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Antiguo 24-07-2007
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marcoszorrilla marcoszorrilla is offline
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marcoszorrilla Va por buen camino
El CGPJ sancionará por falta grave al juez de Murcia que dio la custodia al padre por

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MADRID, 24 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha propuesto a la Comisión Disciplinaria que se reunirá mañana abrir expediente por falta grave del artículo 418.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) al juez de Primera Instancia número 9 de Murcia, Fernando Ferrín, por el auto en el que otorgaba la custodia de dos niñas al padre porque la madre mantenía una relación lésbica.
Según consta en la propuesta de Inspección, a la que ha tenido acceso Europa Press, se debe abrir al juez Ferrín expediente por la falta que castiga al verter en resoluciones "expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico". Numerosas organizaciones presentaron ayer una queja ante el CGPJ en la que denunciaban el auto del pasado 6 de junio en la que el magistrado concedió la custodia al padre de dos niñas por la relación que la madre mantenía con otra mujer.
En cuanto a esta queja, Inspección precisa que, como se trataba de un auto contra el que no cabía recurso, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia acordó remitir las actuaciones al CGPJ ante el contenido de ciertas expresiones del auto. "La principal cuestión debatida gira sobre la determinación de cuáles han de ser los límites a los que han de ajustarse los términos empleados por las resoluciones judiciales", explica la propuesta.
En este sentido, agrega que deben limitarse a exponer las términos de la controversia que afrontan y las razones jurídicas que conducen a la decisión que adoptan, pero "no son cauce ni pueden serlo en ningún caso para expresiones ajenas a esos contenidos", ni siquiera como consecuencia de la independencia judicial.
QUEBRANTAR LA CONFIANZA SOCIAL
"Con esas expresiones que ha incluido en el auto se está quebrantando la confianza social en los tribunales que resulta inexcusable en una sociedad democrática para cumplir adecuadamente su cometido constitucional", afirma el Servicio de Inspección.
Ese deber de lealtad es incuestionable en jueces y magistrados, prosigue el escrito, y "no sólo resulta del artículo 9.1 de la Constitución, sino que hay que considerarlo la principal obligación de su régimen estatutario, en virtud del 318.1 de la LOPJ. La promesa o juramento que en este precepto se impone es la solemne formalización de ese esencial compromiso de lealtad constitucional". Por ello, propone la apertura de expediente.
TRATO CORRECTO, EXPRESIONES INNECESARIAS
La propuesta considera, tras ver el vídeo del juicio que se celebró por la custodia de las niñas, que el trato que el juez dispensó a la madre fue "correcto en todo momento". Por ello se dedica a reproducir el contenido del auto por el que se otorgó la custodia al padre.
La resolución afirma que tanto el fiscal como el abogado de la madre "parecían partir de la regla antigua e inconstitucional de atribuir a favor de la madre una especie de presunción de que ella es la idónea para asumir la custodia de las hijas, mayores de siete años".
Agregaba que en "la 'ley del divorcio-express o del divorcio-repudio' no hay que entrar en la causa del disocio, sino sólo en las medidas, ya que viene configurado como el derecho de todo cónyuge a no permanecer ligado por más tiempo al otro (¿por qué no se concede verbigracia la misma opción de desligarse de la obligación hipotecaria?)", para a continuación citar la Ley de Violencia de Género, recordar que sobre ella debe pronunciarse el Tribunal Constitucional y afirmar que se producen un sinnúmero de falsas denuncias.
Además, consideraba "suficientemente" acreditado "el perjuicio para las hijas que se deriva de la relación que la madre sostiene con una tercera persona y que lógicamente no se limita a un hecho aislado". "La madre tendrá que elegir entre sus hijas y su pareja", señala.
A criterio del juez, la condición homosexual perjudica a los hijos porque tienen derecho a un padre y a una madre, no a dos madres o a dos padres. "Es el ambiente homosexual el que perjudica a los menores, y que aumenta sensiblemente el riesgo de que éstos también lo sean. Esa formación integral es imposible que se la de un progenitor homosexual, por mucho respeto que me merezcan las personas homosexuales, pero aquí prevalece el interés superior del menor", añade.
Además, critica la regulación que de la custodia compartida recoge el artículo 92.8 del Código Civil, gracias a la reforma de la Ley del Divorcio en 2005, y cuya redacción considera "un error en la votación en el Congreso del grupo gobernante". Esta modificación permite al juez otorgar la custodia compartida de forma excepcional si no hay acuerdo entre los progenitores, siempre y cuando uno de ellos la haya solicitado. En este caso, ambos padres pidieron la custodia exclusiva de las hijas.
"Como ello no lo puedo acordar --añade el juez--, al estar atado de pies y manos por la reforma de julio de 2005 (...) y considerar que la orientación homosexual de uno de los progenitores sí influye negativamente en la educación y crecimiento armónico de las hijas, me veo en la obligación de atribuir la custodia al padre". También se reserva la facultad de elevar una cuestión de inconstitucionalidad contra el artículo 91.8 en su momento.


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seoane Va por buen camino
Lo tienen que echar a la calle, como poco ...
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Como que yo no entedí porque estan enojados contra este juez, desde mi punto de vista no ha hecho nada malo si no todo lo contrario.
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Empezado por ContraVeneno
Como que yo no entedí porque estan enojados contra este juez, desde mi punto de vista no ha hecho nada malo si no todo lo contrario.
Le quito la custodia de su hija a una madre porque ella, estando ya divorciada, tiene una relación con otra mujer. Teniendo en cuenta que en España las relaciones homosexuales son, ante la ley, iguales a las heterosexuales, su decisión no creo que se ajuste a la ley.

Yo no entro a valorar el tipo de relación, homosexual o heterosexual, porque no dejaría de ser solo una opinión. La realidad es que la ley no hace distinción entre las dos, y por lo tanto no se puede aplicar un doble rasero. Así que, a menos que el juez también saque sus hijos a las mujeres divorciadas que tienen una relación con un hombre, su decisión no se ajusta a la ley y por lo tanto esta fuera de lugar en un tribunal de justicia.
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Sí, la señora puede hacer lo que quiera con su vida y escoger el tipo de relación que más se le antoje. Pero, en este caso se esta afectando la educación y el desarrollo normal de unas menores.
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dec Tiene un aura espectaculardec Tiene un aura espectacular
Hola,

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Pero, en este caso se esta afectando la educación y el desarrollo normal de unas menores.
Ejem, define antes qué son una educación y desarrolllo "normales". Se te ha entendido, pero, creo que es menester precisar. Sabiendo qué es normal, tal vez podamos decidir qué es anormal. Vamos, digo yo.

Ahora bien, no respondas "normal es lo que hace la mayoría de la gente", porque eso será sólo lo que hace la mayoría de la gente, pero, no lo normal. De hecho la mayoría de la gente puede hacer mañana otra cosa... ¿y entonces?
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David Esperalta
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Antiguo 25-07-2007
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Sí, la señora puede hacer lo que quiera con su vida y escoger el tipo de relación que más se le antoje. Pero, en este caso se esta afectando la educación y el desarrollo normal de unas menores.
Esa es tu opinión, que respeto, aunque no la comparto. Pero no deja de ser una opinión, y la ley es la ley. La muestra la tienes en que el juez ya esta suspendido, y lo mas seguro es que no salga bien parado de este asunto. Si empezamos a juzgar quien es "adecuado" para criar a sus hijos y quien no, basándonos en opiniones personales, lo mas seguro es que la cosa termine muy mal.

Aquí, en España, se discutió mucho sobre la adopción de niños por parejas homosexuales cuando se aprobó la ley que permitía casarse a parejas del mismo sexo, equiparando su matrimonio, a todos los efectos, al matrimonio heterosexual. Mucha gente argumentaba que, aunque les parecía maravilloso que los gays se casaran, no debían adoptar niños porque los demás niños se meterían con ellos en el colegio, y cosas por el estilo. A mi, personalmente, ese argumento no me parece valido, y si los padres adoptivos no fuera gays pero fueran de raza negra, o musulmanes, o etc ... ¿que pasaría entonces? ¿solo podrían adoptar los heterosexuales blancos, católicos y de buena posición económica? (eso tiene un nombre y es muy feo)

Por ultimo, si la homosexualidad fuera contagiosa no tendría porque haber ningún gay, ya que la mayoría tuvieron padres heterosexuales. ¿no te parece?
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  #8  
Antiguo 25-07-2007
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Cannabis Cannabis is offline
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Cannabis Va por buen camino
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Empezado por ContraVeneno
Sí, la señora puede hacer lo que quiera con su vida y escoger el tipo de relación que más se le antoje. Pero, en este caso se esta afectando la educación y el desarrollo normal de unas menores.
Carajo, tantos años viviendo en el error.
Pensé que estábamos en el siglo XXI no en el XIX (el orden de los factores, sí afecta al producto)

Última edición por Cannabis fecha: 25-07-2007 a las 22:06:55.
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