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  #1  
Antiguo 14-02-2024
Avatar de newtron
[newtron] newtron is offline
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newtron Va camino a la fama
Buenas.


Ya ha acabado el webbinar de la aet.


Resumiendo: En principio dicen que TODO lo publicado va a cambiar, cosa que no es extraña, así que lo tengamos en cuenta. Por lo demás no han aclarado mucho más de lo que ya medio hemos comentado por aquí.



Para que todo el mundo lo tenga claro (yo ya medio lo sabía) va a haber dos tipos de SIF (programas de toda la vida), los verifactu y los que no lo son pero los dos sistemas tendrán que tener la capacidad de enviar la misma información; los verifactu en tipo real y los NO verifactu a demanda de la aeat pero con el mismo formato. A los sistemas verifactu les dará igual la huella, la firma y el registro de eventos porque se envían de forma directa y a los NO verifactu les obligarán a mantener el encadenado, registros firmados y registro de eventos.


Un tema peliagudo es que hemos preguntado varios que qué pasa si el usuario de un sistema NO verifactu consigue abrir la base de datos y modificar registros y básicamente nos amenazan con que convenzamos al cliente para que envíe y quitarnos ese marrón de encima porque no tienen claro las repercusiones que nos puede traer si eso ocurre, y lo han dicho en varias ocasiones.


Se dan un plazo de un par de meses a partir de que se publique el desarrollo de la ley para poner a disposición las urls de pruebas así que paciencia.


De momento no se me ocurre nada más que se haya comentado y que sea relevante.


Saludos.

Edito: Irán poco a poco ampliando las FAQS con todas las dudas que les van llegando.
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  #2  
Antiguo 14-02-2024
edari edari is offline
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edari Va por buen camino
Lo escuché yo también y destaco más o menos la pregunta de

Da la sensación de que los que envían por SII es un sistema mucho más "ligth" que las empresas que lo hagan con Verifactu que encima serán pequeñas y medianas empresas...lo cual no tiene mucho sentido...


Y han venido a contestar...


Uyyy que no es más complicado acogerse a verifactu que al SII, que con el SII tienen que además subir las compras (que es cierto)...


Mi opinión es que tienen razón los "preguntantes".....sobretodo a nivel de usuario de facturación es mucho más limitante hacerlo por Verifactu que por SII. No entiendo el motivo...


También han dicho que puede acogerse todo el mundo que quiera al SII y solucionado...que no sé yo

Última edición por edari fecha: 14-02-2024 a las 19:43:44.
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  #3  
Antiguo 14-02-2024
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[newtron] newtron is offline
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newtron Va camino a la fama
Bueno... cualquiera que lo solicite puede entrar en el SII y quitarse de enmedio el rollo verifactu pero ganarás por un lado y perderás por otro por lo que no sé si merece la pena. Para mi (dependiendo también de la empresa) es más complicado el SII que el verifactu porque, como han apuntado, verifactu no entra en la naturaleza de la factura. En el SII dependiendo de la empresa se puede complicar la cosa bastante cuando entras en los distintos tipos de factura: intracomunitarias, exportación, inversión del sujeto pasivo, compras y gastos (que no existen en verifactu), etc. etc. Aparte de que las declaraciones de IVA pasan a ser mensuales que dependiendo de la empresa puede venir mejor o peor por lo que cada empresa es un mundo.


Saludos.
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  #4  
Antiguo 14-02-2024
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
Gracias
Más o menos se imaginaba respecto a si quieres SIi pues ala, pero si emites toquets ya tienes que mandar sii, compras y ventas. Es diferente, tienes sus ventajas e inconvenientes.
Lo de que no haya que encadenar, pues estupendo, mucho mejor para todos. Si no van a faltar inspectores e informáticos.
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  #5  
Antiguo 15-02-2024
Avatar de keys
keys keys is offline
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keys Va por buen camino
Hola a todos.

Otra cosa que dijeron es que el código QR es para todas las facturas, ya sean Verifactu o no tienen que llevar el código QR. A no ser que hagas el SII.

Esta claro que si tu empresa esta en el SII te libras de todo esto. Pero eso puede ser una solución para el cliente, pero no para los que hacemos programas de facturación, ya que para que el programa sea competitivo tendrá que estar adaptado por lo menos a VERIFACTU.

Además el que una empresa haga el SII no es tan sencillo, ya que si haces el SII pasas al REDEME y por lo tanto tienes que hacer el IVA mensual y no Trimestral, registrar las compras, ciertas operaciones intracomunitarias, etc...

Una cosa que yo creo que intentaron decir es que se opte por VERIFACTU, ya que sino a parte de tener el registro de eventos, es casi imposible garantizar que no se puedan producir cambios en los registros de facturación. En el caso nuestro se trata de un programa comercial que se instala en el ordenador del cliente y por lo tanto puede entrar en cualquier momento y ponerse a borrar o restaurar ficheros, ¿y como controla eso tu programa?. Por no hablar de que puedan acceder a los ficheros y cambiar registros.

Yo creo que vamos optar por el camino de sólo VERIFACTU, ya que así es mas sencillo y la responsabilidad del programa es menor, y para los que hemos desarrollado TicketBAI no es tanto cambio. No se como no han hecho como en las forales, TODO EL MUNDO A TICKETBAI y punto.
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  #6  
Antiguo 15-02-2024
Sistel Sistel is offline
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Sistel Va por buen camino
Hola,

También aclararon que si se usa la opción Verifactu (opción que recomendaron encarecidamente), para el envío de las facturas se podrá emplear no sólo el certificado digital del obligado tributario sino también el de un tercero.
En este caso, el tercero deberá ser Colaborador Social y tener un documento por el que el obligado tributario le autoriza.
El modelo es éste

Saludos
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  #7  
Antiguo 15-02-2024
Sistel Sistel is offline
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Sistel Va por buen camino
Y aclararon que si se opta por utilizar Verifactu ya no hay obligación de firma de la factura ni de llevar el registro de eventos.
Por supuesto, sí se obliga en Verifactu a que la factura lleve un hash.
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  #8  
Antiguo 15-02-2024
ermendalenda ermendalenda is offline
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Poder: 3
ermendalenda Va por buen camino
Gracias a todos los por la información
me han comentado varias cosas sobre los que van a hacer Veri*Factu(Envio):
*La Huella y el encadenamiento es necesaria, alguien ha comentado que para verifactu no lo es, pero debe estar equivocado, me han enseñado el esquema.
*La huella SHA256 en Hexadecimal y MAYÚSCULAS
*Se deben subsanar los errores (de los registros que te devuelvan con error) y volver a remitir los registros subsanados(Ya diran como, supongo que como incidencia....)
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  #9  
Antiguo 16-02-2024
Avatar de Neftali [Germán.Estévez]
Neftali [Germán.Estévez] Neftali [Germán.Estévez] is offline
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También aclararon que si se usa la opción Verifactu (opción que recomendaron encarecidamente), para el envío de las facturas se podrá emplear no sólo el certificado digital del obligado tributario sino también el de un tercero.
En este caso, el tercero deberá ser Colaborador Social y tener un documento por el que el obligado tributario le autoriza.
El modelo es éste

Añadido el documento al FTP del club y añadido enlace al mensaje #1 (recopilatorio).
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