Club Delphi  
    FTP   CCD     Buscar   Trucos   Trabajo   Foros

Retroceder   Foros Club Delphi > Principal > Internet
Registrarse FAQ Miembros Calendario Guía de estilo Temas de Hoy

Grupo de Teaming del ClubDelphi

Respuesta
 
Herramientas Buscar en Tema Desplegado
  #1  
Antiguo 17-11-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
Miembro
 
Registrado: ago 2021
Posts: 930
Poder: 3
ermendalenda Va por buen camino
Creo que teneis un pequeño lio.
Hay una gran diferencia entre la factura recapitulativa y la de canje(sustitutiva)
La recapitulativa, es la factura de un conjunto de tiquets(facturas sinplificadas) o albaranes(servicios o productos entregados) en un mismo periodo(mes), que se van a facturar a un mismo cliente. Si ese cliente es una empresa o un autónomo, puede solicitarla hasta el día 15 del mes siguiente al periodo, pero siempre las facturas tienen que ser del mismo periodo. Si es persona física solo hasta el último día del mes del periodo de los servicios o entrega de bienes.
Por otro lado la recapitulativa,logicamente, puedes pedir varias del mismo periodo, por ejemplo 1 al día, 1 a la quincena...
La factura sustitutiva o canje es sobre un solo tiquet(factura simplificada) y tienes hasta 4 años para solicitarla, entregando el tiquet.

El tratamiento fiscal de ambas tb es diferente ya que la sustitutiva el receptor se la tiene que declarar fuera de plazo.
Sobre el resumen de facturas del SII es otro cantar,que declares solo una factura con el detalle desde hasta número es solo una simplificación de la declaración, pero nono tiene nada que ver con ninguna de las anteriores.
Ya esto lo he investigado bastante, con consultas (no vinculantes) a hacienda.
Con lo cual el ejemplo que indican de hacer una factura solo me encaja con el último tipo, es un resumen, pero no va a valer para verifactu

Última edición por ermendalenda fecha: 17-11-2022 a las 14:26:32.
Responder Con Cita
  #2  
Antiguo 17-11-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
Miembro
 
Registrado: ago 2021
Posts: 930
Poder: 3
ermendalenda Va por buen camino
Borrar este post

Última edición por ermendalenda fecha: 17-11-2022 a las 15:48:10.
Responder Con Cita
  #3  
Antiguo 17-11-2022
espinete espinete is offline
Miembro
 
Registrado: mar 2009
Posts: 238
Poder: 16
espinete Va camino a la fama
Ahora que van a implantar VeriFactu, a saber cuándo exactamente, pero que será obligatorio para todos... ¿qué ocurre por ejemplo con los taxistas, que no suelen dar factura pero en ocasiones sí se les puede pedir factura? ¿Estarán obligados también?

Y como los taxistas se me ocurren algunos ejemplos más: clases particulares (no sé si emiten factura o no), food-trucks en eventos, etc. ¿tendrían luego que llegar a casa y en un plazo máximo de 4 días, hacer los envíos?
Responder Con Cita
  #4  
Antiguo 17-11-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
Miembro
 
Registrado: ago 2021
Posts: 930
Poder: 3
ermendalenda Va por buen camino
Cita:
Empezado por espinete Ver Mensaje
Ahora que van a implantar VeriFactu, a saber cuándo exactamente, pero que será obligatorio para todos... ¿qué ocurre por ejemplo con los taxistas, que no suelen dar factura pero en ocasiones sí se les puede pedir factura? ¿Estarán obligados también?

Y como los taxistas se me ocurren algunos ejemplos más: clases particulares (no sé si emiten factura o no), food-trucks en eventos, etc. ¿tendrían luego que llegar a casa y en un plazo máximo de 4 días, hacer los envíos?
Hay montón de softwares de facturación para tablets androids con conexión. No hay problema tecnico
Responder Con Cita
  #5  
Antiguo 17-11-2022
espinete espinete is offline
Miembro
 
Registrado: mar 2009
Posts: 238
Poder: 16
espinete Va camino a la fama
Cita:
Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Hay montón de softwares de facturación para tablets androids con conexión. No hay problema tecnico
Claro que hay soluciones, pero si la idea de VeriFactu es evitar el fraude fiscal, veo todavía problemas para ponerlo en práctica en algunos sectores. En algunos casos como este, podrán seguir defraudando.

Y otra cosa es que a los taxistas les guste la idea, o al señor de 75 años que tiene un quiosco de tabaco en la rambla...
Responder Con Cita
  #6  
Antiguo 17-11-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
Miembro
 
Registrado: ago 2021
Posts: 930
Poder: 3
ermendalenda Va por buen camino
Cita:
Empezado por espinete Ver Mensaje
Claro que hay soluciones, pero si la idea de VeriFactu es evitar el fraude fiscal, veo todavía problemas para ponerlo en práctica en algunos sectores. En algunos casos como este, podrán seguir defraudando.

Y otra cosa es que a los taxistas les guste la idea, o al señor de 75 años que tiene un quiosco de tabaco en la rambla...
Claro. Por 3so esran ampliando la plantilla de inspectores. Si me hubiera pillado hace años no dudaría en estudiar actuariales y hacer oposiciones.
Responder Con Cita
  #7  
Antiguo 17-11-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
Miembro
 
Registrado: ago 2021
Posts: 930
Poder: 3
ermendalenda Va por buen camino
Resumen de respuesta de verifactu:
Recapitulativa no existe en verifactu.

Me han pedido que reformeule la pregunta y les he enviado el reglamento de facturación el artículo donde dice recapitulativa
Por otro lado me dicen que la secuencia es correcta si quería decir rectificativa, que se puede anular y emitir la correcta, s7pongo que para la "sustitutiva" es igual de válido, pero me temo que el término recaptulativa no se va a usar, aunque en el proyecto inicial de verifactu también hacían referencia a recapitulativa.
A ver que responden y os comento.
Saludos
Responder Con Cita
  #8  
Antiguo 21-11-2022
antoine0 antoine0 is offline
Miembro
 
Registrado: oct 2021
Posts: 151
Poder: 3
antoine0 Va por buen camino
Cita:
Empezado por espinete Ver Mensaje
Y como los taxistas se me ocurren algunos ejemplos más: clases particulares (no sé si emiten factura o no)
Los particulares en general están fuera del tema. Artículo 1 del proyecto de RDL del reglamento:
Cita:
[...] soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, [...]
El reglamento de facturación también se aplica solo a los empresarios y profesionales, más los demás que tiene obligaciones respecto del IVA (que no será el caso de de los clases particulares según entiendo).
Los taxistas y los food trucks entiendo que sí entren.
Responder Con Cita
  #9  
Antiguo 17-11-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
Miembro
 
Registrado: ago 2021
Posts: 930
Poder: 3
ermendalenda Va por buen camino
Cita:
Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Creo que teneis un pequeño lio.
Hay una gran diferencia entre la factura recapitulativa y la de canje(sustitutiva)
La recapitulativa, es la factura de un conjunto de tiquets(facturas sinplificadas) o albaranes(servicios o productos entregados) en un mismo periodo(mes), que se van a facturar a un mismo cliente. Si ese cliente es una empresa o un autónomo, puede solicitarla hasta el día 15 del mes siguiente al periodo, pero siempre las facturas tienen que ser del mismo periodo. Si es persona física solo hasta el último día del mes del periodo de los servicios o entrega de bienes.
Por otro lado la recapitulativa,logicamente, puedes pedir varias del mismo periodo, por ejemplo 1 al día, 1 a la quincena...
La factura sustitutiva o canje es sobre un solo tiquet(factura simplificada) y tienes hasta 4 años para solicitarla, entregando el tiquet.

El tratamiento fiscal de ambas tb es diferente ya que la sustitutiva el receptor se la tiene que declarar fuera de plazo.
Sobre el resumen de facturas del SII es otro cantar,que declares solo una factura con el detalle desde hasta número es solo una simplificación de la declaración, pero nono tiene nada que ver con ninguna de las anteriores.
Ya esto lo he investigado bastante, con consultas (no vinculantes) a hacienda.
Con lo cual el ejemplo que indican de hacer una factura solo me encaja con el último tipo, es un resumen, pero no va a valer para verifactu
Me olvde decir que el tratamiento de la recapitulativa y la de canje es igual en verifactu, pero a la hora de incorporarlo en el software tenemos que saber que lleva diferentes números de serie y que la hora de imprimir o enviar pro pdf hay que poner claramente las palabras Sustitutiva o Recapitulativa, por aquello de que fiscalmente el tratamiento es diferente, ya queda en el cliente si se la declara mal en el modelo que no corresponda, pero el emisor tiene que hacerlo bien. Así que tendreis que tener en cuenta todas estas cositas que llevo meses programando, aparte de las cosas evidentes, los topes de efectivo 1000 euros y topes de las simplificadas según el tipo de negocio, 400 euros o 3000euros al por menor. Lo digo por que cuanto mas controles metais menos problemas vais a tener, ya que ahora va a ser muy fácil que hagan controles con los envíos. También decir que de un grupo de facturas normales se puede hacer una recapitulativa a petición de un cliente, siempre respetando los periodos que dije.
Por otro ladosi queréis en otro post explico ciertas complejidades de las rectificativas. Que tampoco me quiero poner pesado.

Última edición por ermendalenda fecha: 17-11-2022 a las 15:55:56.
Responder Con Cita
Respuesta



Normas de Publicación
no Puedes crear nuevos temas
no Puedes responder a temas
no Puedes adjuntar archivos
no Puedes editar tus mensajes

El código vB está habilitado
Las caritas están habilitado
Código [IMG] está habilitado
Código HTML está deshabilitado
Saltar a Foro

Temas Similares
Tema Autor Foro Respuestas Último mensaje
Hijo de Informáticos gluglu Humor 3 13-03-2007 11:05:35
Adictos informaticos ... Trigger Humor 2 11-10-2004 12:18:32
Nosotros los Informáticos Trigger Humor 1 10-10-2004 14:58:09
Patrón de los Informáticos. obiwuan Varios 20 10-09-2003 14:44:54
Chistes Informaticos jhonny Humor 2 11-08-2003 21:59:09


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 13:03:59.


Powered by vBulletin® Version 3.6.8
Copyright ©2000 - 2024, Jelsoft Enterprises Ltd.
Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi
Copyright 1996-2007 Club Delphi