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  #1  
Antiguo 16-02-2022
Emiliopm Emiliopm is offline
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Emiliopm Va por buen camino
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Nosotros hemos decidido de momento solo contemplar la opción de enviar y anular.
Hasta que no se aclaren no vamos a decidir si enviar de sustitución modificación o lo que sea. Por qué cada día te vienen con una nueva.

No se si a vosotros os pasa lo mismo.

Un saludo.
Nosotros, de momento, hemos decidido no contemplar la opción de anular y es motivado a que no estamos permitiendo eliminar facturas y si alguien quiere "eliminar" una factura, entonces deberá de hacer una factura rectificativa. Al menos es lo que hemos entendido en la documentación que hemos estado leyendo porque la anulación es una anulación de una factura enviada, como diciendo que podemos volver a enviarla o que no se tenga en cuenta.

Cómo lo hacéis?
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  #2  
Antiguo 16-02-2022
Sistel Sistel is offline
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Sistel Va por buen camino
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Nosotros, de momento, hemos decidido no contemplar la opción de anular y es motivado a que no estamos permitiendo eliminar facturas y si alguien quiere "eliminar" una factura, entonces deberá de hacer una factura rectificativa. Al menos es lo que hemos entendido en la documentación que hemos estado leyendo porque la anulación es una anulación de una factura enviada, como diciendo que podemos volver a enviarla o que no se tenga en cuenta.

Cómo lo hacéis?
Hola Emiliopm,

Ojo, anular una factura no es eliminarla.
Le ha llegado a Hacienda Foral la factura original y le llega la anulación, por lo que es legal.

Y se puede anular por muchas razones.
Hay casos en los que se debe emitir una nueva factura (por ejemplo porque la que se ha anulado contenía errores graves) y hay casos en los que no se debe hacer otra factura (por ejemplo porque el cliente se echó atrás y, al final, la operación no se realizó).

Saludos
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  #3  
Antiguo 17-02-2022
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Nosotros, de momento, hemos decidido no contemplar la opción de anular y es motivado a que no estamos permitiendo eliminar facturas y si alguien quiere "eliminar" una factura, entonces deberá de hacer una factura rectificativa. Al menos es lo que hemos entendido en la documentación que hemos estado leyendo porque la anulación es una anulación de una factura enviada, como diciendo que podemos volver a enviarla o que no se tenga en cuenta.

Legalmente anulación y rectificativa son conceptos diferentes, otra cosa es que dentro de tu programa puedas solventarlo todo con rectificaivas.
Imagina que facturas por un servicio que finalmente "nunca se realiza". Ese caso es, en el que se debe anular, porque no puedes rectificar una factura que inicialmente ya no era válida. Ese es un caso claro de anulación (al menos legalmente).

Otra cosa es que en tu programa hagas una rectificativa y el resultado a efectos contable sea el mismo. No creo que pase nada y además es una situación que no se va a vdar casi nunca (no debería).

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...porque la anulación es una anulación de una factura enviada, como diciendo que podemos volver a enviarla o que no se tenga en cuenta.
Lo de volver a enviarla no lo entiendo. Si has de modificarla para volver a enviarla, posiblemente esa es la definición de rectificativa (no de anulación)
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  #4  
Antiguo 17-02-2022
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Legalmente anulación y rectificativa son conceptos diferentes, otra cosa es que dentro de tu programa puedas solventarlo todo con rectificaivas.
Imagina que facturas por un servicio que finalmente "nunca se realiza". Ese caso es, en el que se debe anular, porque no puedes rectificar una factura que inicialmente ya no era válida. Ese es un caso claro de anulación (al menos legalmente).
Otro ejemplo claro de anulación es cuando, por error, emites (y envías) una factura a un cliente equivocado.
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  #5  
Antiguo 18-02-2022
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Nosotros, de momento, hemos decidido no contemplar la opción de anular y es motivado a que no estamos permitiendo eliminar facturas y si alguien quiere "eliminar" una factura, entonces deberá de hacer una factura rectificativa. Al menos es lo que hemos entendido en la documentación que hemos estado leyendo porque la anulación es una anulación de una factura enviada, como diciendo que podemos volver a enviarla o que no se tenga en cuenta.

Cómo lo hacéis?
Hola Emilio, nosotros tampoco permitimos anular según TicketBAI (enviar un fichero de anulación). Recordemos que con este sistema, si anulamos la factura 25, no podemos reutilizar el número 25 para una nueva factura, por lo que esto se da de tortas con el reglamento de facturación que exige que las facturas sean correlativas.

- Si hay que anular el 100% de una factura ordinaria se deberá cursar una rectificativa.
- Tampoco pensamos implantar Zuzendu hasta que se normalice la situación y se aclaren, nos están mareando sin compasión...
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  #6  
Antiguo 18-02-2022
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Hola a todos.

Anular una factura no supone borrarla, supone que le indicas a hacienda que no vale. La factura sigue existiendo. No se salta la normativa de facturación.

Como ha indicado algún compañero hay en ocasiones que una factura no se puede rectificar, como por ejemplo si te has equivocado de cliente.

Si haces una rectificación por este motivo, hay que enviar al cliente erroneo dos facturas, la original y rectificativa. Y si el cliente no se había enterado de nada no creo que le haga mucha gracia.

Pero Bueno cada uno es su programa hace lo que cree conveniente.
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  #7  
Antiguo 18-02-2022
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Hola a todos.

Anular una factura no supone borrarla, supone que le indicas a hacienda que no vale. La factura sigue existiendo. No se salta la normativa de facturación.

Como ha indicado algún compañero hay en ocasiones que una factura no se puede rectificar, como por ejemplo si te has equivocado de cliente.

Si haces una rectificación por este motivo, hay que enviar al cliente erroneo dos facturas, la original y rectificativa. Y si el cliente no se había enterado de nada no creo que le haga mucha gracia.

Pero Bueno cada uno es su programa hace lo que cree conveniente.
Hola keys, a lo que me refiero es que si envías a TicketBAI la anulación de la factura 25, después no puedes reutilizar el número 25. Entonces en tu registro de ventas, registro de facturación o registro de IVA (como quieras llamarlo) tienes un hueco porque la factura 25 no está (o se encuentra "marcada" como anulada), y esto es un "invento informático" que no está reflejado en la normativa de facturación, que como sabemos exige que la numeración de las facturas sea correlativa.

En el caso que comentas, si has hecho una factura a un cliente erróneo que has enviado a TicketBAI, vuelves a hacer otra rectificativa al mismo cliente erróneo en negativo. Ambas se envían a TicketBAI, no al cliente claro...
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  #8  
Antiguo 18-02-2022
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Hola keys, a lo que me refiero es que si envías a TicketBAI la anulación de la factura 25, después no puedes reutilizar el número 25. Entonces en tu registro de ventas, registro de facturación o registro de IVA (como quieras llamarlo) tienes un hueco porque la factura 25 no está (o se encuentra "marcada" como anulada), y esto es un "invento informático" que no está reflejado en la normativa de facturación, que como sabemos exige que la numeración de las facturas sea correlativa.

En el caso que comentas, si has hecho una factura a un cliente erróneo que has enviado a TicketBAI, vuelves a hacer otra rectificativa al mismo cliente erróneo en negativo. Ambas se envían a TicketBAI, no al cliente claro...
Pero si has emitido esas dos facturas se las tienes que enviar al cliente. Ya que tu las declaras pero el cliente no.
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  #9  
Antiguo 18-02-2022
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Pero si has emitido esas dos facturas se las tienes que enviar al cliente. Ya que tu las declaras pero el cliente no.
El montante es 0.

Factura de cargo de +100, rectificativa de -100 => cero, la operación no aparecerá a efectos del 303, 390, 347...

Cumplimos con el reglamento de facturación, con TicketBAI, con el SII, la contabilidad cuadra y todos somos razonablemente felices
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  #10  
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Yo creo que si generas una factura errónea y para corregirla generas una rectificativa, aunque el resultado sea 0 debes enviarla al cliente. Eso es lo "raro" frente a anular como comenta keys.

Pensad que habrá un momento en que todas las facturas, tanto de emisor como de receptor, tendrán que ser enviadas (y es de suponer que la hacienda correspondiente las cruzará).

El cliente estará recibiendo una factura errónea, una rectificativa de la factura errónea y además le estará obligando a introducirlas ambas en su sistema (y a enviarlas -en un futuro-) puesto que son facturas que están registradas en la administración por el emisor.

No se si me explico...

De todas formas son casos muy puntuales, a no ser que alguien se equivoque mucho generando facturas. Cosa que a lo mejor es sospechosa por otros temas...
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  #11  
Antiguo 18-02-2022
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Factura de cargo de +100, rectificativa de -100 => cero, la operación no aparecerá a efectos del 303, 390, 347...

Cumplimos con el reglamento de facturación, con TicketBAI, con el SII, la contabilidad cuadra y todos somos razonablemente felices
Como ya he dicho tu declaras la operación como emitida en Batuz, SII, Libros de facturas emitidas. Pero el cliente no lo declara como recibida en Batuz, SII, Libro de facturas recibidas. Problema

Como dice el compañero las anulaciones son casos puntales o el usuario es un cazurro.
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