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#201
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Saludos |
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Correcto. Son los mismo que hay en el primer hilo.
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Germán Estévez => Web/Blog Guía de estilo, Guía alternativa Utiliza TAG's en tus mensajes. Contactar con el Clubdelphi P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas. |
#203
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Política de firma y digest
Respuesta Batuz a pregunta ya publicada:
Kaixo, "Efectivamente falta notificar la huella digital y el algoritmo a utilizar correspondiente al PDF de la política de firma. La huella digital correspondiente al fichero de política de firma TicketBAI_Política_firma_v_1_0.pdf (http://ticketbai.eus/politicafirma/) con el algoritmoSHA256 es: 3LuO0ZhTfZWEDgrMYqknfgtYBbi++7pfrmcuoChOexU=. El algoritmo que le corresponde es el:http://www.w3.org/2001/04/xmlenc#sha256." Agur bat. Saludos |
#204
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Hola no son los mismos. Estos son los de la versión "definitiva" y ademas esta el xsd de anulación de la factura. El que está puesto es de la versión de la fase de pruebas.
Un Saludo. |
#205
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Si te refieres a los documentos que hay al final de la página que las colocado:
https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogas...e-fiscal/t-bai Son los mismos que tenemos en el hilo inicial: Si los descargas y los comparas por fecha, tamaño y contenido, verás que son iguales. Si te estás refiriendo a otros, pon los links, por favor.
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#206
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Cita:
Un Saludo. |
#207
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Perdón no había visto la parte de Definitivo.
Mi culpa me fustigo. |
#208
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Últimas Preguntas/Respuestas que me han contestado desde (bizcaia):
===================================================== PREGUNTA 1: Una vez guardada una factura, generado y firmado el XML, ¿puedo modificar la factura para cambiar un dato que no sea relevante para el XML. Por ejemplo, el PISO de la dirección postal, el campo TELÉFONO,... (cualquier campo que no esté incluído en el XML)? ¿Si es que si, si vuelvo a imprimir esa factura, debe aparecer la palabra DUPLICADO? Remitimos esta pregunta al departamento de dudas fiscales ===================================================== PREGUNTA 2: SITUACIÓN: Pérdida de datos en un cliente. En este caso puede ser que la única solución sea restaurar copias de seguridad de la Base de Datos. Imagiunemos que restauro uina copia de seguridad y la última que tengo es de hace 2 días o una semana. Es decir, he perdido la información de varios días. PREGUNTA: ¿Qué pasa con las facturas que ya he generado y subido a TicketBAI? Si vuelvo a introducir estas facturas "manualmente" en el sistema, el XML generado será diferente al que he subido a ticketBAI. ¿Cómo resuelvo esta situación? ¿Deben llevar encadenamiento? ¿Cual? El caso, por ejemplo, de rotura de un dispositivo es una circunstancia justificada en la cual se producen dos consecuencias: Si no pueden recuperarse los ficheros xml TicketBAI expedidos por el dispositivo estropeado, la información correspondiente a esas operaciones debe remitirse a la Administración foral correspondiente de acuerdo con los canales que, para estas situaciones, se habiliten al efecto. Por otro lado, la rotura de un dispositivo es una circunstancia justificada para que la primera factura del nuevo dispositivo no cumpla el requisito de informar de la factura anterior ya que esta no existe. Es decir, en este caso se justifica el incumplimiento del requisito de encadenamiento. ===================================================== PREGUNTA 3: ¿La primera factura de una nueva serie cómo se "emite"? ¿Cómo se encadena? ¿O la primera factura de una nueva serie que acabo de crear no lleva encadenamiento con la anterior? En TicketBAI cada factura debe de identificar la factura anterior. El cumplimiento del requisito de encadenamiento depende de la forma de funcionamiento del sistema de facturación. Si un mismo dispositivo emite facturas de diferentes series, el requisito de encadenamiento debe identificar la factura anterior expedida, con independencia de la serie (por ejemplo, a una factura de una serie ordinaria le puede preceder una factura rectificativa de otra serie). No obstante, si existen diferentes dispositivos de facturación, los cuales sólo expiden facturas dentro de una serie específica para cada dispositivo, el encadenamiento se produce dentro de cada serie, ya que el sistema de facturación funciona de este modo. En cuanto a la primera factura que se expida cada año, esta sí que tiene que encadenarse con la última factura expedida en el año anterior. Es cierto que la normativa permite que un empresario, al inicio de un año, inicie series nuevas de numeración de sus facturas, teniendo en cuenta además que muchas empresas utilizan como elemento numerador de las facturas el año en que éstas se expiden. No obstante, este hecho no debe impedir el encadenamiento de la primera factura de un año con la última del año anterior, aunque sean de diferentes series por haberse utilizado el año como serie de la factura, si, por ejemplo, el dispositivo que emite las facturas en un año y en el otro es el mismo. Es decir, debe existir otra circunstancia que justifique la falta de identificación de la factura anterior en este caso (por ejemplo, primera factura de un dispositivo nuevo, rotura y sustitución de un dispositivo, etc.). =====================================================
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#209
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Neftali [Germán.Estévez] gracias por compartirlo.
Por cierto, ¿dónde comprobáis que los ficheros generados y firmados son correctos? Por ejemplo para facturae , para hacer pruebas, uso la herramienta web que tienen para ello. ¿Pero para esto de ticket bai? El último email me dijeron que no había aún ningún sistema de pruebas aún....Veo todo muy lento para las fechas que dan para ponerlo en marcha |
#210
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Se supone que en algún momento cada una de las administraciones publicará sus servicios, sean para pruebas o definitivos.
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#211
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Hola a todos Gipuzkoa ha publicado el calendario de implantación.
https://www.gipuzkoa.eus/es/web/ogas...generated-id-3 Por si fuera poco, hacienda de Bizkaia acaba de mandar un mensaje que a partir de año que viene va a implantar un nuevo modelo 240 y el 140 lo va a cambiar a servicios web, en los cuales hay que enviar estos ficheros generados en TICKET BAI. Un Saludo |
#212
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Cita:
Saludos |
#213
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Más que un 140 para emrpresas es un SII para todas las empresas, tiene los mismos libros y casi el mismo diseño. Y el 140 hacen que se parezca mas al SII.
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#214
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Y ya no será necesario enviar modelos puntuales de IVA ni de IS. Hacienda enviará el borrador para aceptarlo. Saludos. |
#215
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¿ Hay que mandar la información que ya tienen ? En la reforma de la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de Ley 30/1992 de ¡ 1992 ! ya se decía que la admón. no puede solicitar la información que ya posee. |
#216
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Pues el fichero ticketbai lo estan pidiendo dos veces. Uno para facturar y otra para el 140 240.
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#217
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En su artículo 35.f, entre los derechos de los ciudadanos apunta el de "no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la administración actuante". Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. En su artículo 6, destinado al derechos de los ciudadanos, recoge el de "no aportar los datos y documentos que obren en poder de las administraciones públicas, las cuales utilizarán medios electrónicos para recabar dicha información", salvaguardando siempre la protección de datos del ciudadano en cuestión. Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la ley 11/2007. En su artículo 2.1 recoge las reglas que deben cumplirse "cuando los ciudadanos ejerzan el derecho a no aportar datos y documentos que obren en poder de las Administraciones Públicas establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007". Fuente: http://www.legaltoday.com/blogs/tran...r-al-ciudadano |
#218
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Pues habrá que mandarlo a hacienda, pero ya sabemos quien manda.
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#219
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Hola
No se esta mandando dos veces, es a través del 140 y 240 cuando realmente se comunica a la hacienda las facturas emitidas y con las reglas del TicketBai, además del resto de ingresos. También se comunican los gastos, de esta forma ellos pueden realizar una propuesta de liquidación de IVA, IRPF e impuesto de sociedades. |
#220
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O eso creo. |
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