, croe que tb es para modificar errores de ivas etc. Pero prefiero, por nuestra forma de trabajar, emitir solo por diferencias.
El campo al que hago referencia es solo para control del programa, no lo presento en ningún lado, para que no descuenten más lineas de un producto. OJO no lo hago por el total , el control es linea a línea, entre otras cosas por que el iva puede ser diferente y ademas aprovecho para usarlo como control, mejoras en los inventarios etc. Y cuando rectifico dl previo unitario(siempre positivo) es el que tenía en la original.
Tw puedo aconsejar otra cosa
Imagina que viene un cliente con un producto a devolver que es exclusivo tuyo o sabes que es cliente fijo y no trae factura. La solución, un buscador de productos/facturas ...

Última edición por ermendalenda fecha: 22-03-2024 a las 18:40:14.
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  #6  
Antiguo 22-03-2024
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Redondeo

Pues no voy a tocar nada más de redondeos, y a ver que nos cuenta el reglamento verifactu y después el de factura electronica, que supongo deben coincidir .
Si no recuerdo mal. En ticketbai permiten una pequeña variación al igual que el SII
Y esto dice la AEAT ren preguntas frecuentes pero que no responde a la coincidierncia o no coincidencia de los totales con la suma de los importes redondeados a 2 o a 8 decimales.

Cita:
La Ley del Impuesto no establece un método específico de redondeo. A efectos de determinar la base imponible de las operaciones sujetas al impuesto, si bien nada impide que el importe de la contraprestación de las operaciones sujetas al impuesto, o los correspondientes valores o precios referidos en los apartados 1 y 2 del artículo 5 de la Ley del Impuesto figuren expresados en euros con más de dos decimales, será necesario realizar para cada operación de adquisición el redondeo por exceso o por defecto al segundo decimal que corresponda al céntimo de euro más próximo, para la debida determinación de la base imponible. En caso de que el importe previo al redondeo esté expresado con tres decimales y el tercer decimal sea exactamente la mitad de un céntimo, el redondeo se efectuará por exceso al céntimo superior más próximo.

A título de ejemplo, un importe de 60,2523 euros deberá redondearse a la baja a 60,25 euros, mientras que 60,2571 euros deberá redondearse al alza a 60,26 euros. A su vez, un importe de 60,2550 euros deberá redondearse al alza a 60,26 euros.

Asimismo, a efectos de aplicar la regla de neteo prevista en el apartado 3 del artículo 5 de la Ley del Impuesto, el cociente resultante de dividir la suma de las contraprestaciones de las adquisiciones a las que se refiere dicho apartado por el número de valores adquiridos se redondeará también por exceso o por defecto al segundo decimal que corresponda al céntimo de euro más próximo.

La descrita operación de redondeo será de aplicación, en caso necesario, para el cálculo de la cuota del impuesto.
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  #7  
Antiguo 23-03-2024
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Pues no voy a tocar nada más de redondeos, y a ver que nos cuenta el reglamento verifactu y después el de factura electronica, que supongo deben coincidir .
Si no recuerdo mal. En ticketbai permiten una pequeña variación al igual que el SII
Y esto dice la AEAT ren preguntas frecuentes pero que no responde a la coincidierncia o no coincidencia de los totales con la suma de los importes redondeados a 2 o a 8 decimales.
Bueno creo que ya tengo la solución
Después de darles muchas vueltas y meter en la coctelera la problemática de redondeo en los totales he llegado a una conclusión:
1.En el total voy a respetar la suma de las cuotas IVA y recargos de equivalencias individuales
2.el importe total la suma de los importes de pvp individuales redondeados
3. La base, la diferencia del pvp calculado menos los impuestos.

Con lo cual tengo contento al cliente por que visualmente no ve descuadres, tengo contento a hacienda por que calcull la cuota exacta a 8 decimales.
Que es lo que se queda fuera:
La diferencia de importe total que aparece en factura electrónica que todo es calculado a 8 decimales. Pero espero y pienso que van a permitir esas diferencias, si no al cliente le tengo que presentar en ocasiones facturas aparentemente descuadrada con las consiguientes quejas y explicaciones.
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  #8  
Antiguo 25-03-2024
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Vale entendido perfectamente clave I por diferencias en precios, cantidades etc... y evidentemente signo contrario al emitido y sin superar el importe de la emitida y que se está rectificando (Estupendo).
Pero entonces, ¿por sustitución para que diablos es? ¿Quizás sustituir en la totalidad la que se está rectificando?
Hay dos maneras de hacer una corrección en una factura: una es añadiendo las diferencias (I) en la factura llamada "rectificativa (por diferencia)" y la otra es tachando la factura original y reemplazándola por una sustitutiva (S) que dice todo el contendido de la factura resultante, directamente legible.

El sistema Veri*factu te permite usar cualquiera de las dos maneras; normalmente se suele usar la manera que mejor te valga (para tú parece ser I).

Cita:
¿El campo que comentas en la tabla factura "cantidad corregida" lo especificas en la factura original o en cada una de las rectificativas emitidas?
La original no se toca. Nunca. Inalterable. ¡Bajo importante sanción!
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  #9  
Antiguo 25-03-2024
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Hay dos maneras de hacer una corrección en una factura: una es añadiendo las diferencias (I) en la factura llamada "rectificativa (por diferencia)" y la otra es tachando la factura original y reemplazándola por una sustitutiva (S) que dice todo el contendido de la factura resultante, directamente legible.

El sistema Veri*factu te permite usar cualquiera de las dos maneras; normalmente se suele usar la manera que mejor te valga (para tú parece ser I).


La original no se toca. Nunca. Inalterable. ¡Bajo importante sanción!
Empiezo por el final, si está claro la original es algo intocable.

He estado leyendo por ahí todo el finde y si que logré encontrar hablando sobre la sustitutiva que dijeramos sustituye la original por el envio que se está haciendo actual. Por ejemplo en el supuesto que el usuario se haya equivocado de cliente al hacer la factura (que aunque parezca mentira ocurre y mucho), haría una sustitutiva de tipo S y asunto resuelto. No hay diferencias en importes pero si en los datos fiscales.

En el caso que las diferencias sean en los importes por error sería correcto hacer una rectificativa por diferencias y ya está se corrigen los importes.

Claro esto lo deberá de elegir el cliente en el momento de hacer la rectificativa, ya que tiene dos posibles opciones. Y si no cambia la cosa pues así vamos a proceder dándole a elegir al cliente el tipo de sustitutiva que va a hacer.

Desconozco si en estos casos es mejor hacer una anulación y un nuevo envio. Por lógica no logro ver que tenga que ser una anulación y un nuevo envio. Igual estoy equivocado, en cuyo caso por favor corregirme.

Gracias por la respuesta antoine0
__________________
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  #10  
Antiguo 25-03-2024
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edari Va por buen camino
Buenas tardes,


Hablando un poco de más de las rectificativas...


Cómo hacéis para definir si es de tipo R1, R2, R3 y R4? Lo dejáis a criterio del usuario sin ningún control?






Gracias...
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  #11  
Antiguo 25-03-2024
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Buenas tardes,


Hablando un poco de más de las rectificativas...


Cómo hacéis para definir si es de tipo R1, R2, R3 y R4? Lo dejáis a criterio del usuario sin ningún control?






Gracias...
R4 para las normales y r5 para las simplificadas
El resto son para temas muy especif8cos que son difíciles que se den el caso.
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  #12  
Antiguo 02-04-2024
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Buenas tardes,


Hablando un poco de más de las rectificativas...

Cómo hacéis para definir si es de tipo R1, R2, R3 y R4? Lo dejáis a criterio del usuario sin ningún control?

Gracias...
Si es una disminución de la base imponible, debes usar R1
Si es un aumento de la base imponible, debes usar R4
Si es una rectificación de simplificada, R5
Si es para anular la cuota de iva por impago, R2 ó R3
https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogas...a-rectificada-
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  #13  
Antiguo 25-03-2024
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Empiezo por el final, si está claro la original es algo intocable.

He estado leyendo por ahí todo el finde y si que logré encontrar hablando sobre la sustitutiva que dijeramos sustituye la original por el envio que se está haciendo actual. Por ejemplo en el supuesto que el usuario se haya equivocado de cliente al hacer la factura (que aunque parezca mentira ocurre y mucho), haría una sustitutiva de tipo S y asunto resuelto. No hay diferencias en importes pero si en los datos fiscales.

En el caso que las diferencias sean en los importes por error sería correcto hacer una rectificativa por diferencias y ya está se corrigen los importes.

Claro esto lo deberá de elegir el cliente en el momento de hacer la rectificativa, ya que tiene dos posibles opciones. Y si no cambia la cosa pues así vamos a proceder dándole a elegir al cliente el tipo de sustitutiva que va a hacer.

Desconozco si en estos casos es mejor hacer una anulación y un nuevo envio. Por lógica no logro ver que tenga que ser una anulación y un nuevo envio. Igual estoy equivocado, en cuyo caso por favor corregirme.

Gracias por la respuesta antoine0

Por lo que he leído estoy de acuerdo con lo que comentas.
Yo tengo pendiente lo de incluir las rectificativas por sustitución para lo que comentas, los errores al elegir cliente.
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  #14  
Antiguo 02-04-2024
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Buenos días, unas duda sobre rectificativas por diferencias y por sustitución (lio de signos). ¿Estas siempre se expresan en negativo o si es por sustitución en positivo si sustituyen a una factura determinada y que viene expresada en positivo y cuando sustituye a un abono se expresaria en negativo?
Gracias.
Creo que tienes un lío con las facturas rectificativas. El signo de las facturas rectificativas lo marca la operación de rectificación que quieres hacer. Te pongo un ejemplo muy sencillo :
Una factura emitida al CIF : BXXXXXXX con tres líneas de venta
Producto 1 2 Uds Precio 1.0€ = 2€
Producto 2 4 Uds Precio 1.5€ = 6€
Producto 3 6 Uds Precio 1.75€ = 10.5€

Si resulta que te devuelven 1 uds de la línea 1 tendrás que generar la línea
Producto 1 -1 Ud Precio 1.0€ = -1€

Si además, te equivocaste en el precio de la línea 2 y tenía que ser 2€ cada unidad, deberías generar dos líneas, la primera anula la original y la segunda la corrige
Producto 2 -4 Uds Precio 1.5€ = -6€
Producto 2 4 Uds Precio 2.0€ = 8€

Al final la factura Rectificativa x diferencia queda así, y dará el signo que tenga que dar. En este caso da positiva (1€)
Producto 1 -1 Ud Precio 1.0€ = -1€
Producto 2 -4 Uds Precio 1.5€ = -6€
Producto 2 4 Uds Precio 2.0€ = 8€

Si lo que te ocurrió fue que el CIF del cliente era erróneo, entonces generas una Rectificativa x Sustitución pero previamente, debes generar una factura de abono
Factura de abono CIF : BXXXXXXX
Producto 1 -2 Uds Precio 1.0€ = -2€
Producto 2 -4 Uds Precio 1.5€ = -6€
Producto 3 -6 Uds Precio 1.75€ = -10.5€

Factura de Rectificativa x Sustitución CIF : BXXXXHHHH
Producto 1 2 Uds Precio 1.0€ = 2€
Producto 2 4 Uds Precio 1.5€ = 6€
Producto 3 6 Uds Precio 1.75€ = 10.5€

Con la cuota rectificada y base rectificada a Cero ya que has generado una factura de abono previamente
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  #15  
Antiguo 02-04-2024
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Creo que tienes un lío con las facturas rectificativas. El signo de las facturas rectificativas lo marca la operación de rectificación que quieres hacer. Te pongo un ejemplo muy sencillo :
Una factura emitida al CIF : BXXXXXXX con tres líneas de venta
Producto 1 2 Uds Precio 1.0€ = 2€
Producto 2 4 Uds Precio 1.5€ = 6€
Producto 3 6 Uds Precio 1.75€ = 10.5€

Si resulta que te devuelven 1 uds de la línea 1 tendrás que generar la línea
Producto 1 -1 Ud Precio 1.0€ = -1€

Si además, te equivocaste en el precio de la línea 2 y tenía que ser 2€ cada unidad, deberías generar dos líneas, la primera anula la original y la segunda la corrige
Producto 2 -4 Uds Precio 1.5€ = -6€
Producto 2 4 Uds Precio 2.0€ = 8€

Al final la factura Rectificativa x diferencia queda así, y dará el signo que tenga que dar. En este caso da positiva (1€)
Producto 1 -1 Ud Precio 1.0€ = -1€
Producto 2 -4 Uds Precio 1.5€ = -6€
Producto 2 4 Uds Precio 2.0€ = 8€

Si lo que te ocurrió fue que el CIF del cliente era erróneo, entonces generas una Rectificativa x Sustitución pero previamente, debes generar una factura de abono
Factura de abono CIF : BXXXXXXX
Producto 1 -2 Uds Precio 1.0€ = -2€
Producto 2 -4 Uds Precio 1.5€ = -6€
Producto 3 -6 Uds Precio 1.75€ = -10.5€

Factura de Rectificativa x Sustitución CIF : BXXXXHHHH
Producto 1 2 Uds Precio 1.0€ = 2€
Producto 2 4 Uds Precio 1.5€ = 6€
Producto 3 6 Uds Precio 1.75€ = 10.5€

Con la cuota rectificada y base rectificada a Cero ya que has generado una factura de abono previamente
En verifactu como harías la factura de abono, estoy aquí dándole vueltas pero no encuentro la equivalencia. Gracias y saludos.
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  #16  
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En verifactu como harías la factura de abono, estoy aquí dándole vueltas pero no encuentro la equivalencia. Gracias y saludos.
Una factura de abono es una factura normal y corriente, sólo que la llaman así por que abonan una operación anterior (puede ser positiva o negativa) . Es una factura tipo F1 con la misma serie y contador que tus facturas normales.
Emites la factura Nº 01-123456
Emites la factura de abono Nº 01-123457
Emites la factura Nº 01-123458
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  #17  
Antiguo 02-04-2024
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Una factura de abono es una factura normal y corriente, sólo que la llaman así por que abonan una operación anterior (puede ser positiva o negativa) . Es una factura tipo F1 con la misma serie y contador que tus facturas normales.
Emites la factura Nº 01-123456
Emites la factura de abono Nº 01-123457
Emites la factura Nº 01-123458

Ok, gracias..pero entonces lo mismo vale hacer una factura rectificativa por diferencias y después una nueva con los datos correctos., podría ser?
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  #18  
Antiguo 03-04-2024
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Ok, gracias..pero entonces lo mismo vale hacer una factura rectificativa por diferencias y después una nueva con los datos correctos., podría ser?
No puede ser. No se puede rectificar emitiendo primero una rectificativa en negativo y luego otra factura normal en positivo. Es justo al revés

Mira el punto Modalidad 2: Factura rectificativa sustitutiva en dos pasos
https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogas...tuci%C3%B3n-s-
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  #19  
Antiguo 03-04-2024
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No puede ser. No se puede rectificar emitiendo primero una rectificativa en negativo y luego otra factura normal en positivo. Es justo al revés

Mira el punto Modalidad 2: Factura rectificativa sustitutiva en dos pasos
https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogas...tuci%C3%B3n-s-
Que impide hacer una rectificativa por diferencias de la factura completa?
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