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#1
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Cita:
Usa un 'SIF'? Si. Emite facturas? No (Entonces ya no sería un SIF, sería otra cosa pero no un SIF) No debe enviar nada a Veri*factu. Usa un SIF? Si Emite facturas? Si Debe enviar a Veri*factu; y dependiendo de las características de lo facturado, deberá indicar en la factura y en los datos a enviar a Veri*factu, si está exento y en base a qué. Eso de que el cliente diga que no envía a Veri*factu... con mi SIF (que debe cumplir la normativa)... no lo veo. Si nos presenta una consulta vinculante HECHA POR ÉL y la respuesta... pues ahí creo que podría entrar; pero debe ser consulta vinculante hecha por él NIF afectado. Si no, que se busque otro SIF y a dormir tranquilo (pero más pobre claro). |
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#2
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Usan un sif y todo el mundo que usa un sif no está obligado. Aqui por el tema de Gibraltar pueden darse otro tipo de causas por las que una empresa no tenga que enviar a verifactu teniendo un SIF que factura. En este caso que comento, no entro en si debe o no debe o se lo inventa o deja de inventar. Estamos hablando de un cliente que tiene una facturación muy importante, ha hecho una consulta a Hacienda sobre si determinada facturación de su negocio debe enviarse y le han contestado que no ( y lo sé porque me consta ), pero no puedo exigir que me dé un certificado a mi para tenerlo yo. La pregunta por eso no es si es justo, injusto si debe o no debe, es si un cliente te dice que está exento y tu tienes que dejar que tu sif no envíe y cubrirte las espaldas. La cuestión es que verifactu todavía no ha contestado.
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#3
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Este tema ya se habló en alguna ocasión.
Según lo veo yo, tu programa debe tener una configuración inicial: Modo Verifactu - Modo No Verifactu (si lo tiene) - Modo SII (si lo tiene) - Ticket BAI (si lo tiene) - Exento (de la que hablas). El cliente deber elegir una de ellas, y en función de lo que elija el programa hará una cosa u otra. Por ejemplo, si elige el modo SII evidentemente no va a enviar nada a Verifactu. En tu caso el cliente debería elegir el modo Exento (o como le llames). Ahora, si tiene una inspección quien tiene que justificar porqué lo tiene configurado de esa manera es el cliente, no tu. Tu no tienes (o no debes) saber cómo está configurado cada uno de los programas que has vendido. Quien tiene que justificar porque no está en Verifactu y por tanto no envía es él. Si el motivo que da es uno de los aceptados, pues ningún problema. Si el motivo no es correcto, pues supongo que tendrá una sanción. Tu estás cumpliendo la ley porque tu software ofrece una opción de no enviar a Verifactu porque hay determinados casos en los que está permitido no enviar a Verifactu. |
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#4
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si, eso entiendo yo, pero por eso he preguntado que voy a hacer un procedimiento para no cogerme los dedos y si es correcto y suficiente, y tan claro no lo tendrán cuando se lo han pasado al responsable. Ya veremos que dicen
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#5
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Cita:
...Así es como funciona nuestro programa, es el cliente el que debe seleccionar entre VERIFACTU o EXENTO ... Si selecciona EXENTO, en caso de inspección, ya verá él como justificarlo ... o no ... él sabrá ... Pero tú lo habrás hecho bien ... |
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