Cita:
Empezado por ermendalenda
Yo sé que es ser muy papistas, pero la ley dice explícitamente que si el cliente conserva copia u original no las puedes anular, aunque lo informes, si por lo que sea el cliente tiene la factura y se le ocurre declararla te metes en un gran lío.
Que en la base de datos de hacienda aparezca una factura anulada y por otro lado la factura declarada por el cliente te puedes meter en un bonito lio.
Uno dr los problemas del reglamento de facturación es que no está adaptado a la realidad y que parten de la base de que es en papel para algunas cosas y antes bastaba que el cliente te devolviera la factura
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Como dice el compañero @Sistel , se le envia al cliente la anulada, y segun esta el tema de verifactu, a hacienda sele pasa la anulacion, asi que tu no infringes nada, es el "Apollardao" del cliente, hasta que comuniquen lo contrario , aunque anules la factura en tus registros debe rezar el asiento de esa factura aunque este anulada y no usar ese numero de nuevo.
O por lo menos eso entiendo yo despues de tanta vuelta.