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#1661
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Buenas tardes, en mi caso solo llevo 2 empresas y una de ellas esta en el SII y la otra en TicketBai.
Por lo que he creído entender en Webinar´s, en los que he participado, no es necesario estar en Verifactu de momento, pero si en la Ley Crea y Crece que habla de que todas las facturas tienen que ser B2B y enviarse en XML firmado. Alguien podría recomendarme si es mejor hacer el XML en facturae, Edifact, ..... si sabéis cual va a ser el estándar en un futuro. De momento creo que no hay nada escrito sobre esto y es cada uno el que decide como generarlas. Gracias de antemano |
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Si generas edi tendrás que remitirlo a otro punto de entrada privado que tendrán que a si vez traducirlo a facturae y enviarlo al punto de entrada común. Aunque esto todavía puede cambiar Lo de firmado o no ya se verá, para la facturab2b queda mucho. Mi consejo es que trabajes sobre facturae. Efectivamente en tu caso no tienes que generar verifactu. Última edición por ermendalenda fecha: 15-04-2024 a las 18:54:07. |
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Muchas gracias por la contestación ermendalenda
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Os habéis olvidado de la presentación en conferencia de hace unos meses. El control de flujo se simplificará a 1 sólo parámetro (t=segundos).
O sea, en teoría puedes mandar 1000 registros por segundo, 86.400 registros en 1 día..... Cito textualmente : https://www.agenciatributaria.es/sta...ctEEDD-DIT.pdf Control de flujo de remisión de registros para los sistemas Veri*factu. • Muy probablemente simplificará para contemplar solo un factor de tiempo. El máximo de registros a remitir por envío ya está limitado a 1.000 registros (limitado por Diseño de Registro). • El parámetro no variaría con frecuencia. Una vez definido será estable. No se pretende complicar la implementación de los SIF. • El tiempo máximo entre envíos se fijará tomando como unidad “segundos”. El valor del parámetro no está pensado para contemplar horas ni días. • Ejemplo: Valor t=60. El SIF deberá remitir todos los registros de facturación generados en el último minuto. • El control de flujo no tendrá aplicación “práctica” para empresas con escasos volúmenes de facturación, ya que no superarán el umbral definido. |
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O sea el minimo sera 1 registro y rl máximo siempre será 1000 registros. Pero el tiempo puede variar aunque normalmente estará a 1 segundo, pero se guardan esa carta por si tienen saturaciones. |
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vale, entiendo. La mayoría de mis clientes son autónomos o pequeñas empresas que apenas trabajan con la administración. ( en algunos casos emiten facturas por facturae) No sería más simple para nosotros no acogernos al NO VERIFACTU?. Vale, entonces entiendo debemos esperar, que nada es definitivo entonces para julio verdad?. No va a haber sanciones entonces tan pronto no ? Perdonadme,,, el analista que debería llevar esta cuestión está de baja y estoy yo intentando enterarme de cosas. Nos han contactado alguna consultora especializada en certificarnos... pero nos piden un pastizal y no entedemos muy bien por qué.. mil gracias por vuestra ayuda. |
#1669
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En cuanto salga la Orden Ministerial que regula el aspecto técnico el software debe adecuarse en 9 meses, todavía no ha salido, también llevamos así meses, osea que no queda claro cuando saldrá, puede ser mañana o dentro de dos meses. Yo creo que no necesitas una certificación para decir que tu software cumple con verifactu, en realidad ahora mismo se está hablando de una declaración responsable del fabricante del software. Un saludo
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#1670
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Ya lo hemos comentado y depende un poco de cada uno, pero la propia hacienda recomienda VERI*FACTU.
Además los requerimientos de NO-VERI*FACTU son bastante más complicados de cumplir En última instancia, con NO-VERI*FACTU también tienes que implementar envío de información para cuando lo solicite la AEAT. Personalmente creo que NO_VERI*FACTU va a ser más complejo, pero es una opinión personal. Cita:
Ya se están retrasando. Y por la experiencia que tenemos en otras implementaciones (SII, TicketBAI,...) se va a alargar mucho más y son plazos se van a ampliar. Están metiendo mucho miedo con el tema de sanciones y luego no va a tener más remedio que ampliar plazos y no van a sancionar. NOTA: Sólo como experiencia. En TicketBAI, después de varios aplazamientos, pusieron una de las fechas límite (no recuerdo cual). Y se reunieron los empresarios (colegios profesionales y asociaciones empresariales) supongo que les "tocaron la cresta" y a los pocos días apareció en medios que se aplazaban de nuevo las fechas. Al final, los que mandan son los que mandan (los empresarios = los que mueven la pasta); Por mucho que diga la AEAT que a los 9 meses se implanta todo y que si no va a multar (que todos sabemos que no da tiempo y ni siquiera ellos van a tener todo implementado para esos plazos), no puedes multar a TODAS las empresas (o al 50%). Si se reunen los empresarios y dicen que no da tiempo, te digo yo que la AEAT "recoge cable...."
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Nueva publicacion de Diseño de Registros de Facturacion
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El reglamento hay que cumplirlo de una u otra forma, si son pocas facturas podrás usar la web gratuita quenofreceran para los autónomos, que aún no saben cuántas facturan van a admitir, sim100 o 1000 al año. Pero además no contemplará todas las opciones para todo el mundo. Si usas esa web gratuita tendrás que emitir la factura desde el mismo, que tampoco tiene opciones de personalizacion, el formato que salga es lo que hay. El No verifactu es infinitamente más complicado que el verifactu La frase no verifactu no quiere decir que puedes usar tu programa con lo que hayas interpretado de la Ley certificandolo y saltándose el reglamento verifactu. No verifactu es el mismo formato que verifactu pero em vez de enviar los registros te los quedas firmados y von una trazabilidd más complicada, ya que hay que meter registros de eventos, firmas, seguridad de bo perder datos... |
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Seguimos complicando, parece, si no me equivoco, que para cualquier requerimiento, por ejemplo cuando mandes un registro mal te mandaran una referencia que tendrás que incluirla en la cabecera del registro arreglado y reenviado 9
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#1675
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como puedo volver a recibir los avisos de materia NUEVA.
De golpe he dejado de recibirlos. Tambien me inidca que no puedo porner enlaces o imagenes. ??? |
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Cita:
¿Te refieres a los mensajes de este grupo? Sólo con escribir el mensaje anterior ya deberías recibirlos. Puedes suscribirte manualmente, desde la cabecera de esta página, en el desplegable de herramientas puedes "suscribirte". Lo de los enlaces e imágenes es una limitación para usuarios nuevos (con este usuario sólo llevas 3 mensajes). Cuando tengas un número más elevado se te habilitará automáticamente ese permiso (es una medida antispam del foro).
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Muchas gracias, lo tendre en cuenta.
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#1678
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Anuladas
Tengo una duda y no encuentro información al respecto.
Hay una tabla que contiene los datos para enviar a veri*factu. Tiene que estar encadenada y con su hash corrrespondiente (aparte de la firma con certificado que todavía no se sabe en que casos se utilizará) Mi pregunta es, en el caso de las facturas anuladas, ¿ se crea un registro nuevo en la tabla encadenado y la huella es la que se envía mediante "anuladas" ? ¿ O bien se envía la huella del registro de la factura cuando se generó el alta ? Si es esto último entonces bastaría marcar el registro de alta de la tabla de veri*factu como una factura anulada. Ni siquiera sé si se ha publicado algo por parte de la AEAT al respecto. Gracias de antemano. Un saludo. |
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Entorno pruebas
Buenos dias,
¿ya tenemos entorno de pruebas? |
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Pruebas
Para que pongan en producción un servicio aunque sea de pruebas primeramente tendrán que terminar de hacer cambios en la normativa. Todavía puede caer alguno nuevo, aunque creo que lo expuesto en la web de desarrolladores está muy avanzado y hasta simplificado diría yo. Nada que ver con las primeras versiones. Contestando a su pregunta, NO, de momento no hay webservice de pruebas. Un saludo. |
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