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#1
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Gracias por las repuestas.
Voy a intentar a ver si consigo alguna forma para recuperar los datos del cerficado y poder validarlo... |
#2
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Creo que si tiene clientes en SII y clientes que no, va a haber que crear el programa con una opción de Verifactu = SI o Verifactu = No, cumpliendo el reglamento según el caso. Yo pensaba solamente llevar verifactu pero no puedo obligar a los del SII a trabajar como verifactu. No sé si estoy equivocado pero con todo lo que he leído creo que es la conclusión que he llegado.
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#3
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Cita:
Verifactu(con o sin multiempresq) No verifactu (com o sin muñtiempresa) SIi |
#4
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Pues realmente es todo un lio!!!
De hecho, para aclarar un poco el tema con los clientes que utilizen mi SIF voy a hacer lo siguiente. Clientes acogidos al SII, en la factura poner una mención como "Facturación acogida al SII" Resto de clientes, obligatorio sistema VERI*FACTU Si la factura a imprimir no está en SII o no he recibido la respuesta afirmativa de cada registro en VERI*FACTU, no se imprime la factura. Posibilidad de FacturaBORRADOR, FacturaPROFORMA... Los clientes que NO quieran acogerse a una de esas 2 opciones, no les llevaré contrato de mantenimiento ni actualizaciones del software. |
#5
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Cita:
La respuesta afirmativa de cada registro...? A que te refieres? Por que el envío te pueden solicitar que acumules varios o esperes cierto tiempo |
#6
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Cita:
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#7
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Me estoy liando.
Cuando se trata de una empresa acogida al SII el programa debe de funcionar como "no verifactu", no? (trazabilidad, guardar xmls, log de eventos, etc) Supongo que para este caso en el que la empresa del cliente esta acogida al SII habra que seguir todos los requisitos de un programa no verifactu pero los envios se realizan atraves del SII y asi el software cumpliria con la normativa antifraude teniendo en cuenta que solo los programas verifactu se eximen de guardar los logs,xmls, bla bla bla Si esto es asi,...... bastaria que un cliente dijese que iba ha estar en el SII y que trabajara con nuestro software para obligarnos a tener el modo no verifactu implementado en nuestro software. ¿en que me equivoco?, ya no atino. Demasiada informacion para tan pocas neuronas vivas a estas horas del viernes |
#8
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Cita:
Personalmente no lo veo así. 1er caso : La empresa realiza operaciones por un valor mayor a 6 millones de euros por lo que se ha acogido por Ley a SII. (Tambien se pueden acoger otras empresas si así lo solicitan aunque no lleguen a esa cifra de operaciones) Sólo tiene una empresa. Aunque sean varias licencias fiscales. Otro caso sería si forma parte de un grupo de empresas. Si es una empresa acogida al SII queda exenta de las normativas veri*factu y NO veri*factu. Tiene ciertas ventajas con respecto al resto de empresas. Al menos actualmente. 2do caso : La empresa no está en SII y su software SOLO permite veri*factu. En tal caso estará sujeto a las normas de veri*factu. 3er caso : La empresa opta por veri*factu aunque el software permite tanto veri*factu como No veri*factu. En tal caso el software está obligado a cumplir las normas mas restrictivas de NO veri*factu. 4to caso : La empresa forma parte de un grupo de empresas que tienen el software compartido. Si alguna de ellas no está sujeta a SII entonces el software debe cumplir los requisitos de veri*factu o NO veri*factu en función de si se acoge o no a sólo veri*factu o si el software permite las dos modalidades. No sé si me habré dejado algún caso mas, seguro que sí. Pero creo que su caso está circunscrito en alguno de los anteriormente reseñados. De todos modos si lo desea puede ir a la AEAT en la sección de desarrolladores bajo el epígrafe verifactu. Allí hay preguntas y respuestas de las conferencias hechas por la AEAT y asociados. En un PDF se puede ver la combinatoria que puede darse en distintos tipos de empresas. Espero que le haya servido de algo. Un saludo. |
#9
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Gracias, carlos
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#10
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Cita:
Si el software tiene las 2 modalidades verifactu y no verifactu o he visto en ningún sitio que tenga que cumplir con las reglas de no verifactu, |
#11
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si, yo entiendo que la configuración se preguntará por empresa, tengo clientes con varias empresas en el mismo programa y unas están en el SII y otras no. Al final hay que preguntar al cliente, tiene más que decir de lo que yo pensaba
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#12
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Cita:
Si están en distintas maquinas corriendo. Si están en la misma ya hay que tener separadas la generación (que eso no lo entiendo muy bien, por que di haces encadenamiento deparado, por que se meten en eso) y en cada registro enviar que está funcionando en un sif multiempresa. A mi me ha tocado tb SII, multiempresa y empresa sola. Todo es un lío de cojones Última edición por ermendalenda fecha: 12-04-2024 a las 17:53:12. |
#13
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Habéis tenido en cuenta que cuando tengáis que regenerar un registro , no os rompa la hilera de comprobaciones que hacéis? Se supone que vais crear de nuevo un registro con una fecha/hora diferente al priginal y vais a encadenar con el último generado, todo esto puede causar incongruencias si a la vez estáis comprobando el numerador de la serie que regenerais.
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#14
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encadenamiento
Cita:
Ojo con las series y tipos de documento. La AEAT quiere llevar un registro ordenado indistintamente de la serie que sea. Solo en cada serie el documento debe llevar un orden de fecha. Pero la fecha de registro, la huella y otras cuestiones de encadenamiento son indistintas de las series. Un saludo. |
#15
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Cita:
Para mis amigos del símbolo de comando ( ) he conseguido poder consultar las fechas del certificado con el comando certutil Código:
certutil -dump -p pasword-certificado nombre-certificado Código:
certutil -v -dump -p pasword-certificado nombre-certificado Con esto daré un mensaje de aviso 30 días antes para que lo vaya renovando y sobretodo ni siquiera intentar el subir facturas a Verifactu/Tickebai si ya caducó |
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