Lo del albarán puede ser porque no es un documento contable, sino un justificante de entrega, pero eso de borrar facturas, nada de nada, cualquier programa de facturación serio no debiera de permitir eliminar facturas, por varias razones.
1.- La factura ha podido ser contabilizada en la cuenta de mercaderías 700 en la de IVA 477 y por supuesto en la del cliente 430, incluso ha podido ser liquidado el I.V.A. 475 H.P. acreedora por I.V.A., por pertenecer a un trimestre anterior.
2.- Efectivamente se crearía un hueco en la facturación.
3.- Aunque pudieramos cubrir el hueco no sería correcto que la factura eliminada por ejemplo la 400 que está entre la 399 y 401, teniendo éstas fecha por ejemplo de 10 de enero ahora nos demos cuenta y pretendamos cubrir el hueco con una fecha 10 de agosto.
Lo correcto sería hacer otra factura por las mismas cuantías y con valores negativos, de esta manera al pasarla a contabilidad rectificaría el asiento anteriormente hecho sobre dicha factura.
Excepciones:
- Que sea la última factura emitida
- Que aún no siendo la última,no se haya contabilizado aún.
Un Saludo.
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