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  #1  
Antiguo 27-06-2017
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mrobles mrobles is offline
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mrobles Va por buen camino
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Se sabe que hay que hacer? en el caso de ventas a clientes de contado que no tienen nif?
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Ya. Pero en una empresa que tiene tiendas y demás si que es normal que trabaje con facturas normales y simplificadas.

Pero en el caso de una empresa que vende huevos, bebidas, etc. Lo normal es que haga únicamente facturas y si durante el reparto, hace alguna venta a un cliente nuevo, quizás no le merezca la pena (o el cliente no quiera para una única factura) dar de alta una ficha de cliente y la venta se haga como una factura asignada a un cliente genérico. Que yo sepa, hasta ahora eso era perfectamente legal.
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Si. Totalmente legal. Una empresa puede tener varias maneras de hacer ventas. Por internet, por telefono de clientes fijos, incluso poner un mostrador abajo para clientes de paso. A los clientes de paso que compran una vez y que jamas volverán no se les crea una ficha y para eso se usa un código de cliente genérico para indicar que es un cliente de ventas contado por ejemplo. Entonces que NIF se le puede poner. Imagina el caso que no has separado en dos series las ventas de de cliente contado de las de clientes normales... Se que esas ventas serían facturas simplificadas, pero si no las has hecho como factura simplificadas que NIF se le pone?
Como dije antes, son simplificadas, no tiene nada de especial, solo es tienes que crearla sin un cliente, y a los ojos de hacienda , solo cambia que no lleva contraparte (ni nombre ni nif), y que el tipo en lugar de F1 es F2
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  #2  
Antiguo 27-06-2017
JSBB_Z JSBB_Z is offline
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JSBB_Z Va por buen camino
Acceso al Portal de Producción

Hola buenos días a todos. Tras varios envíos de Facturas Emitidas y Recibidas al portal de pruebas, hoy he hecho los cambios para enviar al Portal de Producción. Como se accede a este portal de producción para poder ver lo enviado? En el portal de pruebas no aparecen las facturas que he enviado al de producción.

Gracias por vuestra colaboración
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  #3  
Antiguo 27-06-2017
CMB CMB is offline
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CMB Va por buen camino
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Hola buenos días a todos. Tras varios envíos de Facturas Emitidas y Recibidas al portal de pruebas, hoy he hecho los cambios para enviar al Portal de Producción. Como se accede a este portal de producción para poder ver lo enviado? En el portal de pruebas no aparecen las facturas que he enviado al de producción.
Gracias por vuestra colaboración
Son independientes. Lo que envías a uno se almacena en un lugar distinto de lo que envías al otro. Con la diferencia de que lo enviado a producción estos días será borrado el día 30.

Podrás ver lo enviado a uno y a otro mediante el uso de consultas.

Saludos,
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  #4  
Antiguo 27-06-2017
alejango alejango is offline
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alejango Va por buen camino
Envio en produccion

Buenos dias a todos.

Pero se puede ver a traves de una web los envios hechos en produccion ?? o tenemos que hacer la consulta nosotros ??. Es solo para comprobar y enseñar que se quedan grabados en produccion.

Gracias.
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  #5  
Antiguo 27-06-2017
figo21 figo21 is offline
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figo21 Va por buen camino
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Buenos dias a todos.

Pero se puede ver a traves de una web los envios hechos en produccion ?? o tenemos que hacer la consulta nosotros ??. Es solo para comprobar y enseñar que se quedan grabados en produccion.

Gracias.
Entra a https://www1.aeat.es/wlpl/SSII-FACT/SvFExpedidasQuery, selecciona tu certificado y verás tus facturas emitidas en producción.

Un saludo.
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  #6  
Antiguo 27-06-2017
glopez glopez is offline
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glopez Va por buen camino
Muchísimas gracias manelb, todo perfecto.
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  #7  
Antiguo 27-06-2017
JSBB_Z JSBB_Z is offline
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JSBB_Z Va por buen camino
Acceso a Producción

Tema solucionado, gracias a cuantos habéis respondido

Un saludo
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  #8  
Antiguo 27-06-2017
PASPAS PASPAS is offline
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PASPAS Va por buen camino
Prov. importación

Buenas a todos....
Alguién me puede ayudar con está duda que tengo y no se cómo solucionarla....

Cuando tienes un proveedor importación con una factura que lleva inversion de sujeto pasivo sin tener DUA asociado. Por tanto se deberá informar al SII de la siguiente manera:
Tipo factura: Aquí tengo dudas entre (F1) -Factura normal o (F5) - Importaciones
Clave de régimen: aqui sopongo que es la (13) - Factura correspondiente a una importación (informada sin asociar a un DUA)

Me podeís decir si alguién tiene esto solucionado y que claves ha utilizado para informar a la AEAT
Saludos
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  #9  
Antiguo 27-06-2017
nachoexe nachoexe is offline
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nachoexe Va por buen camino
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Buenas a todos....
Alguién me puede ayudar con está duda que tengo y no se cómo solucionarla....

Cuando tienes un proveedor importación con una factura que lleva inversion de sujeto pasivo sin tener DUA asociado. Por tanto se deberá informar al SII de la siguiente manera:
Tipo factura: Aquí tengo dudas entre (F1) -Factura normal o (F5) - Importaciones
Clave de régimen: aqui sopongo que es la (13) - Factura correspondiente a una importación (informada sin asociar a un DUA)

Me podeís decir si alguién tiene esto solucionado y que claves ha utilizado para informar a la AEAT
Saludos
Seguro que es una importación de bienes con inversión del sujeto pasivo?? no será una prestación de SERVICIOS que te prestan desde un territorio fuera de España (incluidos Ceuta, Melilla y Canarias)??

Si es de bienes pero sin DUA yo lo declararía como Inv. Suj. Pas ya que no tengo el DUA y creo que prevalece la Inversión, pero este caso nunca lo he visto

Última edición por nachoexe fecha: 27-06-2017 a las 13:59:55.
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  #10  
Antiguo 27-06-2017
figo21 figo21 is offline
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figo21 Va por buen camino
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Hola buenos días a todos. Tras varios envíos de Facturas Emitidas y Recibidas al portal de pruebas, hoy he hecho los cambios para enviar al Portal de Producción. Como se accede a este portal de producción para poder ver lo enviado? En el portal de pruebas no aparecen las facturas que he enviado al de producción.

Gracias por vuestra colaboración
Accede mediante el portal de pruebas y vas a consultas, luego cambias la url www7 por www1, por ejemplo:
https://www7.aeat.es/wlpl/SSII-FACT/SvFExpedidasQuery
por
https://www1.aeat.es/wlpl/SSII-FACT/SvFExpedidasQuery

y verás lo enviado al de producción.


Un saludo.
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  #11  
Antiguo 27-06-2017
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Como dije antes, son simplificadas, no tiene nada de especial, solo es tienes que crearla sin un cliente, y a los ojos de hacienda , solo cambia que no lleva contraparte (ni nombre ni nif), y que el tipo en lugar de F1 es F2
Os entiendo perfectamente lo del F1 y el F2.

El problema que "entiendo" tenemos en ese caso es que según lo tenemos estructurado hasta ahora. La numeración de las facturas la tenemos consecutiva, sea "clientes de genéricos" o de clientes "personalizados". Con lo cual, tanto en las numeraciones de las facturas normales, como en las de las simplificadas verán saltos. Aunque los huecos que falten en las F1 serán cubiertos por los que estén en F2 y viceversa. Pero eso no se si ha Hacienda le valdrá....
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  #12  
Antiguo 27-06-2017
CMB CMB is offline
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CMB Va por buen camino
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Empezado por nincillo Ver Mensaje
Os entiendo perfectamente lo del F1 y el F2.

El problema que "entiendo" tenemos en ese caso es que según lo tenemos estructurado hasta ahora. La numeración de las facturas la tenemos consecutiva, sea "clientes de genéricos" o de clientes "personalizados". Con lo cual, tanto en las numeraciones de las facturas normales, como en las de las simplificadas verán saltos. Aunque los huecos que falten en las F1 serán cubiertos por los que estén en F2 y viceversa. Pero eso no se si ha Hacienda le valdrá....
No creo que eso represente ningún problema. Mientras los números sean consecutivos, que no queden huecos vacíos, me parece que se pueden alternar F1 y F2, pues habrá clientes que aceptarán un tique (o factura simplificada) y otros desearán la factura completa después de haber obtenido el tique.
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  #13  
Antiguo 27-06-2017
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Os entiendo perfectamente lo del F1 y el F2.

El problema que "entiendo" tenemos en ese caso es que según lo tenemos estructurado hasta ahora. La numeración de las facturas la tenemos consecutiva, sea "clientes de genéricos" o de clientes "personalizados". Con lo cual, tanto en las numeraciones de las facturas normales, como en las de las simplificadas verán saltos. Aunque los huecos que falten en las F1 serán cubiertos por los que estén en F2 y viceversa. Pero eso no se si ha Hacienda le valdrá....
Pues yo creo (siempre es una opinión) que tienes un problema grave para el cual no hay solución legal admisible por Hacienda.

Veo en este foro un desconocimiento total de las leyes de facturación (yo aún tengo muchas dudas), no son problemas técnicos que se deban de comentar con informáticos sino con asesores jurídicos u otro tipo de personas puestos en las leyes de facturación. Para hacer un programa de contabilidad, y mas uno que manda las facturas al S.I.I, hay que empaparse primero de las leyes del IVA y es mucho mejor leer primero (por lo menos lo básico) antes de preguntar y esperar a que te de una solución.

Un ejemplo claro es el decir que las facturas simplificadas se pueden declarar dentro de una misma serie y con la misma numeración que las facturas normales o completas, esto estaría bien pero los de Hacienda no son tan enrollados y seguramente le hagan un requerimiento a vuestro cliente si hacéis esto y gracias si solo queda en eso...
Fiscalidad. Facturas simplificadas y ordinarias http://foros.areadepymes.com/viewtopic.php?f=2&t=58825
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  #14  
Antiguo 27-06-2017
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Pues yo creo (siempre es una opinión) que tienes un problema grave para el cual no hay solución legal admisible por Hacienda.

Veo en este foro un desconocimiento total de las leyes de facturación (yo aún tengo muchas dudas), no son problemas técnicos que se deban de comentar con informáticos sino con asesores jurídicos u otro tipo de personas puestos en las leyes de facturación. Para hacer un programa de contabilidad, y mas uno que manda las facturas al S.I.I, hay que empaparse primero de las leyes del IVA y es mucho mejor leer primero (por lo menos lo básico) antes de preguntar y esperar a que te de una solución.

Un ejemplo claro es el decir que las facturas simplificadas se pueden declarar dentro de una misma serie y con la misma numeración que las facturas normales o completas, esto estaría bien pero los de Hacienda no son tan enrollados y seguramente le hagan un requerimiento a vuestro cliente si hacéis esto y gracias si solo queda en eso...
Fiscalidad. Facturas simplificadas y ordinarias http://foros.areadepymes.com/viewtopic.php?f=2&t=58825
Si emites una simplificada, y el día siguiente te viene el cliente pidiendo la factura completa, ¿cómo proceder? En el foro al que se accede con el enlace que publicas se habla mucho de eso, sugieren varias soluciones, pero nadie se atreve a decir con claridad lo que hay que hacer.

Se trata de una operación frecuente, el suministrador te entrega una factura completa con un número distinto al de la simplificada, pero no sabemos cómo se las arregla para no duplicar las ventas, pues a partir de ese momento tendrá dos facturas con el mismo importe pero diferente identificador, por lo que debería ingresar a la AEAT el IVA duplicado más los impuestos de sociedades o IRPF que correspondan.
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  #15  
Antiguo 27-06-2017
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Si emites una simplificada, y el día siguiente te viene el cliente pidiendo la factura completa, ¿cómo proceder? En el foro al que se accede con el enlace que publicas se habla mucho de eso, sugieren varias soluciones, pero nadie se atreve a decir con claridad lo que hay que hacer.

Se trata de una operación frecuente, el suministrador te entrega una factura completa con un número distinto al de la simplificada, pero no sabemos cómo se las arregla para no duplicar las ventas, pues a partir de ese momento tendrá dos facturas con el mismo importe pero diferente identificador, por lo que debería ingresar a la AEAT el IVA duplicado más los impuestos de sociedades o IRPF que correspondan.
Nadie te puede decir como proceder puesto que depende mucho de tu sistema informático, tal cual yo lo veo, existen varias opciones todas ellas válidas:

- 1 Si el cambio en la factura te lo piden a tiempo antes de haber contabilizado, enviado al SII o declarado dicha factura simplificada es tan fácil como modificar dicha factura indicando los datos identificativos, las facturas simplificadas pueden ir con o sin datos (hasta los límites que marca la ley). Esto depende si tu programa informático lo permite o no
- 2 Emitir una factura simplificada en negativo (o rectificativa por diferencias como quieras llamarlo), que puede ir con la misma serie y numeración que las simplificadas en positivo, para anular la factura original y emitir luego una tercera factura completa al cliente. Esta es la manera correcta, legal y más fácil de tratar informáticamente. Creo que es la que aplican la mayoría de los programas, al cliente solo le tienes que dar la última factura (la completa)
- 3 Emitir una factura rectificativa por sustitución, en una serie propia para las rectificativas emites una factura que sustituye a la simplificada original y en la cual indentificas al cliente. Esta es la solución que dice Hacienda que hay que hacer, pero es la más complicada de implementar a la hora de controlar el stock y los listados del IVA. No dudo que algún programa la tenga pero yo no lo veo práctico
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  #16  
Antiguo 27-06-2017
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- 1 Si el cambio en la factura te lo piden a tiempo antes de haber contabilizado, enviado al SII o declarado dicha factura simplificada es tan fácil como modificar dicha factura indicando los datos identificativos, las facturas simplificadas pueden ir con o sin datos (hasta los límites que marca la ley). Esto depende si tu programa informático lo permite o no
Muchas gracias, nachoexe, por tu aportación.

Pero no comprendo cómo una simplificada, simplemente añadiendo los datos del cliente, se convierte en una factura completa, pues algunos dicen en este foro que hay que cambiar también la serie de numeración. Por consiguiente, la cosa no parece tan fácil como tú indicas. ¿O crees que se pueden mezclar en la misma serie facturas completas con simplificadas?

Agradecería tu opinión.

Saludos,
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  #17  
Antiguo 27-06-2017
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Muchas gracias, nachoexe, por tu aportación.

Pero no comprendo cómo una simplificada, simplemente añadiendo los datos del cliente, se convierte en una factura completa, pues algunos dicen en este foro que hay que cambiar también la serie de numeración. Por consiguiente, la cosa no parece tan fácil como tú indicas. ¿O crees que se pueden mezclar en la misma serie facturas completas con simplificadas?

Agradecería tu opinión.

Saludos,
El informático contable que piense que la diferencia entre una factura Simplificada y una Completa es solo que una no lleva datos y la otra si ya puede empezar a comprar paraguas porque se le avecinan borrascas. Hay incluso un apartado en el BOE que, según yo lo interpreto, dice que cualquier factura puede ir sin datos siempre que sea a un particular y no supere los 100€ (base), pero debo de estar equivocado porque en el SII no se permite (lectura obligada de "Normativa referente a las Obligaciones de facturación" de la Agencia Tributaria)
8. No obstante lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, tratándose de operaciones realizadas para quienes no tengan la condición de empresarios o profesionales actuando como tales, no será obligatoria la consignación en la factura de los datos de identificación del destinatario en cuanto a las operaciones cuya contraprestación sea inferior a 100 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido no incluido. Este límite se podrá excepcionar en los casos que autorice el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en relación con sectores empresariales o profesionales o empresas determinadas, con el fin de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales.


En fin, da igual lo que yo piense o lo que diga el otro foro o la otra página web, en la mayoría de los foros y páginas (y esto lo digo no solo por la contabilidad) la gente opina y solo eso... opinión sin ninguna veracidad. En nuestro trabajo hay que ser más explícitos y basar las respuestas y desarrollos en una ley publicada en el BOE o en un artículo de Hacienda que puedas utilizar para rebatir al contable, al mal asesor o al inspector de turno.

Esto de las facturas simplificadas lo puedes leer aquí y que cada uno saque sus propias conclusiones que nadie tiene toda la razón (salvo el admin AEAT)
http://www.agenciatributaria.es/AEAT..._factura.shtml

Y aquí una característica de las facturas simplificadas que casi nadie menciona y es lo que de verdad las diferencia
http://www.agenciatributaria.es/AEAT...butaria_.shtml
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