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#1
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mas consultas
Ayer hice una consulta para certificar que el esquema que uso de un XML en una tabla de cabeceras con todos los datos que exige la AEAT, además de los hases si cumplirá normas o si bien debería usar tablas paralelas para el registro con los datos de la AEAT y me contestan que esté atento. Que toman nota de la consulta ¡ Y solo quedan 7 meses !
O sacan rápido la información definitiva o a alguno se le acercará de pronto la edad de jubilación. Es cierto, ahora el hash se hará por partes y no por la totalidad. Aunque ahora no exigen firmar los xml a los que se acojan solo a veri*factu supongo que el tema queda abierto para un futuro. Tampoco sé si los requerimientos son exportaciones de los xml de las altas, anulaciones y eventos que luego se suben a su portal web o bien habrá webservices para tal fin. Todavía no hay un servicio de pruebas tal y como hubo en su momento con el SII. Han relajado algo las normas para los NO Verifactu pero el hecho de que el productor informático sea el responsable de los datos del cliente durante 5 años es para pensarlo. Por mi parte intentaré cumplir con los requisitos de los dos modelos y decidiré a última hora si sólo me quedo con el veri*factu. He visto que ya hay gente trabajando en el QR. Veo datos que se usarán en la página de la AEAT para consultar si hay el documento registrado pero no veo todos los detalles que debe tener la etiqueta. (tamaño, otros datos mas además de los que se usarán para la consulta de la página) Por otro lado la AEAT devolverá un código con cada factura que se suba por el webservice pero, además de que se archive en las tablas, ¿ se usa para algo ? Si debe estar en el QR tenemos un problema a la hora de expedir cualquier tipo de factura incluida la simplificada puesto que no siempre pero a veces falla internet, o el router, o un switch, o la propia AEAT. ¿ Se paraliza entonces la expedición de tikets ? (simplificadas) ¡ Esto va lento ! |
#2
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Cita:
Te contesto a esto último: Supongo que será como en TicketBAI: el software genera los hash, firma el XML (en Veri*Factu no será obligatorio) y genera el QR. Y ya tienes la factura emitida e imprimible con su QR. Para ello no se precisa ninguna conexión con Hacienda. Aparte, inmediatamente, debe enviar la factura a Hacienda. Por lo que oí en una de las charlas de la AEAT, si no se puede enviar por problemas técnicos, habrá que enviarla más tarde (cuando se pueda) marcando en un determinado campo que se envía con retraso por incidencia. No paralizas en ningún momento la emisión de facturas (ya sean completas o tickets) Saludos. |
#3
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En el envío así es
Cita:
Sí, en lo del envío ya sé que es así. Lo único que lo descuadraría es si hay que usar el código que devuelve la AEAT para integrarlo en el QR. Imagino que es como en el ticketbai. |
#4
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Mas campos y mas campos
Hay campos que estarán en el XML y que apriori no se están metiendo en cada registro de cabecera de facturas.
Por ejemplo el nif de la empresa expedidora y su nombre. (hablo de mi caso particular, claro) En cambio si se está metiendo los datos del fabricante y del software en cada cabecera. La pregunta es, ¿ debería estar también datos de la empresa expedidora de la factura ? Se entiende que son datos redundantes, ¿ no ? Lo que la AEAT quiere es ver que no se han tocado los datos que figuran en el XML del que se extrae el hash y por ende el encadenamiento. Pero se sobreentiende que la empresa no puede cambiar. |
#5
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Cita:
Los asesores fiscales también están creando confusión con esto, sup0ngo que ellos tienen su foro en el que comentan esto y se ha generalizado que hacienda tiene la factura antes que el cliente y es al revés y que en la factura hay que poner un dato que te dan ellos, eso es incierto y crean una gran confusión, a nuestro asesor lo corrijo constantemente con esto y lo he dejado por imposible. Última edición por ermendalenda fecha: 14-03-2024 a las 17:02:47. |
#6
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Como que quedan 7 meses?
No eran 9 meses a partir de la publicación definitiva de la Orden Ministerial, que yo sepa no se ha publicado todavía no?? O si? No ha empezado la cuenta atrás de 9 meses no? Gracias |
#7
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Siguen quedando 9 meses. Cuentan desde que salga la orden ministerial definitiva.
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#8
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Los cambios vienen de momento solo en el xls, el pdf de 55 páginas sigue siendo el mismo que había o lo estoy mirando mal?
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#9
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pfff una ensalada de números
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Si, se me fue la ensalada de números que llevo estos días en la cabeza a pensar en lo que salió en enero de este año. |
#10
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Cita:
En fin, mirar el Real Decreto 1007/2023 del 5 de diciembre. Yo entiendo que comienza ahí. Y que lo siguiente que se espera es el susodicho proyecto de orden ministerial que se estipula del 3 al 24 de enero del 2024. https://www.agenciatributaria.es/sta...tEEDD-ONIF.pdf |
#11
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Quedan 9 meses... si ¡sacan la OM hoy!
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#12
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Pues entonces mejor, porque al ritmo que van nos dan las uvas y aún siguen con las definiciones. |
#13
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Cada fin de trimestre pienso: "ahora la sacarán", ahora mismo pienso que la sacarán después de semana santa y cuadrará con el inicio del año, pero sigue retrasandose... deberían poner un psicólogo del verifactu para todos nosotros
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#14
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Cita:
Gracias.lo tendré en cuenta para avisar que tiene que hacer 2 facturas. No me voy a complicar, además no creo que se nos dé el caso nunca . Pero gracias por la explicación, me viene bien saberlo. |
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